¿Qué es el Claustro Universitario?
El Claustro Universitario es el máximo órgano representativo de la comunidad universitaria (art. 10.1 del Estatuto de la Universidad de Sevilla [EUS]).
¿Cómo está compuesto?
El Claustro Universitario está compuesto (art. 10.2 EUS) por el rector, que será su presidente; la secretaria general; el gerente y 300 miembros electivos, distribuidos entre cuatro sectores.
¿Cuál es la composición de los sectores electorales en el Claustro?
Para las elecciones a Claustro Universitario, los sectores electorales (art. 19 del Reglamento General de Régimen Electoral de la Universidad de Sevilla [REGREUS]) serán los siguientes:
- El Sector A, que comprenderá los profesores doctores de cuerpos docente universitarios: 153.
- El Sector B, que comprenderá todo el personal docente e investigador no perteneciente al sector A: 30. Este sector se subdividirá en los siguientes subsectores:
- El Sector C se subdivide en los siguientes subsectores:
- El Sector D, que comprenderá el personal de administración y servicios: 24.
¿Cuáles son las circunscripciones electorales en el Claustro?
Las circunscripciones electorales en las elecciones a Claustro Universitario (art. 19.2 RGREUS) serán:
- Los Centros, para el sector A y el subsector C1.
- La Universidad de Sevilla, como circunscripción única para los subsectores B1, B2, B3, C2 y el sector D.
¿Cómo pude depositarse el voto anticipado?
El período de voto anticipado se extiende desde el jueves día 30 de noviembre hasta el martes día 12 de diciembre de 2017, ambos inclusive. El voto anticipado podrá ser emitido de acuerdo con las indicaciones que figuran en las Instrucciones para la emisión del voto anticipado, aprobadas por la Junta Electoral General, que pueden consultarse en: http://www.us.es/elecciones. En todo caso, además de los lugares específicos previstos en ellas para cada sector, los electores de todos los sectores o subsectores podrán votar anticipadamente en la Secretaría General de la Universidad (Rectorado).
¿Cómo se efectúa el voto presencial?
El voto presencial podrá efectuarse el miércoles, 13 de diciembre, en horario de 10 a 19 horas, y en las mesas electorales habilitadas para ello. Cada elector puede comprobar la Mesa que le corresponde accediendo con su UVUS a la Secretaría Virtual, pulsando en la opción Otras utilidades y, dentro de ella, en Consulta del censo definitivo y mesa electoral.
¿Qué requisitos se exigen al voto para su validez?
El voto se efectuará en las papeletas oficiales y sobres aprobados por la Junta Electoral General. El elector podrá marcar hasta el número máximo de candidatos que se indique en la papeleta, establecido de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 14 y 22 de dicho Reglamento General:
a. En los sectores A y D, así como en los subsectores B1, B2 y B3, los electores tendrá derecho a marcar, como máximo, un número de candidatos igual al 70% de los puestos a cubrir, despreciando los decimales, salvo que el número de elegibles sea uno o dos, en cuyo caso se podrá marcar un número igual al de puestos a cubrir.
b. En los subsectores C1 y C2, los electores podrán marcar un número de candidatos igual al de puestos a cubrir.
Con carácter general para todos los sectores y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1 REGREUS, cada elector podrá votar como máximo a un sesenta por ciento de candidatos de un mismo sexo, porcentaje que se calculará sobre el número máximo de candidatos a los que se puede votar. En el caso particular de que el número máximo de candidatos que se pueden votar sea tres, cada elector podrá votar como máximo a dos candidatos de un mismo sexo.
Toda la información, reglamentos, instrucciones, candidaturas y otros detalles en el enlace de las Elecciones al Claustro Universitario.