Acuerdo 6.3/CG 24-11-17, por el que se aprueba el procedimiento para el reconocimiento de la actividad docente (quinquenios) del Personal docente e investigador laboral indefinido.
Núm. 7/2017, de 21 de diciembre
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno
Acuerdo 6.3/CG 24-11-17, por el que se aprueba el procedimiento para el reconocimiento de la
actividad docente (quinquenios) del Personal docente e investigador laboral indefinido.
Acuerdo 6.3/CG 24-11-17, por el que, previo informe favorable de la Comisión Académica y a
propuesta de ésta, se conviene, por asentimiento, aprobar el procedimiento para el reconocimiento
de la actividad docente (quinquenios) del Personal docente e investigador laboral indefinido, sin que
genere efectos económicos algunos, en los términos del documento que se anexa.
ANEXO
PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE LA ACTIVIDAD
DOCENTE ꢀQUINQUENIOSꢁ DEL PROFESORADO CONTRATADO
EN RÉGIMEN LABORAL CON CARÁCTER INDEFINIDO.
Primero. Podrán solicitar el reconocimiento de la actividad docente los profesores Colaboradores y
Contratados Doctores que se encuentren en servicio activo a la finalización del plazo de presentación
de solicitudes.
Segundo. El plazo de presentación de solicitudes y el procedimiento de evaluación serán los mismos
que los establecidos para el profesorado perteneciente a los cuerpos docentes universitarios.
Tercero. Los reconocimientos de la actividad docente que se produzcan como consecuencia de este
procedimiento no generarán efectos económicos algunos.
Cuarto. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de esta Universidad (C/ San Fernando,
s/n) o Registros auxiliares, así como en cualquiera de los lugares señalados en el art. 16.4 de la Ley
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9/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público. En
el caso de que los solicitantes optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán
en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de
ser certificada y deberá ir acompañada de la documentación justificativa, en su caso, de la actividad
docente cuyo reconocimiento se solicita que no conste en el expediente administrativo del Servicio
de Gestión de Personal Docente de esta Universidad. Los documentos acreditativos que no estén
redactados en lengua castellana, deberán ir acompañados de la correspondiente traducción oficial.
Quinto. El modelo de solicitud establecido, se encontrará disponible en el Servicio de Gestión de
Personal Docente, así como en la página web del Vicerrectorado de Profesorado (docentes.us.es).
Sexto. En ningún caso, el número de tramos docentes reconocidos, podrá exceder del resultado de
superar favorablemente seis periodos.
Séptimo. Los efectos administrativos que se deriven de los tramos reconocidos se computarán el 1 de
enero del año siguiente al de la solicitud, aun cuando el reconocimiento se efectúe con posterioridad.
Octavo. El profesorado contratado laboral con carácter indefinido que tuviera reconocidos
complementos de méritos docentes en virtud de este Acuerdo y que, posteriormente, tome posesión de
una plaza de los cuerpos docentes universitarios en esta Universidad, podrá solicitar la convalidación
de los tramos ya reconocidos conforme al presente procedimiento, antes del 31 de diciembre del año
en que se haya producido dicha toma de posesión.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Noveno. Las resoluciones que adopte la Universidad podrán ser recurridas potestativamente por los
interesados, mediante recurso de reposición ante el Sr. Rector, o ser impugnadas directamente ante el
orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
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