La Reforma del Reglamento General de Régimen Electoral es necesaria una vez que ya han entrado en vigor las modificaciones introducidas en el Estatuto de la US para el acompasamiento de los mandatos del Rector y el Claustro.
La Comisión de Proyectos Normativos consensuó una propuesta para la modificación del Reglamento General Electoral, sin que se presentaran enmiendas, que fue debatida hace una semana por los claustrales.
Concretamente, la propuesta afecta a los artículos 21 y 24 del citado reglamento. El artículo 21, relativo a la Convocatoria del Claustro, especifica que será el Rector en funciones el responsable en convocarla. Además, deberá producirse dentro de los 100 días hábiles previos al agotamiento mandato del Rector; o dentro de los 20 días hábiles siguientes a la disolución del Claustro.
Por su parte, el artículo 24 hace referencia a la convocatoria de elecciones a Rector y en el Proyecto de Reforma se recoge que deberá producirse en los 15 días hábiles posteriores a la constitución del Claustro Universitario; y deberá incluir el calendario electoral.
Con estas modificaciones se cierra el ciclo iniciado para garantizar el acompasamiento de los mandatos del Rector y el Claustro.