1. En el ejercicio de las competencias que le atribuyen el artículo 20. 1 de la L.O. 6/2001 de Universidades y 20. o) del Estatuto de la Universidad de Sevilla y a efectos de certificación y acreditación ante las Agencias de Evaluación y otros organismos oficiales del desempeño de actividades de gestión por el personal docente e investigador de la Universidad de Sevilla, este Rectorado ha resuelto publicar la lista de cargos académicos y de servicios institucionales de carácter unipersonal. En su virtud:
a. Son cargos académicos unipersonales de la Universidad de Sevilla, con los efectos que se establezcan por la normativa académica aplicable:
RECTOR |
DEFENSOR UNIVERSITARIO |
VICERRECTOR |
SECRETARIO GENERAL |
DIRECTOR GENERAL |
DIRECTOR DE CENTRO MIXTO |
VICESECRETARIO GENERAL |
DIRECTOR DE SECRETARIADO |
DIRECTOR DE LAS ESCUELAS INTERNACIONALES DE POSGRADO Y DOCTORADO |
DIRECTOR DE LA INSPECCIÓN DE SERVICIOS |
DIRECTOR DE LA EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA |
VICEDIRECTOR DE CENTRO MIXTO |
DIRECTOR DE DEPARTAMENTO |
DIRECTOR DE INSTITUTO UN9IVERSITARIO |
VICEDECANO, SUBDIRECTOR DE E.T.S. Y E.U. |
SUBDIRECTOR DE INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN |
SECRETARIO DE FACULTADES Y ESCUELAS |
SECRETARIO DE DEPARTAMENTO |
SUBDIRECTOR DE SECRETARIADO |
DECANO DE FACULTAD/DIRECTOR DE E.T.S. Y E.U. |
DIRECTOR DEL AULA DE LA EXPERIENCIA |
DIRECTOR DEL CENTRO DE FORMACIÓN PERMANENTE |
DIRECTOR DEL CENTRO INTERNACIONAL |
DIRECTOR DEL INSTITUTO DE IDIOMAS |
DIRECTOR DE LA UNIDAD PARA LA IGUALDAD |
DIRECTOR DE LA OFICINA DE SOSTENIBILIDAD |
DIRECTOR DEL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN EUROPEA |
DIRECTOR DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN Y EXPERIMENTACIÓN ANIMAL |
DIRECTOR DE LA OFICINA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO |
DIRECTOR DEL S.A.D.U.S. |
DIRECTOR COLEGIO MAYOR HERNANDO COLÓN |
DIRECTOR CENTRO DE RECURSOS PARA EL APRENDIZAJE Y LA INVESTIG. (CRAI) |
DIRECTOR DE LA RADIO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA |
DIRECTOR DEL CENTRO INFORMÁTICO CIENTÍFICO DE ANDALUCÍA DEL P.A.I. |
DIRECTOR DEL CENTRO ANDALUZ DE PROSPECTIVA DEL P.A.I. |
INSPECTOR DOCENTE |
COORDINADOR DE ACTIVIDADES EXPOSITIVAS |
SUBDIRECTOR ACADÉMICO DE POSGRADO OFICIAL DE LA E. INTERN. DE POSGRADO |
SUBDIRECTOR ACADÉMICO DEL MÁSTER UNIV. EN PROF. ENS. SECUNDARIA OBLIG. |
SUBDIRECTOR DEL CENTRO DE INVESTIG., TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE USE |
SUBDIRECTOR DE EDITORIAL UNIVERSIDAD DE SEVILLA |
DIRECTOR DE SERVICIO GENERAL DE INVESTIGACIÓN |
SECRETARIO DEL INSTITUTO DE IDIOMAS |
SECRETARIO DE INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN |
SECRETARIO DEL CENTRO ANDALUZ DE PROSPECTIVA DEL P.A.I. |
COORDINADOR DE PROGRAMA DE DOCTORADO |
COORDINADOR DE MÁSTER UNIVERSITARIO |
COORDINADOR DE ÁREA DOC MOTRICIDAD HUMANA Y RENDIMIENTO DEPORTIVO |
DIRECTOR DE LA UNIDAD DE DONACIÓN DE CUERPOS |
DIRECTOR DEL LABORATORIO DE IDIOMAS Y LAB. FONÉTICA FAC. DE FILOLOGÍA |
DIRECTOR DEL AULA DE INFORMÁTICA (FAC. DE QUÍMICA) |
JEFE DEL ÁREA DE DOCUMENTACIÓN E INFORM. DEL CENTRO AND. PROSP. DEL P.A.I. |
PONENTE DE SELECTIVIDAD |
b. Se reconocen las siguientes actividades como servicios institucionales de carácter unipersonal, así como sus equivalencias a cargos académicos unipersonales de la Universidad de Sevilla, únicamente a los efectos de acreditación del profesorado:
PRESIDENTE DE LA JUNTA DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR |
DIRECTOR DE DEPARTAMENTO |
PRESIDENTE DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR LABORAL |
DIRECTOR DE DEPARTAMENTO |
SECRETARIO DE LA JUNTA DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR |
SECRETARIO DE DEPARTAMENTO |
SECRETARIO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR LABORAL |
SECRETARIO DE DEPARTAMENTO |
c. Se reconocen las actividades recogidas en la Orden de 26 de mayo de 2006, por la que se establece el procedimiento para la evaluación de la actividad docente, investigadora y de gestión del Personal Docente e Investigador de las Universidades Públicas de Andalucía, con el alcance y los efectos que se establecen en la referida Orden y en las restantes disposiciones en vigor.
d. Se reconocerán los restantes servicios institucionales de carácter unipersonal acreditados, con los efectos que establezca la normativa académica.
2. La Secretaría General, a petición de los interesados, certificará el desempeño de los cargos académicos y de los servicios institucionales mencionados en el apartado 1 de la presente resolución. En el supuesto de que los servicios prestados no consten a la Secretaría General, el certificado se expedirá con base en la documentación que conste en el órgano que hubiese atribuido al interesado el desempeño de tales servicios.
Sevilla, 24 de octubre de 2019.
EL RECTOR,
Miguel Ángel Castro Arroyo.