Acuerdo 7.4.2/CG. 6-5-16, por el que se establece el criterio en el orden de selección para la dotación de las plazas de los Cuerpos docentes, tanto para la promoción interna como para la afectada por la tasa de reposición.
Núm. 3/2016, de 19 de mayo
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno
Acuerdo 7.4.2/CG. 6-5-16, por el que se establece el criterio en el orden de selección para la
dotación de las plazas de los Cuerpos docentes, tanto para la promoción interna como para la
afectada por la tasa de reposición.
Acuerdo 7.4.2/CG. 6-5-16, por el que previo informe favorable de la Comisión Académica y a propuesta
de ésta, se establece, por 34 votos a favor, ningún voto en contra y cinco abstenciones, el siguiente
criterio en el orden de selección para la dotación de las plazas de los Cuerpos docentes, tanto para la
promoción interna como para la afectada por la tasa de reposición:
En primer lugar, se dará cumplimiento a las plazas aprobadas en el Consejo de Gobierno de 25 de julio
de 2012 para las que aún no se ha procedido a su convocatoria pública; en segundo lugar se tendrá en
cuenta la fecha de acreditación del candidato que da origen a la solicitud; en tercer lugar la antigüedad
en la categoría y, finalmente, la antigüedad en la Universidad de Sevilla si fuera necesario.
Por último, en caso de que el adjudicatario resultante del concurso en alguna de las convocatorias
públicas sea distinto del candidato que dio origen a la plaza, no se podrá presentar nueva solicitud
hasta el año siguiente al de la OEP, para lo que se tendría en cuenta la fecha de resolución de dicho
concurso en lugar de la fecha de acreditación del solicitante de cara a determinar el orden de selección.
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