Acuerdo 7.2/CG 26-9-24, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Centro de Innovación Universitario de Andalucía, Alentejo y Algarve (CIU3A) en la sede gestionada por la Universidad de Sevilla en el Polo de Andalucía: Puerto de Sevilla (CIU3A Polo Andalucía).(*)

Acuerdo 7.2/CG 26-9-24, por el que se conviene, por asentimiento, aprobar el Reglamento de funcionamiento del Centro de Innovación Universitario de Andalucía, Alentejo y Algarve (CIU3A) en la sede gestionada por la Universidad de Sevilla en el Polo de Andalucía: Puerto de Sevilla (CIU3A Polo Andalucía), en los términos del documento que se anexa.

ANEXO

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE INNOVACIÓN CENTRO DE INNOVACIÓN UNIVERSITARIO DE ANDALUCÍA, ALENTEJO Y ALGARVE (CIU3A) EN LA SEDE GESTIONADA POR LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA EN EL POLO DE ANDALUCÍA: PUERTO DE SEVILLA (CIU3A POLO ANDALUCÍA)

SUMARIO

TÍTULO I. El Centro de Innovación Universitario de Andalucía, Alentejo y Algarve-Sede del Polo de Andalucía-Universidad de Sevilla (CIU3A-Polo Andalucía)

Artículo 1. Naturaleza del Centro

Artículo 2. Ámbito de este Reglamento

Artículo 3. Funciones del Centro

TÍTULO II. Gobierno y Organización del CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 4. Órganos de gobierno y gestión del CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 5. El Director del CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 6. Funciones del Director del CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 7. El Consejo Asesor

Artículo 8. Funciones del Consejo Asesor

Artículo 9. El Administrador del CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 10. Funciones del Administrador del CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 11. Personal del CIU3A Polo de Andalucía

TÍTULO III. La actividad del CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 12. Actividad del CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 13. Agregación de agentes al CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 15. Procedimiento para la agregación de grupos de investigación de la Universidad de Sevilla

Artículo 16. Procedimiento para la agregación de entidades externas públicas o privadas

Artículo 17. Relación de los agentes agregados con el CIU3A Polo de Andalucía

TÍTULO IV. Financiación del CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 18. Autofinanciación

Artículo 19. Presupuesto anual

Artículo 20. Ejecución del presupuesto

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Cita en género femenino de los preceptos de este Reglamento

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Desarrollo normativo

Segunda. Entrada en vigor

Título I

El Centro de Innovación Universitario de Andalucía, Alentejo y Algarve-Sede del Polo de Andalucía-Universidad de Sevilla (CIU3A-Polo Andalucía)

Artículo 1. Naturaleza del Centro.

1. El Centro de Innovación Universitario de Andalucía, Alentejo y Algarve-Sede del Polo de Andalucía-Universidad de Sevilla (CIU3A-Polo Andalucía) es un centro de I+D+i de la Universidad de Sevilla y sede en Andalucía del Centro de Innovación Universitario de Andalucía, Alentejo y Algarve, en el marco del del área de cooperación transfronteriza entre España y Portugal.

2. El CIU3A-Polo Andalucía se configura como estructura de colaboración estable de las tres Universidades que integran el CIU3A, así como de aquellas otras entidades privadas beneficiarias y todos aquellos otros agentes que progresivamente pudieran ir agregándose al mismo, facilitando la transferencia del conocimiento desde el sistema universitario hacia los retos a los que se enfrente la sociedad.

Artículo 2. Ámbito de este Reglamento.

El presente Reglamento tiene como objeto establecer el régimen de funcionamiento del CIU3A-Polo Andalucía, en cuanto a su estructura organizativa, su funcionamiento y los mecanismos de incorporación de los distintos grupos de investigación e instituciones interesadas y el acceso a su cartera de servicios.

Artículo 3. Funciones del Centro.

Corresponderán al CIU3A Polo Andalucía las siguientes funciones:

a. Organizar y programar actividades de innovación en el ámbito de la Industria 4.0, Logística, Materiales y Sostenibilidad, y campos afines. En particular, el CIU3A Polo Andalucía fomentará actividades universidad-empresa, y especialmente aquellas que se realicen en colaboración las Universidades de Évora y Algarve, así como con otras instituciones y entidades públicas y privadas.

b. Desarrollar proyectos de I+D+i de alto impacto en el mundo productivo.

c. Organizar y desarrollar cursos y seminarios de especialización y actualización, así como microcredenciales.

d. Ofrecer prácticas curriculares y extracurriculares a los estudiantes de títulos oficiales de la Universidad de Sevilla relacionados con el objeto de su actividad.

e. Promover la transferencia de conocimiento de la Industria 4.0, Logística, Materiales y Sostenibilidad, en todos los ámbitos y dar asesoramiento técnico y científico en cuestiones relacionadas.

f. Dar apoyo material y organizativo a los Grupos de Investigación y a las instituciones adscritas, en la medida indicada en los acuerdos y convenios suscritos, según la presente Resolución.

g. Dar difusión a los resultados de actividades realizadas.

h. Cualesquiera otras funciones y tareas que específicamente le atribuya la Universidad de Sevilla y las disposiciones vigentes que le afecten.

Título II

Gobierno y Organización del CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 4. Órganos de gobierno y gestión del CIU3A Polo de Andalucía.

El CIU3A contará con un director, un consejo asesor y un administrador.

Artículo 5. El Director del CIU3A Polo de Andalucía.

1. El Director del CIU3A Polo Andalucía será su órgano de gobierno.

2. El director del CIU3A Polo Andalucía será designado por el Rector, al que también corresponde su cese, entre el Personal Docente e Investigador de la Universidad de Sevilla con experiencia demostrada en el campo de la innovación en Industria 4.0, Logística, Materiales y Sostenibilidad o áreas afines y tendrá la consideración de cargo académico.

3. El director del CIU3A Polo Andalucía se incardina en la estructura jerárquica del Vicerrectorado de Transferencia del Conocimiento en los términos que se establezcan en la resolución rectoral de nombramiento.

Artículo 6. Funciones del Director del CIU3A Polo de Andalucía.

Serán funciones de la directora del CIU3A-Polo de Andalucía:

a) La elaboración de un proyecto de plan anual que se presentará, previo informe del consejo asesor, a la aprobación del Rector.

b) La coordinación de las actuaciones del Centro.

c) La dirección funcional del personal adscrito al Centro.

d) La supervisión de la gestión económica del Centro.

e) La propuesta anual de necesidades presupuestarias y de precios públicos para los servicios que ofrezca el Centro y la cesión de uso de los equipos instalados en él.

f) La elaboración de una memoria anual de las actividades desarrolladas por el Centro.

g) La preparación de la documentación necesaria para la aprobación de la agregación y desagregación de grupos de investigación e instituciones que, previo informe favorable del consejo asesor, se presentará a la aprobación del Rector.

h) La propuesta de proyecto de adaptación de las instalaciones para la incorporación de agentes agregados, que será sometida a aprobación del consejo asesor. que, previo informe favorable del consejo asesor, se presentará a la aprobación del Rector.

i) La coordinación de las actuaciones con las otras Universidades impulsoras del proyecto CIU3A POCTEC.

j) La representación del Centro en el ámbito de su competencia.

k) La ejecución de los gastos previstos en el presupuesto y de las oportunas transferencias presupuestarias.

l) Velar por el cumplimiento de los convenios suscritos con los agentes agregados y de los compromisos asumidos por las partes.

m) La gestión de la cartera de servicios aprobada anualmente para el Centro y las cesiones de uso de los equipos instalados en él.

n) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por las disposiciones vigentes, o que sean necesarias para dar cumplimiento a los objetivos y demás previsiones contenidas en este Reglamento.

Artículo 7. El Consejo Asesor.

1. El Consejo Asesor es el órgano colegiado que asiste al Director del CIU3A-Polo de Andalucía, proponiendo los criterios para la selección de los agentes que soliciten agregarse al CIU3A Polo de Andalucía, supervisando y favoreciendo el funcionamiento efectivo del Polo de Andalucía del CIU3A Polo de Andalucía, impulsando su desarrollo, así como de los proyectos comunes.

2. Serán miembros del Comité Asesor:

a) El Vicerrector de Transferencia del Conocimiento, que lo presidirá.

b) El Gerente.

c) El Secretario General.

d) El Vicerrector de Investigación.

e) El Director General del Espacio Universitario.

f) El Director del CIU3A Polo de Andalucía.

g) Un representante de los agentes agregados externos, designado por el Rector a propuesta del Director del Centro.

3. El Rector podrá designar como miembros a otros cargos generales de Gobierno de la Universidad u otros agentes agregados al Centro.

4. El Presidente del Consejo Rector podrá autorizar la asistencia, como invitados, de personas ajenas al mismo a las sesiones que el órgano celebre.

Artículo 8. Funciones del Consejo Asesor.

Son funciones del comité Asesor:

1. Informar sobre los planes anuales del Centro, así como las políticas generales en ejecución.

2. Proponer al Rector los criterios para la selección de los agentes que soliciten agregarse al CIU3A Polo de Andalucía.

3. Informar sobre el contenido de los convenios de agregación y sobre los términos en que esta se efectúe.

4. Informar sobre los proyectos de adaptación de las instalaciones para su uso por los agentes agregados.

5. Informar sobre la cartera de servicios del Centro y las condiciones de cesión de uso de los equipos que se instalen en él.

6. Aprobar la Memoria anual de actividades presentada por el Director del Centro.

Artículo 9. El Administrador del CIU3A Polo de Andalucía.

La gestión y administración del CIU3A Polo de Andalucía corresponde a un administrador que será designado por el Rector entre el Personal Técnico, de Gestión, de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla.

Artículo 10. Funciones del Administrador del CIU3A Polo de Andalucía.

Serán funciones del Administrador, bajo la dirección del Director del Centro:

a) La administración y gestión de los servicios del Centro, bajo la supervisión del Director de este.

b) La coordinación de los servicios del Centro con la actividad que los agentes agregados realicen en él.

c) Garantizar la publicidad entre los miembros del Centro de las resoluciones e instrucciones que emita la dirección, así como de los acuerdos de los restantes órganos de Gobierno de la Universidad que les afecten.

d) La gestión de los recursos humanos adscritos al Centro.

e) La gestión económica del Centro, asistiendo al Director en la elaboración, ejecución y seguimiento del presupuesto y en los asuntos ordinarios.

f) El control y gestión de los equipos instalados en el Centro que sean propiedad de la Universidad de Sevilla.

g) Cualquier otra función que le sea delegada por la Dirección o que le atribuya el presente Reglamento y las disposiciones vigentes.

Artículo 11. Personal del CIU3A Polo de Andalucía.

1. El órgano de gobierno de la Universidad de Sevilla responsable del mantenimiento de las infraestructuras proveerá de una estructura mínima de personal encargado del mantenimiento del centro, integrada por personal de la plantilla de la Universidad o asignado mediante subcontratación, en función de la actividad, las necesidades justificadas y el presupuesto disponible.

2. Adicionalmente, en función de la actividad, las necesidades justificadas y el presupuesto disponible, el Gerente de la Universidad de Sevilla podrá dotar de personal adicional al CIU3A.

Título III

La actividad del CIU3A Polo de Andalucía

Artículo 12. Actividad del CIU3A Polo de Andalucía.

1. Anualmente se elaborará un plan de actividades del Centro, a propuesta de su director, que, previo informe favorable del Consejo Asesor, será aprobado por el Rector.

2. El plan anual de actividades incluirá la cesión de espacios a los agentes agregados, la cartera de servicios ofrecidos por el centro y la cesión de uso de los equipos instalados en él. Asimismo podrá incluir cualquier otra actividad que se corresponda con las funciones asignadas al Centro por el artículo 3 de este Reglamento.

3. El plan anual de actividades incluirá una memoria económica.

Artículo 13. Agregación de agentes al CIU3A Polo de Andalucía.

1. Podrán agregarse al Centro agentes para llevar a cabo proyectos específicos del Polo de Andalucía o común a todas las sedes del CIU3A, pudiendo consistir en investigación aplicada, desarrollo y mejora de tecnología, procesos o productos, evaluación, ensayo y certificación, diseminación, capacitación en nuevas competencias, protección y comercialización de tecnología, creación de start-ups y spin-off, y cualquier tipo de actividad universitaria vinculada a la innovación.

2. La agregación de un agente implica la cesión a este de un espacio de la sede del Centro para su uso.

3. Podrán incorporarse como agentes agregados:

a) Grupos de investigación vinculados a la Universidad de Sevilla.

b) Órganos y servicios de la Universidad de Sevilla o de la alianza europea de Universidades Ulyseus.

c) Centros e institutos de investigación independiente.

d) Unidades de I+D empresariales.

e) Empresas.

f) Administraciones públicas.

4. La incorporación de agentes externos a la Universidad de Sevilla o la alianza de Universidades Europeas Ulyseus, coordinada por la Universidad de Sevilla, exigirá la suscripción de un convenio con la Universidad de Sevilla o con grupos de investigación de la Universidad de Sevilla para desarrollar proyectos de I+D+i en el marco de las funciones del Centro. Una vez efectuada la incorporación, esta sólo podrá mantenerse mientras conserve su vigencia el convenio de colaboración que constituye su causa.

Artículo 15. Procedimiento para la agregación de grupos de investigación de la Universidad de Sevilla.

1. Cuando existan espacios disponibles en el Centro, el Director del CIU3A Polo de Andalucía publicará, con informe favorable del comité asesor, una convocatoria de expresiones de interés abierta a los grupos de investigación de la Universidad de Sevilla. En la convocatoria se incluirán los espacios cuyo uso puede ser cedido y los criterios para valorar las solicitudes. Entre estos, se considerará imprescindible contar con subvenciones que incluyan costes indirectos disponibles para el desarrollo del proyecto, ya sean gestionados por la Universidad de Sevilla, por la Fundación de Investigación de la Universidad de Sevilla o por otra institución a la que la Universidad de Sevilla le haya encomendado la gestión de los proyectos.

2. Mediante resolución rectoral motivada se evaluarán y ordenarán las expresiones de interés de acuerdo con los criterios establecidos en la convocatoria.

3. Una vez aprobadas las expresiones de interés, los grupos de investigación seleccionados presentarán un proyecto de adhesión al CIU3A Polo de Andalucía. La viabilidad económica y de desarrollo del proyecto en las instalaciones del Centro se evaluará, en primer término, respectivamente por la Gerencia y por la Dirección de Espacio Universitario. Una vez autorizado por ambas instancias, el proyecto podrá ser presentado, previo informe favorable del comité asesor, a la aprobación del Rector.

Artículo 16. Procedimiento para la agregación de entidades externas públicas o privadas.

1. La incorporación de entidades externas públicas o privadas se podrá efectuar a propuesta de un grupo de investigación de la Universidad de Sevilla, mediante la presentación de proyecto, incluyendo un convenio de colaboración entre el grupo de investigación y la entidad externa, el compromiso de financiación y una memoria que incluya los medios materiales necesarios para su desarrollo.

2. La viabilidad económica y de desarrollo del proyecto en las instalaciones del Centro se evaluará, en primer término, respectivamente por la Gerencia y por la Dirección de Espacio Universitario. Una vez autorizado por ambas instancias, el proyecto podrá ser presentado, previo informe favorable del comité asesor, a la aprobación del Rector.

Artículo 17. Relación de los agentes agregados con el CIU3A Polo de Andalucía.

1. Los agentes agregados se incorporarán al Centro mediante un compromiso de adhesión en el caso de los grupos de investigación o un convenio de colaboración en el de las entidades externa. El compromiso o convenio incluirá, al menos, los siguientes aspectos:

a) Modalidad de ejecución del proyecto aprobado. La ejecución de los proyectos podrá adoptar diversas modalidades pudiendo consistir en programas financiados con fondos públicos, contratos suscritos con los distintos agentes que pretendieran adherirse al Polo de Andalucía, prestación de servicios, etc.

b) Adaptación del espacio del inmueble necesaria para su uso por el agente externo. Los distintos agentes agregados que vayan a desarrollar el proyecto en el Polo de Andalucía se podrán instalar en el espacio del edificio cuyo uso se les ceda. Si dicha instalación precisara de algún tipo de adaptación respecto del estado en que se encontraba el inmueble en dicho momento, deberá respetarse lo establecido por el informe de viabilidad emitido por el Director General del Espacio Universitario. En todo caso, se preverá la reposición del inmueble al estado anterior una vez finalizado el proyecto o programa concreto por el agente adherido.

c) Condiciones de mantenimiento y servicio de comunicaciones, seguridad y limpieza. La Universidad de Sevilla se hará cargo de las tareas de Mantenimiento, Servicio de Comunicaciones, Seguridad y Limpieza. Los costes derivados de esos servicios se repercutirán a los agentes agregados, conforme al compromiso o convenio específico que suscriban al incorporarse.

d) Costes generales de instalación y de mantenimiento del Centro. Conforme se ha indicado en apartados anteriores, los agentes agregados deberán soportar los costes asociados a su instalación, los generales del mantenimiento del centro y los de amortización de las maquinarias o equipos que utilicen, en proporción al tiempo de so, según lo estipulado en el compromiso o convenio correspondiente. Su permanencia en el Centro estará condicionada a la aportación anual que debe realizar y al respecto y acato de las instrucciones de la Dirección del Centro. Para ello, la adhesión de los agentes al Centro podrá ser renovable anualmente y se incluirá en la memoria de actividades por la Dirección.

e) Compromiso de colaboración en las actividades docentes que organice el Centro, en los proyectos de doctorado industrial que puedan presentarse y en la asunción de prácticas curriculares y extracurriculares de estudiantes de títulos oficiales de la Universidad de Sevilla que tengan relación con las funciones encomendadas al Centro.

f) Compromiso de respeto a la titularidad del Centro y al control por su Director de los espacios y de las maquinarias y equipos instalados en ellos. Los agentes agregados reconocerán en el compromiso o convenio correspondiente la titularidad de la Universidad de Sevilla sobre el Centro y sobre las maquinarias y equipos instalados en él. Aceptarán así mismo el control de esos espacios y enseres por parte del Director del Centro, comprometiéndose a acatar las resoluciones e instrucciones que procedan del Director y del personal de la Universidad de Sevilla en ejercicio de sus competencias, en particular sobre el acceso a los espacios, maquinarias y equipos.

g) Plan de prevención de riesgos laborales. Los agentes agregados aceptarán el Plan de prevención de riesgos laborales del Centro, asumiendo, en su caso las obligaciones con este Plan que se determinen en el compromiso o convenio. La asunción de estas obligaciones presupone, en todo caso, el reconocimiento de la titularidad de la Universidad sobre los espacios cedidos y la maquinaria y equipos instalados en ellos, así como el derecho de la Universidad al acceso y control sobre todos ellos.

h) Compromiso de respeto a la legalidad. La adhesión de los agentes requerirá asumir y cumplir el presente reglamento y las obligaciones establecidas en el compromiso o convenio, que estarán sujetos a lo previsto en las disposiciones vigentes.

TÍTULO IV

Financiación del CIU3A Polo de Andalucía.

Artículo 18. Autofinanciación.

1. El principio financiero del CIU3A Polo de Andalucía es el de la autofinanciación, para lo que se atenderá a la evaluación sobre la viabilidad económica de los proyectos que presenten los agentes que se quieran incorporar, así como a los compromisos o convenios que se suscriban.

2. La aportación de cada agente deberá tener en cuenta los gastos reales del Centro y se revisará semestralmente por la Dirección.

Artículo 19. Presupuesto anual.

1. Para garantizar su sostenibilidad, anualmente, la Dirección formulará a la Gerente una propuesta den presupuesto que incluya los costes totales que genere el Centro.

2. La Universidad de Sevilla pondrá a disposición del Centro una orgánica con el crédito para financiar los gastos aprobados.

3. El coste de los órganos unipersonales y del personal adscrito al CIU3A como unidad de la Universidad de Sevilla se imputará a su presupuesto anual de funcionamiento.

Artículo 20. Ejecución del presupuesto.

Anualmente, se presentará una liquidación de ingresos y gastos, a los que se sumarán los ingresos o traspasos por compensación de gastos de los agentes agregados. El balance, según el principio indicado en el punto 6.3, debe ser tendente a 0. En caso de déficit o superávit, se propondrán por la Comisión permanente un plan de actuación específico a aprobar por el/la Rector/a.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Única. Cita en género femenino de los preceptos de este Reglamento.

Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en el presente Reglamento en género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Desarrollo normativo.

El Rector de la Universidad de Sevilla podrá dictar las resoluciones que fueran necesarias para la interpretación, el cumplimiento y desarrollo de lo dispuesto en el presente Reglamento.

Segunda. Entrada en vigor.

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla.