Resolución Rectoral por la que se aprueba la Normativa sobre Trabajos Fin de Grado de la Facultad de Odontología.
Núm. 10/2018, de 27 de noviembre
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Ordenación Académica
Resolución Rectoral por la que se aprueba la Normativa sobre Trabajos Fin de Grado de la Facultad
de Odontología.
La Normativa Reguladora de los Trabajos Fin de Estudios, aprobada mediante Acuerdo 4.1/CG 20-7-
17, establece en su artículo 12.1 que los Centros de la Universidad de Sevilla, a través de sus Juntas de
Centro, elaborarán una normativa interna que regule y desarrolle determinados aspectos relativos a
la realización de los Trabajos Fin de Grado y Trabajos Fin de Máster de las distintas titulaciones que
tengan adscritas.
Por otra parte, en su artículo 12.3 indica que las normativas internas aprobadas por las Juntas de Centro
deberán ser trasladadas al Vicerrectorado de Ordenación Académica, que verificará su adecuación a
la normativa general y que una vez informadas favorablemente serán aprobadas mediante Resolución
Rectoral al efecto.
De conformidad con lo anterior, la Junta de Centro de la Facultad de Odontología aprobó el 8 de
febrero de 2018 su normativa interna de Trabajos Fin de Grado aplicable a los títulos adscritos al
Centro.
El proyecto ha sido analizado e informado favorablemente por el Vicerrectorado de Ordenación
Académica, por lo que este RECTORADO, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.3 de la
Normativa Reguladora antes indicada,
HA RESUELTO:
Primero: Aprobar la normativa de Trabajos Fin de Grado de la Facultad de Odontología en los términos
que se contienen en el anexo.
Segundo: Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla (BOUS).
La nueva normativa entrará en vigor tras su publicación en el BOUS y simultáneamente quedará
derogada la regulación propia que tuviera el Centro a este respecto, todo ello en virtud de lo dispuesto
en la Disposición Derogatoria Única de la Normativa Reguladora de los Trabajos Fin de Estudios
aprobada por Acuerdo 4.1/CG 20-7-17.
Sevilla, a 16 de noviembre de 2018
EL RECTOR,
(D.F.) LA VICERRECTORA DE ORDENACIÓN ACADÉMICA,
(Resolución Rectoral de 18-01-2018)
Cristina Yanes Cabrera.
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ANEXO
NORMATIVA INTERNA DE LA FACULTAD DE ODONTOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD
DE SEVILLA PARA LA REGULACIÓN DE LOS TRABAJOS FIN DE GRADO DEL TÍTULO
“GRADUADO EN ODONTOLOGÍA”
ÍNDICE
Artículo 1. Definición y Objeto.
Artículo 2. De la matriculación de los TFGO.
Artículo 3. De las directrices y los procedimientos de asignación y modificación del Tutor y del tema
del TFGO.
Artículo 4. De la memoriadel Trabajo Fin de Grado.
Artículo 5. Del depósito, el acto de presentación y la evaluación del Trabajo Fin de Grado.
Artículo 6. De la composición y el procedimiento para designar la comisión evaluadora y el tribunal
de apelación.
Artículo 7. Del procedimiento del recurso de apelación de la calificación del trabajo fin de estudio.
Artículo 8. Recepción del TFGO una vez evaluado.
Artículo 9. Depósito y propiedad.
DISPOSICIONES ADICIONALES Y FINALES.
Artículo 1.- Definición y objeto.
1.1. La presente normativa de regulación de los Trabajos Fin de Grado de la Facultad de
Odontología tiene como objeto dar cumplimiento a lo dispuesto el Art. 12 del Acuerdo 4.1/CG 20-7-
2017, por el que se aprueba la Normativa sobre Trabajos Fin de Estudios.
1.2. El objetivo de la asignatura “Trabajo Fin de Grado de Odontología”, en adelante TFGO, es
que los estudiantes del Grado en Odontología apliquen los conocimientos y competencias adquiridos
durante sus estudios a la realización de un trabajo y una memoria, relacionados con los distintos
campos del desempeño profesional propios de su titulación.
1.3. El TFGO consistirá en la realización por parte del estudiante, bajo la dirección de un tutor, de
un trabajo original sobre un tema que se le asignará, y que se materializará en la elaboración de una
memoria individual que representará el trabajo realizado por cada estudiante y que será evaluada en
la convocatoria pertinente, previa exposición pública y defensa oral.
En el TFGO se desarrollarán y aplicarán los conocimientos, capacidades y competencias
adquiridos a lo largo del Grado en Odontología y, en especial, se habrán de trabajar las siguientes
competencias: tener conocimientos del método científico, búsqueda y manejo de bibliografía en
castellano y en inglés, así como uso de programas informáticos con un nivel medio de procesador de
texto (Word) y tratamiento de imágenes (Powerpoint).
El TFGO podrá desarrollarse en el marco de un programa de movilidad, de un convenio de
intercambio con otra Universidad o de un convenio de colaboración con otra entidad.
1.4. El Vicedecano de Ordenación Académica será el coordinador de la asignatura “Trabajo Fin
de Grado de Odontología”, así como el encargado de velar por el cumplimiento de este Reglamento,
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y de organizar y gestionar todo lo relativo a los TFGO, asegurando en todo caso la aplicación de la
Normativa sobre Trabajos Fin de Estudios de la Universidad de Sevilla (Acuerdo 4.1/CG 20-7-17)
Artículo 2. De la matriculación de los TFGO.
2.1. De acuerdo con el Art. 3.2 de la Normativa sobre Trabajos Fin de Estudios de la Universidad
de Sevilla (Acuerdo 4.1/CG 20-7-17), el TFGO sólo podrá ser matriculado una vez que el estudiante
haya superado al menos el setenta por ciento de los créditos totales de la titulación (excluidos los
asociados al propio TFGO). En el caso concreto del Grado en Odontología, que comprende 300 créditos
ECTS, el alumno deberá haber superado 206 créditos ECTS. La matrícula del TFGO se formalizará
dentro de los plazos oficiales establecidos para tal fin (periodo de matrícula normal o de ampliación
de matrícula), una vez que la Secretaría del Centro certifique el cumplimiento de dicho requisito.
2.2. Realizada la matrícula y cumplidos los requisitos estipulados, en cada curso académico, los
estudiantes tendrán derecho a la presentación y evaluación de los trabajos en las tres convocatorias
oficiales establecidas para tal fin: diciembre, junio y septiembre.
Artículo 3. De las directrices y los procedimientos de asignación y modificación del Tutor y del
tema del TFGO.
3.1. El tutor del TFGO será un profesor que imparta docencia en el Grado en Odontología, que
sea Doctor y que esté incluido en uno de los apartados siguientes: a) que sea funcionario de alguno
de los cuerpos de profesorado universitario, b) que sea contratado a tiempo completo, c) que siendo
contratado a tiempo parcial, haya obtenido la acreditación de Profesor Ayudante Doctor o superior.
La función del tutor consistirá en dirigir y orientar al estudiante durante la realización del trabajo,
supervisarlo y velar por el cumplimiento de los objetivos fijados.
El tutor podrá contar con la colaboración de cualquier otro profesor de la Facultad de Odontología
que imparta docencia en el Grado y que sea Doctor, para que le ayude en las tareas de dirección del
TFGO; este profesor actuará como co-tutor o co-director del trabajo. Es obligación del tutor comunicar
al Vicedecano de Ordenación Académica el nombre del profesor que actuará como co-tutor.
Excepcionalmente, se podrán designar a otros colaboradores docentes, de los recogidos en la
normativa reguladora de la colaboración docente en enseñanzas oficiales de personal externo, que
tendrán como función asistir en las labores de tutoría a los profesores responsables asignados.
3.2. Para proceder a la oferta de los TFGO, al inicio de cada curso académico el Vicedecano de
Ordenación Académica solicitará a todos los Departamentos el listado de profesores que pueden ser
tutores del TFGO según el Art. 3.1 de este Reglamento, con indicación del número de trabajos que
desean dirigir. El número mínimo de TFGO ofertado por cada tutor será de uno, quedando el máximo
a discreción del profesor. Caso de no especificarse el número de trabajos que un profesor desea dirigir,
se le asignarán tres trabajos.
Este listado se hará público para conocimiento de profesores y alumnos y presentación de las
alegaciones pertinentes.
3.3. Los criterios seguidos para la elección de tutor serán por orden de prioridad:
1º.- Los alumnos internos por convocatoria en la asignatura en la que soliciten ser tutorizados
por el profesor correspondiente, tendrán prioridad sobre el resto de alumnos que lo hayan solicitado,
ordenados de mayor a menor según el número de créditos superados y en caso de coincidencia en
orden decreciente por la calificación media de su expediente académico en el Grado.
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2º.- Los alumnos a los que solamente les queden por superar los créditos del último curso
académico (54 ECTS, excluidos los correspondientes al TFGO) o tengan superados un número de
créditos igual o superior a 234 ECTS (excluidos los correspondientes al TFGO), en orden decreciente
por la calificación media de su expediente académico en el Grado.
3º.- Los alumnos con un número de créditos superados de 206 ECTS (70% de los 300 créditos
totales de la titulación, excluidos los correspondientes al TFGO) pero inferior a 234 ECTS (excluidos
los correspondientes al TFGO), ordenados de mayor a menor según el número de créditos superados
y en caso de coincidencia en orden decreciente por la calificación media de su expediente académico
en el Grado.
3.3. Una vez publicadas las plazas de alumnos internos por los respectivos Departamentos,
el Vicedecano de Ordenación Académica del Centro elaborará un listado con todos los alumnos
matriculados en el TFGO según el orden de prioridad para la elección de tutor en función de los
criterios indicados en el artículo anterior.
Este listado se hará público para conocimiento de profesores y alumnos y presentación de las
alegaciones pertinentes.
3.4. La solicitud de los alumnos para la asignación de tutor se hará mediante convocatoria pública
presidida por el Secretario de la Facultad y el Vicedecano de Ordenación Académica. Los alumnos,
siguiendo el orden del listado publicado, irán eligiendo al profesor que desean les dirija el TFGO.
3.5. La Secretaría del Centro publicará la relación de tutores elegidos y alumnos asignados, para
conocimiento general y presentación de las alegaciones que se consideren pertinentes. Transcurrido
el plazo de alegaciones estas listas se considerarán definitivas y se comunicarán a los Departamentos
y respectivos profesores tutores.
3.6. Una vez publicadas las asignaciones definitivas de tutor, los alumnos presentarán en la
Secretaría del Centro instancia normalizada firmada tanto por el alumno como por el profesor tutor y
profesor co-tutor, en su caso, indicando el tema genérico del TFGO asignado.
Este listado se hará público con el visto bueno del Vicedecano de Ordenación Académica, como
coordinador de la asignatura.
3.7. El Vicedecanato de Ordenación Académica deberá comunicar dicha asignación a los
Departamentos implicados y al Centro para su inclusión en la aplicación informática correspondiente,
y para la confección y emisión del acta correspondiente.
3.8. ElTFGOserárealizadoindividualmentey, cuandoasíloautoriceelVicedecanodeOrdenación
Académica, podrá realizarse en un grupo formativo de tres alumnos con un mismo y único tutor.
En los grupos formativos los estudiantes podrán elaborar sus TFG sobre temáticas diferentes;
aspectos diferentes dentro de una temática global común; un tema común desde diferentes o similares
perspectivas. En este último caso, deberán determinarse por el tutor para cada grupo de tutelados,
objetivos y tareas diferenciadas que permitan una evaluación individual e independiente.
3.9. El cambio de tutor o de tema podrá solicitarse al Vicedecano de Ordenación Académica
justificando, por escrito, su conveniencia. El plazo para la solicitud de cambio de tutor coincidirá con
el final del primer cuatrimestre en el calendario de la Universidad de Sevilla, incrementándose quince
días hábiles para aquellos alumnos que hayan formalizado la matrícula del TFGO en el período de
ampliación de matrícula establecido oficialmente por el centro.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Ordenación Académica
El Vicedecano de Ordenación Académica garantizará, en cualquier caso, que, en el plazo previsto
en este punto, todos los estudiantes tengan asignado un tutor y un tema.
El calendario completo de actuaciones con indicación de los plazos y responsables para los
procedimientos de oferta, asignación y modificación del Tutor y del tema del TFGO, así como la línea
temporal con especificación de los diferentes plazos, se recogen en el Anexo I.
3.10. La gestión del TFGO podrá realizarse mediante la aplicación facilitada por el Servicio de
Informática y Comunicaciones de la Universidad de Sevilla.
3.11. El tema asignado deberá posibilitar que el TFGO sea completado por el estudiante en el
número de horas correspondientes a los créditos que le corresponden (6 ECTS).
Artículo 4. De la memoria del Trabajo Fin de Grado.
4.1. La memoria de los TFGO contendrá el trabajo desarrollado por el alumno bajo la dirección
del tutor, sobre el tema asignado.
4.2. A efectos de su elaboración por parte del estudiante, éste deberá tener en cuenta que en la
memoria del TFGO habrá de mostrar los conocimientos, capacidades y competencias a las que se hace
referencia en el artículo 1.3 de esta misma normativa.
4.3. La memoria presentada debe estar redactada en español y tener una extensión mínima de 25
folios y máxima de 30. Con ello se pretende que el alumno dé prueba de su capacidad de síntesis y que
la extensión de todas las memorias sea equiparable.
En el caso de trabajos de investigación científica, la memoria deberá contener el título, índice
de contenidos, resumen en español y en inglés, introducción, objetivos, metodología, resultados,
discusión, conclusiones y bibliografía en uno de los sistemas de referencias utilizados en la actualidad
en la literatura científica odontológica. Podrá incluir también ilustraciones y anexos. En el caso de
trabajos de revisión bibliográfica, la memoria deberá contener el título, índice de contenidos, resumen
en español y en inglés, introducción, objetivos, metodología de la búsqueda, resultados de la revisión,
discusión, conclusiones y bibliografía en uno de los sistemas de referencias utilizados en la actualidad
en la literatura científica odontológica. Podrá incluir también ilustraciones y anexos.
En el caso de presentación de casos clínicos, la memoria deberá contener el título, índice de
contenidos, resumen en español y en inglés, introducción, objetivos, revisión de la literatura,
presentación del caso o serie de casos, discusión, puntos clave de aplicación clínica, y la bibliografía en
uno de los sistemas de referencias utilizados en la actualidad en la literatura científica odontológica.
Podrá incluir también anexos y, en todo caso, deberá incluir las imágenes clínicas del caso.
La tipografía y diseño de cada página serán las usuales en este tipo de trabajos: márgenes de al
menos 2’5 cm, interlineado de 1’5, tipo de letra Times 12 o equivalente, etc. Sea cual fuere el caso, la
justificación de cualquier variación adoptada puede ser explicada y defendida, si es necesario, en la
misma memoria, o en su exposición y defensa públicas.
4.4. En el caso de los TFGO realizados en el marco de programas de movilidad se estará a tenor de
lo dispuesto en el art. 15 de la Normativa Reguladora del Reconocimiento y Transferencia de créditos
en la Universidad de Sevilla, así como en el art. 6.2. del Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el
que se modifica el Real Decreto 1393/2007. Para que un TFGO pueda ser cursado en otra universidad
deberá haber sido previamente incluido en el Convenio de Estudios correspondiente, para ello
deberán ser equivalentes los créditos del TFGO de origen y de destino y/o que sean homologables las
características concretas del TFGO exigidas en ambos centros.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Ordenación Académica
4.5. Cuando el TFGO se desarrolle en el marco de un convenio de intercambio o de colaboración,
los dos centros implicados deberán asignar un miembro de su personal como responsable interno del
proyecto, correspondiéndole al profesor de la Facultad de Odontología de la Universidad de Sevilla el
papel de tutor del trabajo, y al externo, el de co-tutor.
Artículo 5. Del depósito, el acto de presentación y la evaluación del Trabajo Fin de Grado.
5.1. Los TFGO depositados por parte de los estudiantes tendrán que ir firmados sobre una
declaración explícita en la que se asume la originalidad del trabajo, entendida en el sentido de que no
ha utilizado fuentes sin ser citadas debidamente.
5.2. Previamente al acto de presentación del TFGO, para cada una de las convocatorias, se
establecerá un plazo de depósito de 3 días hábiles, en la Secretaría del Centro. De forma general, los
alumnos deberán entregar el documento original del TFGO, en papel (uno para cada miembro de la
Comisión Evaluadora) y en formato electrónico (uno para cada miembro de la Comisión Evaluadora).
Además, en el caso de que el alumno acceda a que su TFGO pueda ser consultado con carácter general
en el lugar donde la Universidad lo deposite, deberá entregar una autorización expresa al efecto con
el visto bueno del tutor, aportando otro ejemplar tanto en papel como en formato electrónico. En los
ejemplares escritos del TFGO deberá constar visto bueno del tutor.
En el caso de que el alumno no autorice que su TFGO puede ser consultado, deberá entregar,
junto con una copia en papel para archivo de Secretaría, un amplio resumen del TFGO (en papel y
en formato electrónico) de, al menos, diez páginas en letra normal y a un espacio, incluyendo una
descripción de los objetivos propuestos, la metodología usada, así como de los resultados alcanzados,
finalizando con un apartado de conclusiones, si ha lugar. Este resumen sí podrá ser consultado y será
público.
En el acto de entrega, el alumno recibirá de la Secretaría un documento acreditativo de dicha
entrega. La Secretaria del Centro preparará la documentación relativa a la presentación y defensa del
TFGO y notificará al Tutor y al Vicedecanato de Ordenación Académica del Centro la recepción del
documento. La retirada del TFGO y de la documentación relativa a la presentación y defensa se llevará
a cabo por el Presidente o el Secretario de la Comisión Evaluadora.
5.3. Constituida la Comisión Evaluadora, se notificará a cada estudiante el lugar, el día y la hora
fijados para la defensa de su trabajo, con al menos diez días naturales de antelación respecto a la fecha
señalada para la defensa.
5.4. La comisión evaluadora encomendará al tutor el acto de presentación y evaluación integra
del TFGO, así como la propuesta de calificación que corresponda, sin perjuicio de lo previsto en el
Art. 9.1.
La Comisión Evaluadora, una vez constituida, realizará esta encomienda en acto formal mediante
documento escrito firmado por todos los miembros de la misma.
5.5. El acto de presentación y evaluación de los TFGO será público y consistirá en la exposición
oral ante el tutor, por parte de los estudiantes, de las líneas principales de la memoria de su TFGO.
Cada alumno tendrá un máximo de 10 minutos para exponer su memoria de TFGO, debiendo, a
continuación, responder a las preguntas y aclaraciones que se le planteen durante un máximo de
15 minutos. Como norma general, el TFGO deberá ser expuesto oralmente en español, salvo que
haya una autorización expresa del Vicedecano de Ordenación Académica y de todos los miembros
de la Comisión Evaluadora para hacerlo en otro idioma, en cuyo caso se deberá entregar un amplio
resumen en español.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Ordenación Académica
En casos excepcionales, para que el acto de presentación del TFGO pueda realizarse de forma
no presencial, por videoconferencia u otro medio telemático, deberá estar autorizado por el Centro,
teniendo en cuenta su justificación académica, la disponibilidad de los medios técnicos necesarios y
asegurando las debidas garantías sobre la identidad del estudiante.
5.6. El tutor llevará a cabo la evaluación de los trabajos fin de estudio teniendo en cuenta las
competencias, conocimientos y capacidades adquiridas por el estudiante mediante la realización del
TFGO.
5.7. El trabajo fin de estudios se calificará en función de la siguiente escala numérica: de 0 a 10
puntos, con expresión de un decimal, a la que podrá añadirse la calificación cualitativa correspondiente:
De 0 a 4,9: Suspenso (SS).
De 5 a 6,9: Aprobado (AP).
De 7 a 8,9: Notable (NT).
De 9 a 10: Sobresaliente (SB).
Las directrices generales para la evaluación se recogen en el Anexo II.
5.8. La Comisión Evaluadora no podrá otorgar la calificación de “Suspenso” sin audiencia previa
al tutor. Con anterioridad a emitir la calificación se solicitará un informe al tutor en el que consten los
errores, omisiones, y en general, todos los defectos que hayan motivado la decisión.
5.9. Una vez recibidas las propuestas de calificación de los tutores, la Comisión Evaluadora
cumplimentará y firmará el acta oficial de calificación, que será hecha pública por el presidente y
remitida a la Secretaría del Centro en el plazo máximo de tres días hábiles.
Corresponde a la Comisión Evaluadora otorgar la mención de “Matrícula de Honor” a los trabajos
propuestos por los tutores. Para ello será requisito imprescindible que la calificación haya sido de
“Sobresaliente 10” y que la decisión haya sido adoptada por unanimidad entre todos los miembros de
la Comisión.
Dicha mención se concederá a trabajos excepcionales:
a.- Que hayan abordado un problema de gran complejidad
b.- Con gran originalidad en sus planteamientos
c.- Hayan ido más allá de los objetivos inicialmente propuestos
d.- Aporten publicaciones o comunicaciones relacionadas con el tema del trabajo.
Se concederá la mención de “Matrícula de Honor” a aquellos trabajos que obtengan la mayor
puntuación (de 0 a 4) valorando cada uno de los apartados anteriores de 0 a 1 punto. La Comisión
emitirá por escrito un Informe razonado a tal efecto.
El número de matrículas de Honor se regirá por la normativa de la Universidad de Sevilla.
Artículo 6. De la composición y el procedimiento para designar la comisión evaluadora y el
tribunal de apelación.
6.1. La Comisión Evaluadora estará formada por tres profesores, el Vicedecano de Ordenación
Académica que actuará como presidente, y dos profesores elegidos a sorteo de entre los profesores
miembros de Junta de Facultad que estén facultados para ser tutores del TFGO según el Art. 3.1, al
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menos uno de ellos deberá estar adscrito al Departamento de Estomatología. Quedarán excluidos en
este sorteo el Decano, el Secretario de la Facultad y el Director del Departamento de Estomatología.
Se elegirán mediante sorteo dos profesores suplentes para dicha Comisión Evaluadora de entre
los profesores miembros de Junta de Facultad que estén facultados para ser tutores del TFGO según
el Art. 3.1, al menos uno de ellos deberá estar adscrito al Departamento de Estomatología. Quedarán
excluidos en este sorteo el Decano, el Secretario de la Facultad y el Director del Departamento de
Estomatología.
6.2. Se constituirá un único Tribunal de Apelación compuesto por seis profesores. Formarán parte
de dicho Tribunal el Decano que actuará como presidente del Tribunal, el Secretario de la Facultad
que actuará como Secretario del Tribunal, el Director del Departamento de Estomatología que actuará
como vocal. Actuarán como suplentes, el Presidente de la Comisión Evaluadora (Vicedecano de
Ordenación Académica) y dos profesores elegidos mediante sorteo de entre los miembros de la Junta
de Facultad facultados para ser tutores del TFGO según el Art. 3.1 y que sean distintos a los que
constituyeron la Comisión Evaluadora, al menos uno de ellos deberá estar adscrito al Departamento
de Estomatología.
No podrán formar parte del Tribunal de Apelación el tutor o tutores del trabajo cuya calificación
es objeto de apelación.
Artículo 7. Del procedimiento del recurso de apelación de la calificación del trabajo fin de estudio
7.1. Contra las calificaciones definitivas de la Comisión de Evaluación de los TFGO, los estudiantes
podrán interponer recurso de apelación ante el tribunal correspondiente.
7.2. El plazo de interposición del recurso de apelación será de cinco días hábiles, contados desde
el día siguiente al de la publicación de las actas con las calificaciones definitivas en los tablones de
anuncio destinados a tal fin. El recurso se presentará en la Secretaría del Centro dirigido al presidente
del Tribunal de Apelación.
7.3. El Tribunal, una vez escuchado el alumno, el tutor y el Presidente de la Comisión Evaluadora
(Vicedecano de Ordenación Académica), examinará el expediente y ratificará o no, la calificación.
7.4. El plazo de resolución del recurso de apelación será de cinco días hábiles, contados a partir
del día siguiente de su presentación.
7.5. Contra la resolución del Tribunal de Apelación cabe recurso de alzada ante el Rector de la
Universidad de Sevilla.
Artículo 8. Recepción del TFGO una vez evaluado.
8.1. Tras la defensa pública, el Secretario de la Comisión Evaluadora presentará a la Secretaría del
Centro la siguiente documentación:
1. Actas de Evaluación (por triplicado).
2. Informes emitidos por los tutores.
3.- Informe razonado acerca de las concesiones de “Matrícula de Honor”.
4. Copia de la convocatoria al acto de presentación.
8.2. El autor de un TFGO calificado como “Suspenso” podrá recabar en la Secretaría del Centro
el informe motivado del tutor.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Ordenación Académica
Artículo 9. Depósito y propiedad.
9.1. El estudiante tendrá la consideración de autor del TFGO elaborado y será el titular de sus
derechos de propiedad intelectual a todos los efectos. En aquellos casos en que, dada la naturaleza
investigadora del trabajo, pudiera surgir algún resultado susceptible de protección, determinado por el
Departamento, a petición del tutor/es, se admitirá la autoría compartida con el/los tutor/es a los solos
efectos de propiedad intelectual o industrial. En estos casos, los tutores no podrán evaluar el trabajo,
ni formar parte de la comisión evaluadora. En los trabajos realizados en el marco de convenios de
colaboración con empresas, organismos de investigación u otros, la propiedad intelectual o industrial
del trabajo vendrá determinada por el acuerdo establecido con la empresa o entidad.
9.2. Siguiendo la Declaración Institucional de la Universidad de Sevilla para el fomento del
acceso abierto de la producción científica, los TFGO realizados por los alumnos con calificación
de “Sobresaliente” y “Matrícula de Honor” podrán ser integrados en el Repositorio de Producción
Científica, previa autorización del autor y del tutor. Para ello la Secretaría del Centro remitirá a la
Biblioteca una copia electrónica íntegra de dichos trabajos, junto a la autorización expresa del autor y
del tutor, para su difusión y conservación.
9. 3. En el caso de un TFGO realizado en el marco de un convenio o proyecto de investigación, de
carácter público o privado, su remisión resultará de lo establecido en el correspondiente acuerdo de
confidencialidad firmado previamente por el alumno.
DISPOSICIONES ADICIONALES Y FINALES
Entrada en vigor.
Este reglamento será de aplicación a los TFGO tras su aprobación por la Junta de Centro, entrando
en vigor de forma definitiva tras su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla,
una vez que sea informado favorablemente por el Vicerrectorado de Ordenación Académica, que
verificará su adecuación a la normativa general, y aprobado mediante Resolución Rectoral al efecto.
Habilitación para el desarrollo normativo.
Se habilita al Decano de la Facultad de Odontología de la Universidad de Sevilla para dictar
las resoluciones que fueran necesarias para el cumplimiento o desarrollo de lo dispuesto en este
reglamento.
Cita en género femenino de los preceptos de esta normativa.
Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en la presente normativa en
género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los
preceptos correspondientes en género femenino.
Aprobado en Junta de Facultad de 8 de Febrero de 2018.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Ordenación Académica
ANEXO I
CALENDARIO DE ACTUACIONES PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE OFERTA,
ASIGNACIÓN DE TUTOR, ASIGNACIÓN DE COTUTOR Y TEMA DEL TFGO Y CAMBIO DE
TUTOR Y/O TEMA DEL TFGO
ACTUACIONES
PLAZOS
RESPONSABLES
Solicitud a los Departamentos de los
profesores tutores y nº de TFG que
desean dirigir
10 días hábiles a partir del inicio del
Curso Académico
Departamentos
Secretaría del Centro
Publicación del listado de profesores 3 días hábiles tras finalizar el plazo de
Secretaría del Centro
tutores/Nº TFG dirigidos
solicitud a los Departamentos
Presentación de alegaciones al
listado de profesores tutores/Nº de
TFG
3 días hábiles tras finalizar el período de
publicación del listado
Secretaría del Centro
Publicación de la resoluciones a las
alegaciones presentadas al listado de
profesores tutores/Nº de TFG
2 días hábiles tras finalizar el periodo de
alegaciones tutores/Nº de TFG
Secretaría del Centro
Secretaría del Centro
Publicación listado definitivo
tutores/nº TFG
1 día hábil tras la publicación de las
resoluciones a las alegaciones
Publicación del listado con el orden
de prioridad de los alumnos para la
elección de tutor de TFG
Segunda semana del mes de Noviembre
(tras publicación por los Departamentos
del listado de alumnos internos)
Vicedecano/a de Ordenación
Académica
Secretaría del Centro
Presentación de alegaciones al
listado con el orden de prioridad de
los alumnos para la elección de tutor
de TFG
Vicedecano/a de Ordenación
Académica
2 días hábiles desde su publicación
Secretaría del Centro
Publicación de las resoluciones a las
alegaciones presentadas al listado
con el orden de prioridad de los
alumnos para la elección de tutor de
TFG
Vicedecano/a de Ordenación
Académica
1 días hábiles tras finalizar el periodo de
alegaciones
Secretaría del Centro
Publicación del listado definitivo con
el orden de prioridad de los alumnos
para la elección de tutor de TFG
Vicedecano/a de Ordenación
Académica
1 día hábil tras la publicación de las
resoluciones a las alegaciones presentadas
Secretaría del Centro
Convocatoria Pública para solicitud
de los alumnos y asignación de tutor
de TFG
Secretario/a de Facultad
Vicedecano/a de Ordenación
Académica
1 días hábiles tras finalizar el periodo de
publicación del listado definitivo
Publicación del resultado de la
asignación de tutor de TFG
1 día hábil tras la Convocatoria Pública
Secretaría del Centro
Presentación de alegaciones a la
asignación de tutor de TFG en la
Convocatoria Pública
Vicedecano/a de Ordenación
Académica
2 días hábiles tras la publicación del
resultado
Secretaría del Centro
Publicación de las resoluciones a las
alegaciones de la asignación de tutor
de TFG en la Convocatoria Pública
Vicedecano/a de Ordenación
Académica
1 días hábiles tras finalizar el periodo de
alegaciones
Secretaría del Centro
Publicación definitiva de la
asignación de tutor de TFG
1 día hábil tras la publicación de las
Secretaría del Centro
resoluciones a las alegaciones presentadas
1048
Núm. 10/2018, de 27 de noviembre
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Ordenación Académica
Presentación de instancia
normalizada firmada por tutor y
2 días hábiles tras la publicación
definitiva de la asignación de tutor de
TFG
en su caso cotutor y alumno con
indicación del tema genérico del
TFG asignado
Secretaría del Centro
Publicación del listado con la
asignación del Tutor y en su caso
cotutor/tema/alumno
Vicedecano/a de Ordenación
Académica
2 días hábiles tras finalizar el plazo para
la presentación de la instancia
Secretaría del Centro
Comunicación a los Departamentos
de la asignación de tutor/tema/
alumno de TFG
3 días hábiles tras finalizar el plazo de
publicación del listado con la asignación
de tutor y tema del TFG
Vicedecano/a de Ordenación
Académica
Secretaría del Centro
Desde la publicación del listado con la
asignación de tutor y tema hasta final del
primer cuatrimestre (calendario de la
US) Se incrementa en 15 días hábiles en
caso de ampliación de matrícula
Vicedecano/a de Ordenación
Académica
Periodo de solicitud para cambio de
tutor y/o tema del TFG
Secretaría del Centro
Comunicación a los Departamentos
del cambio de asignación de tutor/
tema/alumno de TFG
Vicedecano/a de Ordenación
Académica
Inicio de segundo cuatrimestre
(calendario de la US)
Secretaría del Centro
ANEXO I
LÍNEA TEMPORAL DE ACTUACIONES PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE OFERTA,
ASIGNACIÓN DE TUTOR, ASIGNACIÓN DE COTUTOR Y TEMA DEL TFGO Y CAMBIO DE
TUTOR Y/O TEMA DEL TFGO
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Núm. 10/2018, de 27 de noviembre
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Ordenación Académica
Las referencias al número de días deberán entenderse en todo caso como días hábiles.
ANEXO II
DIRECTRICES GENERALES PARA LA EVALUACIÓN DE LOS TFG
Valoración: Cada ítem será evaluado con 1 punto máximo
1 Correcto y completo
Valoración
0,5 Correcto pero incompleto
0 Incorrecto
Directrices referidas al trabajo
El TFG recoge adecuadamente los contenidos correspondientes: Título, índice, resumen,
justificación, objetivos, metodología….. y está correctamente redactado
Los objetivos del trabajo están bien definidos
La metodología científica empleada es adecuada
Los resultados están adecuadamente tratados y registrados
La discusión abarca todos los aspectos del TFG
Las conclusiones están adecuadamente formuladas y se corresponden a los objetivos del TFG
La bibliografía es suficiente y está adecuadamente registrada
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Núm. 10/2018, de 27 de noviembre
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.4. Vicerrectores - Vicerrectorado de Ordenación Académica
Directrices referidas a su exposición y defensa
La exposición oral , lenguaje, tiempo y formas son adecuados
La presentación tiene una calidad adecuada en imágenes, orden y claridad
La defensa del TFG es correcta
Directrices para la propuesta de Matrícula de Honor (Complejidad, Originalidad, Excepcionalidad
SI
/
NO
en la presentación, Ir más allá de los objetivos iniciales, Publicaciones, Comunicaciones)
CALIFICACIÓN FINAL
***
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