Acuerdo 7.1/CG 21-12-16, por el que se aprueba el VI Plan Propio de Investigación y de Transferencia de la Universidad de Sevilla.
Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno
Acuerdo 7.1/CG 21-12-16, por el que se aprueba el VI Plan Propio de Investigación y de
Transferencia de la Universidad de Sevilla.
Acuerdo 7.1/CG 21-120-16, por el que de conformidad con el artículo 13.1.g) del EUS, previo informe
favorable de la Comisión de Investigación y a propuesta de ésta, se conviene, por asentimiento, la
aprobación del VI Plan Propio de Investigación y de Transferencia de la Universidad de Sevilla, en los
términos del documento que se anexa.
Procede la elevación del presente Acuerdo al Claustro Universitario para su conocimiento.
ANEXO
VI PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA
(
2017 – 2020)
Las acciones de este VI Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Sevilla están
cofinanciadas por el Programa Operativo Fondos Europeos de Desarrollo Regional de Andalucía
(
2014-2020) (FEDER).
PRESENTACIÓN
Lageneraciónytransferenciadeconocimientosonfuncionesesencialeseinseparablesdelauniversidad,
como bien queda definido en la LOU, y ampliamente admitidas en la sociedad moderna como los
vehículos más eficientes y capaces de crear riqueza y bienestar. El VI Plan Propio de Investigación y
Transferencia de la Universidad de Sevilla (VI PPIT-US) supone un serio esfuerzo institucional que
se sustenta en la convicción de la importancia central que tienen estas funciones en la institución
universitaria.
Por ello, el VI PPIT-US se convierte en la herramienta central de nuestra universidad para impulsar la
generación del conocimiento y su transformación en resultados beneficiosos para nuestro entorno, y
define la estrategia de la US en el desarrollo de estas funciones, que sin duda resultan esenciales para
diferenciar las universidades más prestigiosas a nivel internacional.
El VI PPIT continua la trayectoria previa con actuaciones que se han mostrado como claves y que
convienen mantener y potenciar, y que se complementan con otras nuevas de carácter estratégico para
el impulso de la investigación de la US y que, en conjunto, tienen como objetivo mejorar la calidad
de nuestra investigación y nuestra competitividad en el escenario de investigación internacional. De
ello debería derivarse una mejora de los diversos indicadores usados para comparar el nivel de la
investigación en las instituciones académicas de todo el mundo.
En el presente VI PPIT destaca el énfasis en los siguientes aspectos:
•
Promoción de la excelencia, como principio básico que rige todo el plan, esencial para posibilitar
la consecución de resultados relevantes de investigación y transferencia, así como posibilitar el
establecimiento de grandes alianzas en el escenario internacional.
•
Captación y retención del talento, imprescindible y definitoria del futuro de nuestra universidad
como líder en la generación de conocimiento y motor de la economía basada en el conocimiento.
Por un lado, establece procesos selectivos que tienen como objetivo incorporar a los profesionales
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más cualificados a nuestra universidad y, por otro, persigue incrementar el éxito en convocatorias
competitivas.
•
Estímulo a la investigación de calidad en todas las ramas de conocimiento, adaptándose a
las características particulares de cada una de ellas, con un apoyo específico a la actividad de
líneas de investigación emergentes y precompetitivas y a áreas de conocimiento de reciente
incorporación plena a las actividades investigadoras.
•
•
Impulso a la internacionalización de la actividad investigadora, potenciando la participación en
convocatorias internacionales así como la formación de consorcios que permitan alcanzar masa
crítica para acceder a convocatorias de excelencia.
Intensificación de las acciones de transferencia de conocimiento en todas las ramas del saber,
acciones fundamentales que completan necesariamente a la actividad investigadora y que deben
sustentar un PPIT como el presente, desde la convicción de que el objetivo final es la máxima
contribución de la institución al desarrollo económico y mejora social.
•
•
Incremento del apoyo a la divulgación y difusión de nuestra actividad de investigación y
transferencia, en el convencimiento de la necesidad y utilidad de trasladar a la sociedad los
avances científicos e innovadores que se generan y promover la cultura y conocimientos
científicos en la sociedad.
Carácter complementario, en la medida de que las acciones están alineadas con las convocatorias
regionales, estatales y europeas, como medio para fomentar la participación de nuestros
investigadores en las convocatorias públicas competitivas y mejorar nuestra tasa de éxito en
dichas convocatorias.
Para su implementación, el presente PPIT se ha estructurado en 4 grandes líneas estratégicas que son
desarrolladas por 38 acciones específicas cuya estructura y objetivos se describen a continuación.
Julián Martínez Fernández
Vicerrector de Investigación
Universidad de Sevilla
VI PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA:
OBJETIVOS, LÍNEAS ESTRATÉGICAS Y ÁMBITO TEMPORAL
El VI Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Sevilla (VI PPIT-US) surge
con el objetivo fundamental de constituirse en el instrumento esencial en la Universidad de Sevilla
con el que articular las actividades de investigación y de la transferencia de conocimientos resultantes.
Desde su primera edición ha sido una herramienta clave para la US, que ha ido evolucionando con
el tiempo para adaptarse al escenario real, tanto nacional como internacional, en el que se ha ido
desenvolviendo la actividad investigadora.
De los resultados obtenidos a lo largo de este proceso se determina la conveniencia de mantener
muchas de las acciones implementadas hasta la fecha, potenciándolas en la medida de lo posible, e
introduciendo nuevas actuaciones tanto de apoyo a la investigación como a la transferencia que ayuden
a mantener e incrementar nuestra investigación de excelencia en todas las ramas del conocimiento.
Se pretende, con la implementación de las cuatro líneas estratégicas en las que se estructura este VI
PPIT-US, mantener e impulsar las líneas de investigación y de transferencia de calidad de nuestros
grupos de investigación más excelentes, así como aumentar los niveles de calidad en aquellas líneas en
las que se esté haciendo un esfuerzo por parte de los grupos de investigación implicados.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Para conseguir el objetivo propuesto, el VI PPIT-US se estructura en cuatro líneas estratégicas:
I. Impulso a las distintas actividades de investigación y de transferencia de conocimiento, estimulando
la internacionalización de nuestras actividades.
II. Dotación de recursos humanos para la actividad investigadora, desde el comienzo a través de becas
de iniciación a la investigación, continuando con un programa de contratos predoctorales y a través
de diversas modalidades de contratos postdoctorales, hasta acciones encaminadas a captación y
retención de talento así plazas de profesores universitarios por necesidades investigadoras en áreas
estratégicas de nuestra universidad.
III. Fomento de las actividades de divulgación y difusión de la investigación y transferencia, así como
reconocimiento a dichas actividades.
IV. Apoyo a acciones de investigación y de transferencia de interés estratégico para la US.
Estas 4 líneas estratégicas se desarrollan en 38 acciones:
I. Impulso a las actividades de investigación y de transferencia
I.1.
I.2.
I.3.
I.4.
Ayudas a departamentos para gastos de funcionamiento de grupos de investigación
Ayudas a institutos universitarios de investigación para gastos de funcionamiento
Ayudas para movilidad internacional del personal dedicado a la investigación
Ayudas para presentar proyectos de investigación internacionales, apoyo a H2020, y
formación de consorcios estratégicos en convocatorias públicas de I+D+i
I.5.
I.6.
I.7.
I.8.
I.9.
Ayudas para el uso de los SGI
Ayudas para la gestión de investigación y de la transferencia de conocimiento
Ayudas para acciones específicas de transferencia de conocimiento
Asignación temporal de espacios para desarrollar proyectos de investigación
Ayudas a empresas basadas en el conocimiento de la US
II. Dotación de Recursos Humanos para la investigación
II.1. Programa de Becas de iniciación a la investigación
Modalidad 1. Alumnos de grados
Modalidad 2. Alumnos de máster oficial
II.2. Programa de formación predoctoral
Modalidad 1. Contratos predoctorales (PIF) para el desarrollo del programa propio de
I+D+i de la US
Modalidad 2. Ayudas predoctorales en colaboración con empresas u otras entidades
II.3. Cofinanciación de contratos puente posdoctorales
II.4. Contratos de perfeccionamiento posdoctoral mediante estancias en el extranjero
II.5. Contratos de acceso al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación para el
desarrollo del programa propio de I+D+i de la US
II.6. Co-financiación de contratos de técnicos de apoyo a la investigación
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II.7. Plazas de Profesor Ayudante Doctor por necesidades investigadoras
II.8. Profesores visitantes
III.Divulgación y difusión de las actividades investigadoras y de transferencia
III.1. Ayudas a revistas de la US
III.2. Ayudas para organizar congresos y reuniones científicas con proyección internacional
III.3. Ayudas para actividades de divulgación científica
III.4. Publicación de trabajos de divulgación científica
III.5. Promoción de patentes y otros títulos de propiedad industrial
III.6. Premio US a la divulgación científica
III.7. Premio US a trabajos de especial relevancia
III.8. Premio US a actividades de transferencia de conocimiento
III.9. Premios US a investigadores de alto impacto
III.10. Premios FAMA – Universidad de Sevilla a la trayectoria investigadora
IV. Acciones estratégicas de investigación y transferencia
IV.1. Retención de talento. Oferta de empleo público por necesidades estratégicas de investigación
IV.2. Atracción de talento. Investigadores con alto potencial
IV.3. Contratos predoctorales (PIF) para el desarrollo del programa propio de I+D+i de la US en
áreas de especial atención
IV.4. Ayudas a proyectos de investigación precompetitivos
IV.5. Ayuda para el impulso de la formación de unidades de excelencia
IV.6. Ayuda a la preparación de proyectos de investigación en A-Tech
IV.7. Ayuda suplementaria a grupos de investigación por captación de fondos en las convocatorias
de proyectos de investigación del Plan Estatal
IV.8. Ayudas a grupos de investigación de grupos emergentes
IV.9. Acciones especiales de internacionalización de la investigación
IV.10. Reparación y validación de material científico
IV.11. Acciones especiales
•
El presente Plan Propio de Investigación extenderá su ámbito temporal de aplicación desde el
momento de su entrada en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020, manteniéndose, tras dicha fecha
final, la eficacia de las medidas que hayan sido acordadas con anterioridad en cumplimiento de las
previsiones del Plan.
•
•
Toda referencia en este VI PPIT-US a personas, colectivos, cargos, etc. en género masculino, debe
entenderse como género gramatical no marcado, incluyendo la referencia a hombres y mujeres.
Los beneficiarios de las ayudas deberán tomar todas las medidas necesarias para fomentar la
igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en la ejecución de las acciones. Su objetivo,
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en la medida de lo posible, deberá ser el equilibrio entre hombres y mujeres a todos los niveles del
personal asignado a la acción.
•
La Universidad de Sevilla está comprometida con el control ético y de impacto social y
medioambiental de su actividad investigadora. Este compromiso se extiende a las acciones del VI
PPIT-US desarrollado tanto de manera individual como en colaboración con empresas u otras
entidades.
•
•
•
En el proceso de selección de las diversas acciones del VI PPIT – US, la Comisión de Investigación
tendrá en consideración el carácter emergente de las áreas de conocimiento recién incorporadas
plenamente a las actividades investigadoras.
Se autoriza a la Comisión de Investigación de la US (CI-US) a realizar modificaciones menores
por alteración de la norma y/o para garantizar su aplicabilidad, y en función de la evolución de los
indicadores.
La ejecución de las acciones presentadas en este documento queda supeditada a disponibilidad
presupuestaria. Los fondos y números de plazas asociados a cada acción son orientativos y se
concretarán en la publicación de las convocatorias correspondientes.
NORMAS GENERALES
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LOS BENEFICIARIOS
a. Los solicitantes deberán cumplir los requisitos exigibles en las convocatorias a las que opten en
el momento de presentación de las solicitudes.
b. Cuando se concurra a acciones dirigidas a miembros de la comunidad universitaria definidos en
el Estatuto de la US, éstos deberán tener vinculación con la US en el momento de la solicitud y
mantenerla durante el período de disfrute de la ayuda concedida.
c. No podrán tener pendientes de justificación ayudas concedidas en convocatorias previas del
presente o de anteriores Planes Propios de Investigación.
d. Deberán solicitar también las ayudas equivalentes de otros organismos públicos, en los casos en
que existan dichas convocatorias.
IMPORTANTE
Con objeto de que la CI-US pueda llevar a cabo una evaluación más eficaz, en las acciones en las
que se deban valorar curricula vitae y listado de publicaciones, es necesario que tanto éstos como los
documentos que los acompañen respondan de forma directa y ordenada a los apartados del baremo
que les sean de aplicación.
Con carácter general, no será necesario acreditar documentalmente los méritos aportados excepto si
son requeridos en las bases, aunque la CI-US podrá solicitar dicha acreditación si lo estima conveniente.
Igualmente, cuando se requieran indicadores de calidad de las aportaciones de investigación (que
deben describirse de manera detallada), éstos deberán mostrarse de forma clara y concisa (por ejemplo,
factor de impacto, posición de la revista en el área, etc.), con indicación expresa y exacta de la fuente
de dichos datos.
En las acciones que les sean de aplicación y para los periodos en los que los solicitantes estén vinculados
a la Universidad de Sevilla, solo se considerarán las aportaciones científicas en las que la filiación
de la Universidad de Sevilla aparezca correctamente (https://investigacion.us.es/docs/web/files/
codigo_firma_publicaciones.pdf), y en relación con los proyectos de investigación de convocatorias
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
competitivas, los que sean gestionados por la US, o los que la Universidad de Sevilla sea solicitante y
centro de aplicación.
El Vicerrectorado podrá consultar otras bases de datos y plataformas online, cuando proceda, para
verificar la producción científica de sus agentes o crear productos secundarios de evaluación y difusión
de la producción científica.
Es obligatorio, para tal fin, que los investigadores adscritos a la Universidad de Sevilla que soliciten
una ayuda del Plan Propio cuenten con un perfil abierto con su respectivo número identificativo en
las siguientes plataformas:
ORCID identifier: http://orcid.org/
Research ID: http://www.researcherid.com/
PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Lassolicitudes, dirigidasalVicerrectoradodeInvestigación, deberáncumplimentarseobligatoriamente
vía telemática en los impresos normalizados disponibles en la dirección web del Vicerrectorado de
Investigación, subiendo a la aplicación la documentación requerida en formato electrónico. El sistema
generará una hoja resumen que se deberá imprimir y presentarse en el Registro General o en el Registro
Electrónico de la Universidad de Sevilla dentro del plazo establecido en cada convocatoria. Las bases
podrán indicar el uso de otro procedimiento durante el desarrollo del Plan Propio.
Lapresentacióndelasolicitudimplicalaaceptaciónlasbasesdelaconvocatoria. Lassolicitudesdeberán
incluir una dirección de correo electrónico a través de la cual se realizarán todas las comunicaciones
y/o requerimientos durante el proceso de revisión y evaluación de la solicitud. Estas comunicaciones
serán consideradas como válidas a efectos de notificaciones.
El Servicio de Gestión de Investigación procederá a la revisión administrativa de las solicitudes y, en el
caso de estar incompletas o presentar alguna deficiencia, se requerirá al interesado para que subsane
los defectos encontrados o aporte la documentación requerida. En caso de no hacerlo en el plazo que
le sea indicado, se entenderá que desiste en su solicitud.
Finalizada la revisión administrativa, los expedientes se remitirán a la Comisión de Investigación para
su evaluación.
El interesado podrá seguir el estado de su solicitud, una vez presentada, dentro de la aplicación
informática del VI PPIT “Gestor de Solicitudes”.
La resolución se publicará en la página web del Vicerrectorado de Investigación, siendo ésta la fecha
de notificación a todos los efectos.
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
•
Aceptar las normas generales del VI PPIT-US y las específicas de cada acción.
•
Notificar al Vicerrector de Investigación de la US cualquier modificación de las condiciones o
plazos aprobados.
•
•
Mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de las acciones
subvencionadas que la actividad ha sido financiada por el VI PPIT-US.
Dado el carácter complementario del presente Plan Propio de Investigación, deberá presentarse
justificante de participación en las convocatorias oficiales análogas, tanto internacionales
como nacionales y autonómica, caso que las hubiere. Si se recibiese subvención para la misma
actividad, la ayuda del presente Plan Propio estará limitada al importe de los gastos realizados
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Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
que no hubieran sido cubiertos por la subvención externa al VIPPIT-US, debiendo reintegrase
al mismo la parte de la ayuda recibida que exceda de dicho importe.
•
•
Con carácter general, se remitirá al Servicio de Gestión de Investigación, dentro de los
plazos establecidos en cada convocatoria, la justificación científica y económica de la ayuda
concedida. La justificación económica de las ayudas se realizará del modo indicado en la web
delVicerrectorado de Investigación de la US: http://investigacion.us.es/area-investigacion/
procedimientos/gestion-plan-propio.
El incumplimiento de las obligaciones por parte de los beneficiarios de las ayudas podrá
ocasionar la suspensión y/o revocación de las mismas, sin perjuicio de otras responsabilidades
en las que se pudiera incurrir.
INTERRUPCIÓN DE LAS AYUDAS
En el caso de que en los contratos celebrados al amparo de este VI PPIT se produzcan suspensiones
del contrato por la concurrencia de situaciones de incapacidad temporal por un periodo de al menos 3
meses consecutivos, maternidad o paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia
natural de un menor de nueve meses y adopción o acogimiento durante el período de duración del
mismo, podrán solicitar la interrupción y prórroga del plazo de ejecución de la ayuda correspondiente
al tiempo de la suspensión, conforme a las instrucciones publicadas en la página web del Vicerrectorado
de Investigación.
EN RELACIÓN CON LAS FECHAS DE OBTENCIÓN DEL GRADO DE DOCTOR
En las acciones del presente Plan Propio en las que los candidatos deban acreditar el grado de doctor,
se estable habitualmente como requisito un intervalo de tiempo determinado para haber obtenido
dicho grado. Se entenderá como fecha de obtención del grado de doctor, la fecha del acto de defensa y
aprobación de la tesis doctoral.
Cuando concurra alguna de las situaciones que se citan a continuación se aplicará una ampliación de
la fecha límite inferior para la obtención del grado de doctor, siempre que los periodos de interrupción
derivados de tales situaciones se hayan producido entre la fecha de cierre del plazo de presentación de
solicitudes y el límite inferior.
1
. Periodos de descanso derivados de maternidad o paternidad disfrutados con arreglo a las situaciones
protegidas que se recogen en el Régimen General de la Seguridad Social. Se aplicará una ampliación
de un año por cada hijo.
2
3
. Grave enfermedad o accidente del solicitante, con baja médica igual o superior a tres meses. Se
aplicará una ampliación igual al periodo de baja justificado, redondeando al alza a meses completos.
. Atención a personas en situación de dependencia, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 39/2006, de
1
4 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de
dependencia, por un periodo mínimo de tres meses. Se aplicará una ampliación igual al periodo
justificado, redondeando al alza a meses completos.
Estos periodos se indicarán y acreditarán debidamente en el momento de presentar la solicitud.
En el caso de los solicitantes al turno de personas con discapacidad, el límite inferior de la fecha de
obtención del grado de doctor se ampliará en 3 años, pudiendo aplicarse también las ampliaciones
recogidas en este apartado para el turno general cuando concurran las situaciones citadas de forma
análoga.
8
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Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
RESERVA DE CUOTA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Las convocatorias determinarán el número de plazas reservadas a personas con discapacidad, que será
del 2% del total de plazas ofertadas.
Para optar a este cupo reservado se debe adjuntar documento acreditativo de un grado de discapacidad
igual o superior al 50%. La no acreditación del grado de discapacidad implicará la desestimación de
la solicitud, que no podrá ser considerada para el acceso general. Quienes opten por participar por el
cupo de personas con discapacidad no podrán cambiarse de cupo una vez formulada la solicitud por
dicha opción.
Las ayudas no cubiertas en este turno de reserva se acumularán al turno de acceso general.
Así mismo, las ayudas del turno de personas con discapacidad no tendrán una distribución prefijada
entre las distintas ramas del conocimiento.
DIRECCIONES PARA FORMULAR CONSULTAS:
Consultas generales: consultas-VIPPIT@us.es
Justificaciones:justificacion-VIPPIT@us.es
Línea estratégica I
IMPULSO A LAS ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN Y DE TRANSFERENCIA
I.1.AYUDAS A DEPARTAMENTOS PARA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE GRUPOS DE
INVESTIGACIÓN
Acción específica dirigida a apoyar las actividades de investigación de los departamentos recogidas
dentro del artículo 32.1 del Estatuto de la US.
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación global que cada ejercicio, dentro del periodo
de vigencia del VI PPIT-US, proponga la CI-US de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
La dotación de esta acción será de 500.000 €.
La dotación anual se desglosará en tres modalidades:
A. Ayuda básica
El criterio de distribución de esta ayuda será directamente proporcional a los fondos captados por
(
i) investigación competitiva y (ii) contratos de investigación por un valor mínimo que se definirá
anualmente por área, en base al valor promedio de la financiación de los proyectos de investigación
del Plan Estatal de esa área.
Se contabilizará la financiación obtenida en los 2 años anteriores a la solicitud.
B. Ayuda complementaria
Se distribuirá entre aquellos departamentos que hayan incorporado en el ejercicio anterior algún
investigador doctor contratado, seleccionado en programas de incorporación de doctores en
convocatorias oficiales, públicas y competitivas (Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Postdoctorales de
Excelencia, Contratos de Acceso y similares (previo acuerdo explícito por parte de la CI-US)). Esta
ayuda se concederá una sola vez por cada investigador contratado y se destinará exclusivamente a
cubrir los gastos que genere su incorporación al departamento.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
C. Ayuda a la internacionalización de la investigación
Se repartirá proporcionalmente en función del número de las publicaciones con proyección
internacional acreditadas debidamente como Universidad de Sevilla, de su incremento y de sus
indicios de calidad.
Con cargo a las ayudas de las modalidades A y C, que no podrán superar una cantidad determinada
que se especificará en cada anualidad, los departamentos deberán atender a gastos directamente
relacionados con la actividad investigadora, incluyendo eventualmente la gestión de la misma.
En el caso de grupos de investigación inter-departamentales, las ayudas del Plan Propio se asignarán
por defecto al departamento al que pertenezca el responsable del grupo.
En el supuesto de que durante el primer trimestre del año lleguen a las universidades andaluzas fondos
de investigación procedentes del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI)
2
020, para la financiación de la actividad investigadora de sus grupos oficiales de investigación, la CI-
US podrá articular un procedimiento para la adjudicación de ayudas a sus grupos de investigación de
la US.
En este supuesto, la CI-US podrá establecer un porcentaje determinado de retorno de esta financiación
que iría destinado a las ayudas a los departamentos para atender los gastos de funcionamiento
derivados de la actividad investigadora de sus grupos, quedando esta acción I.1 financiada total o
parcialmente a través de este procedimiento.
I.2.AYUDAS A INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN PARA GASTOS DE
FUNCIONAMIENTO
Ayuda específica dirigida a apoyar las actividades de investigación de los Institutos Universitarios de
Investigación recogidos en el artículo 40 del Estatuto de la US y aquellos que deriven del desarrollo del
Reglamento General de Investigación de la US.
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación global que, dentro del periodo de vigencia del
VI PPIT-US, proponga la CI-US en cada ejercicio, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
La dotación de esta acción será de 60.000 €.
La dotación anual se desglosará en tres modalidades:
A. Ayuda básica
El criterio de distribución de esta ayuda será directamente proporcional a los fondos captados
por (i) investigación competitiva y (ii) contratos de investigación por un valor mínimo que se
definirá anualmente por área, en base al valor promedio de la financiación de los proyectos de
investigación del Plan Estatal de esa área, por los grupos adscritos a cada Instituto. Se contabilizará
la financiación obtenida en los 2 años anteriores a la solicitud. La ayuda no podrá superar una
cantidad determinada que se especificará en cada anualidad.
B. Ayuda complementaria
Se distribuirá entre los Institutos que hayan incorporado en el ejercicio anterior algún investigador
contratado, seleccionado en programas de incorporación de doctores en convocatorias oficiales,
públicas y competitivas (Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Postdoctorales de Excelencia, Contratos
de Acceso y similares (previo acuerdo explícito por parte de la CI-US)). Esta ayuda se concederá
una sola vez por cada investigador contratado y se destinará exclusivamente a cubrir los gastos que
genere su incorporación al Instituto. Esta ayuda se financiará con los fondos del apartado B de la
9
0
Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
acción I.1, para lo cual el departamento de adscripción del doctor incorporado deberá renunciar a
la ayuda obtenida por dicho concepto.
C. Ayuda a la internacionalización
Se repartirá proporcionalmente en función del número de las publicaciones internacionales
acreditadas debidamente como Universidad de Sevilla, de su incremento y de sus indicios de
calidad.
ConcargoaestaayudalosInstitutosdeberánatenderprioritariamentegastosdirectamenterelacionados
con la actividad investigadora, incluyendo eventualmente la gestión de la misma.
I.3.AYUDAS PARA MOVILIDAD INTERNACIONAL DEL PERSONAL DEDICADO A LA
INVESTIGACIÓN
Esta línea de actuación está destinada a facilitar la movilidad del PDI y del personal contratado
dedicado a tareas de investigación con el objeto de intensificar la actividad investigadora y fomentar
el intercambio y la actualización de conocimientos e información científica de los miembros de la US.
Estas ayudas se podrán aplicar a las siguientes modalidades:
A. Estancias breves en Centros de Investigación que tengan un marcado reconocimiento
internacional, preferiblemente en el extranjero y muy excepcionalmente en España. Se presentan 2
modalidades:
A1. En otras Universidades o Centros de Investigación.
A2. En departamentos de I+D+i de empresas o de instituciones públicas o privadas con una
trayectoria reconocida de marcado carácter internacional.
B. Participación relevante en congresos de carácter internacional.
C. Estancias breves en la US de profesores e investigadores de reconocido prestigio de otras
Universidades o Centros de Investigación. La financiación de una estancia a través de esta actuación
es incompatible con la financiación a través del PP de Docencia.
Beneficiarios
Para la actividad A:
a. El PDI de la US, en cualquiera de sus modalidades, salvo los beneficiarios de las acciones
destinadas a contratos predoctorales o de PIF propias de la US, por disponer éstas de un
programa específico de ayuda a la movilidad. Para aquéllos contratos predoctorales de otras
convocatorias oficiales que dispongan de programas específicos de ayuda a la movilidad, será
incompatible la concesión de ambas para el mismo ejercicio. Se recuerda la obligatoriedad de
concurrir al programa específico en cuestión.
b. El personal técnico dedicado a tareas de apoyo a la investigación.
Para la actividad B:
a. El PDI de la US, en cualquiera de sus modalidades.
b. El personal técnico dedicado a tareas de apoyo a la investigación.
Para la actividad C:
a. Los departamentos e Institutos de Investigación.
b. Los grupos de investigación de la US reconocidos en el PAIDI.
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Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Requisitos de los beneficiarios
1
. Para las modalidades A y B los recogidos en el apartado anterior. En caso de ser personal contratado
a tiempo determinado, el contrato debe estar vigente en la fecha de la convocatoria y durante el
periodo completo de disfrute de la ayuda.
2
3
. Para las modalidades A y B, concedida la ayuda, el beneficiario deberá contar con la licencia de
estudios reglamentaria.
. Disponer del documento de aceptación de la entidad receptora, con expresión de la duración de
la estancia para las 2 modalidades A o la aceptación del Comité Organizador del Congreso de la
ponencia que se presentará para la modalidad B.
4
5
. En el caso de las modalidades A y en el de la C se tendrá que presentar un programa de la
investigación a desarrollar por los beneficiarios de la ayuda, incluyendo producción científica
estimada que deberá ser presentada al justificar la ayuda.
. En las tres modalidades habrá de presentarse justificante de participación en las convocatorias
oficiales análogas, tanto internacionales como nacionales y autonómicas, caso que las hubiere. Si
se recibiese subvención para la misma actividad, la ayuda del presente Plan Propio estará limitada
al importe de los gastos realizados que no hubieran sido cubiertos por la subvención externa al VI
PPIT-US, debiendo reintegrase al mismo la parte de la ayuda recibida que exceda de dicho importe.
Dotación de las ayudas
En cada convocatoria anual el periodo de estancia a financiar para las modalidades A y C no podrá ser
inferior a 30 días ni superior a 3meses, en uno o varios centros de investigación, con independencia
de que se pueda solicitar autorización para estancias superiores a 3 meses si el período formativo o el
proyecto investigador de la estancia lo requiere.
Durante la vigencia del VI PPIT, para las modalidades A se concederá, como máximo, ayudas hasta un
total de 6 meses de estancia, y para la modalidad B, un máximo de 1 ayuda por solicitante.
Cada solicitud presentada podrá ser financiada con las ayudas para gastos de desplazamiento y las
dotaciones económicas para estancias que acuerde la CI-US para cada convocatoria, de acuerdo con
las disponibilidades presupuestarias. La concesión de la ayuda no supondrá merma alguna de otros
haberes percibidos por los solicitantes.
La dotación anual para esta acción será de 250.000 €.
Criterios para la concesión de las ayudas
La CI-US resolverá las convocatorias aplicando los siguientes criterios:
1
2
. Curriculum vitae del solicitante.
. Programa de trabajo a desarrollar, incluyendo producción esperada expresada en los términos
usuales en cada rama del conocimiento.
3
4
5
. Modalidades A: excelencia investigadora del centro receptor o del grupo de acogida.
. Modalidad B: entidad, naturaleza y repercusión de la actividad, así como la visibilidad de la US.
. Modalidad C: méritos académicos y científicos tanto del solicitante como del visitante.
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Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Compromiso de los beneficiarios
Los beneficiarios de estas ayudas deberán remitir al Vicerrectorado de Investigación, dentro de los
plazosestablecidosencadaconvocatoria, lajustificacióncientífica(incluyendoresultadosmensurables)
y económica de la ayuda concedida para su evaluación. La CI-US evaluará la justificación remitida y
el grado de cumplimiento del Plan de Trabajo. El incumplimiento de los planes propuestos supondrá
el reembolso de la ayuda obtenidaI.4.
I.4.AYUDAS PARA PRESENTAR PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN INTERNACIONALES,
APOYOAH2020YFORMACIÓNDECONSORCIOSESTRATÉGICOSENCONVOCATORIAS
PÚBLICAS DE I+D+i
Esta acción específica está destinada a promover y facilitar la participación del PDI de la US en
convocatorias públicas internacionales, principalmente proyectos europeos de I+D+i con la finalidad
de impulsar la investigación de la US en el contexto europeo y la captación de recursos económicos
que posibiliten una investigación de calidad.
La ayuda estará destinada a atender los gastos iniciales de promoción, preparación de las propuestas,
formalización de las solicitudes de proyectos y ejecución inicial.
Este Plan de Apoyo, con una dotación presupuestaria de 120.000 €, se articula en 3 modalidades que
se desarrollan en 7 acciones:
A. Promoción y formación de consorcios.
1
. Ayuda a la formación, información y difusión del Programa H2020 y otras convocatorias públicas
internacionales. Apoyar la asistencia a eventos de difusión de H2020 y otras convocatorias
públicas internacionales, y a cursos de formación específica para la elaboración y presentación
de propuestas, etc.
2
3
. Ayuda a la formación de consorcios para participación en H2020 y otras convocatorias públicas
internacionales. Apoyar la movilidad de los investigadores para la creación o participación de
consorcios; organización de eventos para la preparación de propuestas, etc.
. Ayuda para la formación de unidades de excelencia que permitan concurrir a convocatorias que
requieran una alta masa crítica de investigadores (María de Maeztu, etc.).
B. Preparación de propuestas.
4
5
6
. Ayuda para la participación en el Programa de Retos Sociales de H2020. Apoyar la elaboración
de propuestas al Programa de Retos Sociales: asesoría y redacción.
. Ayuda para la participación en el Programa Ciencia Excelente de H2020. Apoyar la elaboración
de propuestas al Programa de Ciencia Excelente: asesoría y redacción.
. Ayuda para la participación en Programa Liderazgo Industrial de H2020. Apoyar la elaboración
de propuestas al Programa de Liderazgo Industrial: asesoría y redacción.
C. Fases iniciales de ejecución.
7
. Ayudas para abordar las etapas iniciales de ejecución del proyecto. Apoyar actuaciones
imprescindibles para el arranque del proyecto.
Las ayudas concedidas se destinarán a cubrir los conceptos señalados en el apartado anterior, con una
subvención de hasta 6.000 € por solicitud.
9
3
Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Para la evaluación de las solicitudes, se creará una comisión asesora nombrada por la CI, presidida
por el Vicerrector de Investigación, y en la que participen el Vicerrectorado de Internacionalización
y la Dirección General de Transferencia, que evaluará basándose en criterios tanto curriculares del
solicitante y/o equipo investigador (últimos 5 años), como de calidad y viabilidad de la actividad
presentada, interés estratégico para la US, y entidad, naturaleza y repercusión de la actividad, así como
la visibilidad de la US.
Se valorará especialmente la coordinación por parte de la US.
Evaluadas las solicitudes, el Vicerrector de Investigación resolverá la presente convocatoria, previo
informe a la CI-US.
En su distribución se tendrá en cuenta, en la medida de lo posible, las cinco ramas del conocimiento
establecidas por la CI-US.
Los investigadores que soliciten estas ayudas con arreglo a lo establecido en las bases anuales de la
convocatoria, deberán comprometerse a presentar el proyecto propuesto a la siguiente convocatoria
del correspondiente programa oficial de I+D+i.
I.5.AYUDAS PARA EL USO DE LOS SERVICIOS GENERALES DE INVESTIGACIÓN
Acción destinada a ayudar a los investigadores de la US a cubrir los gastos derivados del uso del
equipamiento científico – técnico de los SGI de la US.
Dotación y cuantía
Dotación anual de 30.000 €, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
La ayuda máxima no excederá de 3.000 € anuales. Tendrán prioridad los solicitantes que no hayan
disfrutado de estas ayudas previamente.
Criterios de concesión
Se valorará la producción científica asociada a la investigación para la que se solicita la ayuda. En todo
caso, deberá quedar claramente justificada la necesidad del uso de los SGI y la dificultad de cubrir
totalmente los gastos derivados de ese uso.
Compromiso de los beneficiarios
Los beneficiarios se comprometerán a destinar la ayuda al fin previsto, así como a mencionar al VI
PPIT de la US en los resultados de la investigación que se produzcan.
1
.6. AYUDAS PARA LA GESTIÓN DE LA INVESTIGACIÓN Y DE LA TRANSFERENCIA DE
CONOCIMIENTO
El objeto de esta acción es apoyar a grupos o consorcios de grupos de investigación de la US que cuenten
con financiación por medio de proyectos de investigación de convocatorias públicas competitivas,
mediante la cofinanciación para asignación temporal de un personal que ayude en las tareas de gestión
de los proyectos de investigación del grupo o consorcio, así como de la transferencia de los resultados
de la investigación realizada.
Los consorcios podrán formarse por afinidad científica o proximidad geográfica.
Dotación y cuantía
La dotación anual de esta acción será de 60.000 €, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
En cada convocatoria anual del VI PPIT-US se dotarán hasta 10 ayudas, que serán distribuidas por la
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
CI-US, en función del volumen a gestionar.
En sucesivos ejercicios la dotación de esta acción podrá incrementarse con nuevas aportaciones que
cubrirían la cofinanciación de la renovación de los contratos ya formalizados o de los que se adjudiquen
en nuevas convocatorias públicas.
Criterios de concesión
Para la selección de las solicitudes se valorarán fundamentalmente el volumen y la calidad de los
proyectos de investigación asociados en el consorcio, la calidad de la investigación producida y su
grado de internacionalización.
Igualmente se valorará el esfuerzo en la optimización del uso de la ayuda concedida, de forma que se
priorizarán las ayudas solicitadas en consorcio de grupos de investigación.
Se valorará especialmente las solicitudes en las que estén implicados proyectos ERC u otros consorcios
que aporten una alta financiación a la investigación y a la transferencia de la US.
La cofinanciación puede extenderse a lo largo del periodo de vigencia del VI PPIT mediante la
renovación anual de la ayuda concedida en función de los resultados científicos obtenidos. Se
concederá como máximo una ayuda por grupo o consorcios de grupos de investigación a lo largo del
presente PPIT.
Compromiso de los beneficiarios
Los beneficiarios se comprometerán a destinar la ayuda al fin previsto, así como a mencionar al PPIT
de la US en los resultados de la investigación que se produzcan.
Como requisito indispensable para las renovaciones anuales, los beneficiarios de estas ayudas deberán
remitir al Vicerrectorado de Investigación, dentro de los plazos establecidos en cada convocatoria, la
memoria anual justificativa para su evaluación por parte de la CI-US, en la que se incluirán los logros
científicos exigidos para la renovación de la ayuda.
I.7.AYUDAS PARA ACCIONES ESPECÍFICAS DE TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO
Se concretan en las 3 modalidades siguientes:
A. Solicitud de patentes y modelo de utilidad a nivel nacional, extensión internacional de patentes
por procedimiento PCT y entrada en fases nacionales.
Esta acción esté orientada a fomentar la protección de las investigaciones de la US a través de patentes
y modelos de utilidad, así como promover la internacionalización de las patentes presentadas por la
US en el territorio nacional y su posterior explotación comercial.
Dotación y cuantía
Esta convocatoria tendrá una dotación global de 100.000 €. Las ayudas solicitadas en el marco de
esta convocatoria se canalizarán a través del Secretariado de Transferencia del Conocimiento y
Emprendimiento de la US. Se contemplan tres tipos de participación:
1. Ayuda a la solicitud de patente y modelo de utilidad a nivel nacional, en 2 apartados:
1
.1. Redacción de patentes por un agente externo. Los costes no pueden superar los 1.800€ por
redacción.
1
.2. Trámites del proceso de solicitud: financiación de los costes fijados por la Oficina Española de
Patentes y Marcas (OEPM).
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Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
El coste máximo financiado entre los 2 apartados no podrá superar los 3.000 €.
2
3
. Ayudas PCT: financiación de los costes que fije anualmente la OEPM para la presentación
internacional PCT (Patent Cooperation Treaty).
. Ayudas a entrada en fases nacionales: co-financiación de los costes teniendo en cuenta el número
de países solicitados. El máximo será de 5.000 € por ayuda. La co-financiación será completada por
el grupo de investigación o empresa licenciataria si la hubiera.
Requisitos de los solicitantes
Podrá solicitar la ayuda el PDI de la US que aparezca como inventor de un resultado de investigación
protegido, cuya titularidad o co-titularidad corresponda a la US y que haya sido gestionada por el
Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.
Criterios de concesión
Para la resolución de la convocatoria anual, la CI-US tendrá en cuenta lo siguiente:
1
. Para la modalidad 1, se valorará que el origen de la investigación proceda de un proyecto o contrato
público o privado (documentación a aportar). Se requiere el informe tecnológico de patentabilidad
elaborado por la Agencia IDEA o similar, y en el caso A.2., el acuerdo de co- titularidad.
Se podrá solicitar un máximo de dos ayudas/año dentro de esta modalidad.
2
. Informe del técnico de patentes del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y
Emprendimiento de la US en función del Informe Tecnológico de patentabilidad (ITP) para la
extensión PCT.
3
4
. Opinión escrita del Informe de Búsqueda Internacional (IBI) para la entrada en fases nacionales.
. Expresión de interés de empresas licenciadoras interesadas en la co-financiación de las ayudas
tanto para la extensión PCT como para la entrada en fases nacionales.
5
6
. Compromiso del solicitante en la co-financiación de las ayudas tanto para la extensión PCT como
para la entrada en fases nacionales.
. Documento de productividad de las patentes anteriores solicitadas por el investigador, generado
por el Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.
B. Ayudas para elaborar prototipos y pruebas de concepto.
Esta acción tiene como objetivo generar valor a partir del capital intelectual de nuestra universidad,
acercando los resultados de la investigación cuya titularidad sea de la US, a la sociedad y facilitando su
comercialización y/o la solución de problemas de la sociedad. Consistirá en la ayuda al desarrollo de
actuaciones o prototipos para su validación en condiciones reales.
Dotación y cuantía
La dotación anual de esta acción será de 30.000 €, y la ayuda no podrá exceder de 6.000 €, salvo casos
excepcionales.
Los costes elegibles serán los derivados directa y exclusivamente de la construcción del prototipo o del
desarrollo de la actuación, y en ningún caso será elegible el gasto de personal.
Criterios de concesión
Se evaluará en función de la memoria a desarrollar presentada y el impacto social y/o económico
de la actuación. Se valorará tanto la posibilidad de cofinanciación como los resultados previos de la
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Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
investigación y las actuaciones de transferencia realizados por el solicitante.
Si hubiera cotitularidad con otra Institución o Empresa, la ayuda deberá ser complementada por los
otros cotitulares en la medida de los porcentajes de participación.
Se solicitará informe del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.
C. Ayudas para la búsqueda de oportunidades de transferencia
Esta ayuda está destinada a financiar las actividades que promuevan acciones de transferencia de los
resultados de la investigación o de prototipos o pruebas de conceptos, de nuestro personal investigador,
estableciendo relaciones con el sector empresarial o con otras instituciones públicas o privadas. Los
resultados deberán estar debidamente protegidos y en cuya titularidad deberá aparecer la US.
Se centrará en actuaciones como ayuda a la asistencia a cursos formativos y encuentros, edición de
material informativo, actividades de asesoramiento, estudios de mercado y otras acciones orientadas
a facilitar la transferencia de los resultados.
Dotación y cuantía
Esta ayuda tendrá una dotación anual. La ayuda máxima no excederá los 2.000 €, teniendo prioridad
los solicitantes que no hayan dispuesto de esta ayuda previamente.
Criterios de concesión
Se valorará fundamentalmente el interés y la viabilidad de la propuesta, el impacto de la actividad en
el marco de la transferencia y la previsión de los resultados que puedan obtenerse, así como resultados
previos tanto de investigación como de transferencia de dichos resultados.
Se solicitará informe del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.
I.8.ASIGNACIÓN TEMPORAL DE ESPACIOS PARA DESARROLLAR PROYECTOS DE
INVESTIGACIÓN
Se trata de una acción específica destinada a apoyar a los grupos de investigación de la US que cuenten
con financiación por medio de proyectos obtenidos en convocatorias públicas competitivas, mediante
la asignación temporal de espacios en los SGI y centros y espacios de investigación de la US, en función
de las disponibilidades de la Universidad.
Dotación y cuantía
Tendrá una dotación anual de 30.000 €, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. En
cualquier caso, las convocatorias anuales del VI PPIT-US estarán condicionadas a la disponibilidad de
espacios; éstos podrán asignarse en términos de puestos de trabajos en lugar de recintos completos, en
caso de que el número de solicitudes lo haga necesario.
La ayuda consistirá en la asignación temporal del espacio y en los costes de adecuación a la actividad
investigadora y gastos generales de funcionamiento, hasta un máximo de 3.000 €. El espacio se
mantendrá durante el período de vigencia del proyecto de investigación sobre el que el grupo de
investigación solicite la ayuda, que nunca podrá ser superior a tres años, con posibilidad excepcional
de una prórroga por un año más.
Criterios de concesión
Para la selección de las solicitudes se valorará fundamentalmente:
La excelencia del proyecto de investigación sobre el que el grupo de investigación solicite la ayuda,
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Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
fundamentada en indicadores como la financiación obtenida en convocatorias competitivas,
producción científica, internacionalización y posibilidades de transferencia del conocimiento, así
como el interés estratégico para la US de los resultados esperados de la actividad.
Compromiso de los beneficiarios
Los beneficiarios se comprometerán a enviar los resultados obtenidos, para su publicación, a medios
de reconocido prestigio y alto impacto, presentar solicitud de patentes en los casos que sea aplicable,
solicitar proyectos de investigación adicionales que complemente al que se ejecuta, y a otras acciones
que permitan potenciar la difusión de los resultados y el impacto de éstas.
También se comprometerán, mediante acuerdo, a abonar a los SGI, centro o espacio en el que se aloje
una cantidad en concepto de gastos generales de funcionamiento y gastos de suministros.
Los beneficiarios se comprometerán a presentar un informe anual que incluya las actividades
realizadas y los resultados obtenidos, cuya aprobación por parte del Vicerrectorado de Investigación
será requisito necesario para continuar en el uso de los espacios durante la vigencia del proyecto.
I.9.AYUDAS A EMPRESAS BASADAS EN EL CONOCIMIENTO DE LA US
Estas ayudas, con dotación presupuestaria anual de 30.000 €, están destinadas a incentivar e impulsar
iniciativas empresariales que se constituyan como Empresas Basadas en el Conocimiento (EBC) de la
US.
Adicionalmente, se podrán aplicar estas ayudas para las EBCs que necesiten, para su creación y
funcionamiento, hacer uso de los espacios de incubación disponibles en las instalaciones de los SGI
y Centros y Espacios de Investigación de la US, condicionadas a las disponibilidades anuales. En este
caso las condiciones de instalación en los espacios de incubación de la US vendrán reguladas por un
convenio.
Se establecen 2 modalidades:
A. Creación de EBC. Para impulsar la creación de EBCs, cuyos objetivos empresariales se basen en la
explotación de los resultados de investigación de los miembros de la US.
B. Impulso de EBCs constituidas en los últimos 5 años que tengan entre sus promotores a miembros
del PDI de la US, para potenciar actuaciones del PDI que mejoren el posicionamiento de la EBC en
el sector empresarial.
Dotación y cuantía
A. Contará con una dotación anual de 10.000 €. La ayuda máxima será de 2.000 €, para cofinanciar los
gastos de constitución de la EBC.
B. Contará con una dotación anual de 20.000 €. La ayuda máxima será de 4.000 €.
Criterios de concesión
Se basarán en el interés del proyecto empresarial, viabilidad de la propuesta, experiencia del equipo en
el ámbito de la transferencia, posibilidad de retorno o capacidad de cofinanciación.
Se solicitará informe del Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento de la US.
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Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Línea estratégica II
DOTACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA INVESTIGACIÓN
II.1. BECAS DE INICIACIÓN A LA INVESTIGACIÓN
El objetivo de esta acción es fomentar el acceso y la iniciación a la investigación de los estudiantes de
la US que hayan demostrado un alto nivel de rendimiento académico, mediante un plan de formación
básica en investigación centrado en un trabajo de investigación tutelado.
Se estructura en 2 modalidades:
A. Estudiantes de grados de la US que estén en el último curso de su titulación.
B. Estudiantes de másteres oficiales de la US.
En ambas, la dirección del trabajo será a cargo de un profesor doctor de la US que imparta docencia
en la titulación o máster que esté cursando el solicitante.
Número de becas, dotación económica y características de la ayuda
A. En cada convocatoria anual del VI PPIT-US se dotarán hasta 50 becas, a distribuir a razón de 10
por cada una delas ramas del conocimiento establecidas por la CI-US.
Tendrán una financiación mínima de 1.250 € y máxima de 1.750 €, a distribuir de la siguiente
manera:
-
1.250 € con la concesión de la beca, que se repartirá según quede recogido en las bases anuales,
y que puede comenzar desde ese momento y durar hasta la finalización del curso.
-
500 € tras formalizar la matrícula en un máster oficial de la US o, en los grados que den acceso
directo al programa de doctorado, tras formalizar la matrícula en el programa, en el curso
inmediatamente siguiente al disfrute de la ayuda.
B. Se dotarán hasta 20 becas por convocatoria anual, 4 por cada rama del conocimiento. En esta
modalidad, se podrán dotar becas participadas con empresas o instituciones; en estos casos, cada
2
becas computan como una en el total de 20.
Tendrán una dotación mínima de 1.500 € y máxima de 1.750 €, a distribuir de la siguiente manera:
-
1.500 € con la concesión de la beca, que se repartirá según quede recogido en las bases anuales,
y que puede comenzar desde ese momento y durar hasta la finalización del curso o máster. En
el caso de que haya participación por una empresa o institución, ésta cofinanciará el 70% de la
beca.
-
250 € tras formalizar la matrícula en un programa de doctorado en el curso inmediatamente
siguiente al disfrute de la ayuda.
Estas becas serán incompatibles con la concesión de otras becas o ayudas con la misma finalidad, y
sólo se podrá disfrutar una vez.
Requisitos
Modalidad A. Estudiantes de grado de la US que no le resten más de 60 créditos para finalizar el
grado, entre los que no debe haber asignaturas de los 2 primeros cursos. Deberán tener una nota
media igual o superior a 7.0 en escala de 0 a 10 (o similar en otra escala), ponderándose la nota media
de acuerdo a la titulación.
9
9
Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
En el caso de la modalidad B, deberá estar matriculado en un máster oficial de la US y haber obtenido
más de 7.0 de media, en escala de 0 a 10 (o similar en otra escala), en el grado, ponderándose la nota
media de acuerdo a la titulación.
Criterios de concesión
Para la obtención de esta ayuda se tendrán en cuenta el curriculum vitae del estudiante, la calidad
científico-técnica de la memoria presentada, la trayectoria investigadora del director de la beca y la
empresa o institución participante, caso que la hubiere.
Se valorará positivamente la participación previa del candidato en la convocatoria de las Becas de
Colaboración del Ministerio.
II.2. PROGRAMA DE FORMACIÓN PREDOCTORAL
Se desarrolla en 2 modalidades:
A. CONTRATOS PREDOCTORALES ꢀPIFꢁ, PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA
PROPIO DE I+D+i DE LA US
Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación y capacitación investigadora de titulados
superiores que realicen su tesis doctoral en el seno de un grupo de investigación de la US, bajo la
dirección de alguno de los doctores pertenecientes a dicho grupo.
Los contratos de trabajo bajo la modalidad de contrato predoctoral se celebrarán de acuerdo con los
requisitos recogidos en el Art. 21 de la LeyCTI. Este personal tendrá la consideración de personal
investigador predoctoral en formación.
Este programa de ayudas a la formación del personal investigador se inscribirá en el Registro general
de programas de ayudas a la investigación y quedará sujeto a lo regulado en el Real Decreto 63/2006
de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del PIF. Las personas beneficiarias de esta ayuda
gozarán de todos los derechos y tendrán los deberes, que le sean de aplicación, contemplados en el
mencionado Real Decreto y en las bases de la correspondiente convocatoria anual realizada por la
CI-US.
Requisitos de los solicitantes
1
. Los criterios de admisión se ajustarán a lo dispuesto en las correspondientes convocatorias anuales
del Ministerio competente en esta materia sobre las ayudas para contratos de FPU del Programa
Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación.
2
. Los candidatos de estos contratos predoctorales deberán haber participado en la convocatoria de
FPU inmediatamente anterior a la correspondiente convocatoria anual del VI PPIT, y presentar su
solicitud con el mismo Director de proyecto (que debe ser PDI de la US) y grupo y propuesta de
investigación.
3
. Deberán presentar documentación acreditativa de la evaluación de su expediente y resultados de la
misma, donde conste puntuación detallada, título del proyecto y nombre del director de la solicitud
del contrato FPU.
4
5
. Los solicitantes deberán cursar sus estudios de doctorado en programas de doctorado de la US.
. No podrán participar en la convocatoria quienes ya estén en posesión del título de doctor por
alguna Universidad o Institución nacional o extranjera.
1
00
Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
6
. Los ciudadanos de otros países de la UE deberán estar en posesión del NIE en el momento de
la concesión del contrato. Los ciudadanos de la UE y asimilados deberán estar en posesión del
registro de ciudadano de la Unión.
Requisitos de los directores de tesis
1
2
3
. Deberán cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen de tesis doctoral de la
US.
. En el supuesto de vinculación contractual del director del proyecto, ésta deberá mantenerse durante
todo el tiempo de duración del contrato.
. Ningún director/a podrá figurar como tal en más de una solicitud de beca en cada convocatoria.
La presentación de más de una solicitud avalada por el mismo director de la tesis será motivo de
exclusión de todas las solicitudes afectadas.
Calendario de las convocatorias y valoración de las solicitudes
Las convocatorias anuales de estas ayudas se adecuarán a las correspondientes convocatorias de FPU
del Ministerio.
Se emplearán las puntuaciones otorgadas por el Ministerio para valorar las solicitudes presentadas al
VI PPIT-US.
En el supuesto de que tras la evaluación final de la ANECA no hubiera número de candidatos
suficientes para cubrir cada una de las ramas, la CI-US empleará los datos emitidos por el Ministerio
en lo referente a la evaluación de los expedientes académicos, y el proceso se podrá complementar con
una evaluación del expediente por parte de la CI-US.
Si aun así no se pudiera cubrir alguna de las ramas de conocimiento, los contratos que quedaran
vacantes pasarían a las restantes ramas.
En el caso de que no hubiera convocatoria del Ministerio, la CI-US establecerá los mecanismos
necesarios para arbitrar la adjudicación de estas ayudas.
Número de ayudas
En cada convocatoria anual del VI PPIT se dotarán hasta 20 ayudas, a distribuir en razón de 4 por
cada una de las ramas científicas establecidas por la CI-US. El número de ayudas previstas podrá ser
ampliado en función de las disponibilidades presupuestarias.
Sólo se concederá 1 contrato por esta modalidad a lo largo del presente Plan Propio por director de
tesis. Los departamentos a los que se les conceda un contrato no podrán obtener un nuevo contrato en
la convocatoria siguiente a la de la concesión.
Duración del contrato
El contrato, de duración determinada con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración de
un año, prorrogable por períodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del
programa de doctorado, o en su caso de la Escuela de Doctorado, durante el tiempo que dure su
permanencia en el programa. Igualmente, para acceder a las prórrogas anuales, el contratado deberá
presentar al Vicerrectorado de la US la memoria anual de actividades con el informe favorable del
director de la tesis doctoral.
En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de 4 años,
salvo las excepciones señaladas en el Art. 21 de la LeyCTI.
1
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
La consecución de la titulación de doctor pondrá fin a la etapa de formación del personal investigador
(
punto 4 del Art. 20 de la Ley CTI). A estos efectos, la fecha se considerará al día siguiente de la lectura
y aprobación de la tesis doctoral.
En este supuesto, el contratado puede pasar, previa solicitud expresa al Vicerrectorado de Investigación
de la US, a un contrato-puente postdoctoral, cuyas características serán las mismas que las que
presenta la ayuda de Contratos puente postdoctorales del VI PPIT-US, salvo la condición exigida de
co-financiación. La duración del contrato será de 6 meses máximo. Excepcionalmente, el contrato se
podrá prorrogar hasta 6 meses más condicionado a un informe favorable por parte de la CI-US. En
ningún caso podrá superar la fecha prevista inicialmente de finalización del cuarto año de su contrato
predoctoral PIF.
Igualmente, finalizado este plazo, se podrá solicitar la ayuda de contratos puente postdoctorales del
VI PPIT-US siempre que se cumpla con las condiciones estipuladas en esta acción, incluyendo los
requisitos de la fecha de obtención del título de doctor.
En caso de nombramiento de nuevo beneficiario por renuncia del titular en los 6 primeros meses,
el periodo de vigencia anual de la nueva ayuda se computará íntegramente desde la fecha de
nombramiento del sustituto, por una única vez.
Retribución
La retribución bruta mensual, incluido prorrateo de 2 pagas extras, es de 1.341,67 € (coste anual
aproximado de cada contrato, incluidas cuotas patronales, 19.935,12 €).
La US asumirá el coste de la inscripción del beneficiario en el Régimen General de la Seguridad Social.
Obligaciones de los beneficiarios de las ayudas
1
2
. Deberán cumplir el programa de formación establecido en su proyecto.
. El beneficiario de esta ayuda deberá colaborar en actividades docentes en el departamento entre
2
0 - 30 horas anuales durante los dos primeros años del contrato predoctoral, aumentando su
participación en la docencia durante los 2 últimos años del contrato hasta un total de entre 30
–
60 horas anuales, sin que ello suponga ningún compromiso laboral por parte de la US y sin
que suponga responsabilidad exclusiva del contratado sobre la asignatura. Esta colaboración será
incluida en el Plan de Organización Docente del departamento.
3
. Con carácter general, la docencia impartida por el beneficiario de esta ayuda se retraerá de la carga
docente del director de la tesis doctoral, caso que éste perteneciera al departamento en cuestión. Si
no fuera así, computaría en el encargo docente común del departamento de adscripción. En el caso
de que hubiera más de un director, el reparto sería proporcional entre ellos.
4
5
. Deberá presentar memoria anual de actividades, con el informe favorable del director de la tesis
doctoral, antes de finalizar el décimo mes de cada año de contrato.
. En un plazo no superior a 6 meses desde la fecha de finalización del contrato, el beneficiario de
esta ayuda deberá presentar documentación que demuestre la consecución del grado de
doctor. Excepcionalmente, se podrán solicitar prLa no aportación de dicha documentación dará
lugar a la pérdida del derecho a la percepción de la ayuda y en su caso, el reintegro de la misma. El
director de la tesis doctoral se compromete al cumplimiento de esta obligación; salvo justificación,
en caso de incumplimiento se le penalizará sin poder participar en este tipo de convocatoria en el
siguiente Plan Propio.
1
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
6
. Deberá mencionar de manera expresa en todas las publicaciones y actividades derivadas de esta
acción que ha sido financiada por el VPPI-US.
Ayudas
Los beneficiarios de esta acción tendrán derecho a concurrir a la convocatoria de las siguientes ayudas,
en las condiciones que se describen:
1
. Ayudas para estancias breves
Objeto:
Las ayudas para estancias breves del PIF en otros centros tendrán por objeto reforzar la
internacionalización de la formación doctoral e impulsar el desarrollo de su tesis.
Estas ayudas se aplicarán a estancias en centros de prestigio internacional, preferentemente en el
extranjero y muy excepcionalmente en centros españoles. Los centros de destino en España deberán
estar ubicados en una localidad distinta a la del centro de adscripción de la beca y deberá implicar,
necesariamente, cambio de residencia respecto del domicilio habitual y ser diferente a la residencia
familiar y al centro de formación académica anterior. Igualmente las estancias a realizar en centros
extranjeros deberán asegurar un grado de internacionalización a la que no hubiera accedido por
formación académica anterior o por nacionalidad.
Características:
Las estancias susceptibles de recibir esta ayuda tendrán una duración mínima de 2 meses y máxima
de 4, debiendo coincidir, salvo excepciones justificadas, con los periodos académicos y/o los de
actividad ordinaria de los centros de destino.
El máximo número de estancias breves a lo largo de los 48 meses será de 3 y por un período máximo
de 9 meses entre todas ellas. Las estancias no podrán llevarse a cabo durante los últimos 6 meses de
los 48 de duración del contrato salvo que la tesis ya estuviese presentada a trámite para su defensa
pública o que haya indicación expresa favorable en el informe del director de la tesis doctoral.
Los beneficiarios de ayudas para estancias breves en centros en el extranjero, disfrutarán, sin
perjuicio de la cobertura de la Seguridad Social, de un seguro de accidentes y de asistencia médica
en los desplazamientos cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o
cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes. La cobertura de este seguro alcanzará
única y exclusivamente hasta el límite de la póliza contratada para el período para el que fuera
concedida la estancia breve.
Una vez concedidas las ayudas y en casos debidamente justificados en los que concurran
circunstancias de fuerza mayor, se podrá autorizar cambios sobrevenidos por situaciones
posteriores, sin que ello suponga incremento del gasto aprobado ni modifique sustancialmente los
elementos tenidos en cuenta en la evaluación.
Requisitos:
Podrán disfrutar de esta ayuda los contratados predoctorales del Plan Propio que hayan completado
un periodo igual o superior a doce meses, aunque pueden solicitarla antes de haber transcurrido
el citado periodo.
La presentación de las solicitudes, así como el proceso de evaluación y selección, se detallarán en
cada convocatoria anual del presente Plan Propio.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Estas ayudas para estancias breves se adjudicarán en las cuantías y condiciones que determine la
CI-US.
Los beneficiarios se comprometen a solicitar ayudas de movilidad dentro de las convocatorias
oficiales que se convoquen para dicho fin, a nivel autonómico, nacional e internacional.
Pago y justificación de las ayudas para estancias breves:
El 50% máximo del importe de las ayudas concedidas para la realización de estancias breves se
entregará por adelantado a los beneficiarios, con fecha anterior al inicio de la estancia.
Una vez concluida la estancia y en el plazo de quince días contados desde el día siguiente a su
regreso, los beneficiarios justificarán la realización de la misma. Los beneficiarios deberán presentar
ante la CI-US el formulario de justificación con la siguiente documentación:
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2
3
. Certificación del responsable del grupo receptor, en la que constará el día de inicio y de
finalización de la estancia.
. Justificantes del gasto por desplazamiento desde el lugar de disfrute de la beca al centro receptor
de la estancia breve y regreso.
. Memoria descriptiva, con una extensión máxima de 1.000 palabras, en la que figurará el visto
bueno del director de la tesis; dicha memoria irá encabezada por el título del proyecto de tesis y
por la referencia del contratado predoctoral.
En caso de no llevarse a cabo la estancia en las condiciones que fue concedida o de no poderla
justificar, el beneficiario estará obligado a reintegrar la totalidad de la cantidad percibida. En el
caso de reducción del periodo concedido, el beneficiario deberá justificar las causas. Igualmente
deberá reintegrar las cantidades percibidas en exceso sobre el coste real al viaje realizado, todo ello
relacionado con la finalidad de la estancia.
2
. Traslado temporal a un centro extranjero
Con el objetivo de reforzar la internacionalización de la formación científica y capacidad técnica se
convocan 5 ayudas (1 por rama de conocimiento) para traslado temporal a un centro o grupo de
investigación relevante en el ámbito internacional y vinculado al campo científico, técnico o artístico
correspondiente al contenido de la tesis doctoral para la que se concedió el contrato. Si alguna de
las ramas no contara con candidatos suficientes para cubrir las plazas que le corresponden, las
vacantes podrán reasignarse al resto de las ramas.
La ayuda consistirá en la cofinanciación del gasto derivado de la estancia, en una cuantía estipulada
en cada convocatoria.
Requisitos:
Podrán disfrutar el traslado temporal, los contratados predoctorales que hayan completado los 2
primeros años del contrato y que hayan obtenido informe favorable a la memoria de seguimiento.
La solicitud podrá realizarse antes de transcurrido dicho periodo. La CI-US establecerá los criterios
y la puntuación mínima para la adjudicación de estas ayudas.
Características:
Todo el periodo de traslado temporal deberá superponerse con el periodo de actividad de la ayuda
de PIF, no pudiendo por esta causa superarse los 48 meses de duración máxima del contrato.
El periodo de traslado a un centro extranjero a financiar será de 6 meses, con independencia de
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
que pueda solicitar autorización para estancias de hasta 9 meses si el período formativo lo requiere.
El disfrute de un traslado temporal es incompatible con el de una estancia breve u otra estancia
temporal que finalice en el mismo año y deberán mediar al menos 6 meses entre ambas. La estancia
de traslado temporal no podrá superponerse con los últimos 6 meses de contrato, salvo que la tesis
ya estuviese presentada.
Las cuantías de las ayudas que comporten el traslado temporal al extranjero serán fijadas por la CI-
US y publicadas en cada convocatoria anual.
Los beneficiarios de ayudas para traslado temporal a centros en el extranjero disfrutarán, sin
perjuicio de la cobertura de la Seguridad Social, de un seguro de accidentes y de asistencia médica
en los desplazamientos al extranjero autorizados, cuando se trate de países sin concierto con
la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes. La
cobertura de este seguro alcanzará única y exclusivamente hasta el límite de la póliza contratada
para el periodo para el que fuera concedido el traslado.
No podrá concederse más de un periodo de traslado temporal a lo largo de los 48 meses de duración
máxima del período de formación establecido en este programa.
Los centros de destino no podrán coincidir con el país de nacionalidad del beneficiario o de su
formación académica.
La presentación de las solicitudes, así como la evaluación y selección se detallarán en cada
convocatoria anual del presente Plan Propio.
El pago y la justificación de las ayudas para estancias temporales en el extranjero se llevarán a cabo
de la misma forma que para las estancias breves.
3
. Interrupción voluntaria de las ayudas y ausencias temporales
No se autorizará la interrupción voluntaria por motivos no relacionados con el contrato predoctoral
y la actividad del programa de doctorado.
Las ausencias temporales de corta duración, como máximo de 15 días, del centro de adscripción
con motivo de la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas, así como las ausencias
temporales de larga duración que vayan a realizarse en otros centros diferentes al de adscripción,
no financiadas por la convocatoria específica de Estancias Breves, requerirán en ambos casos de la
autorización del Vicerrector de Investigación. La solicitud de ausencia temporal de larga duración
deberá contar con un informe favorable del director de la tesis y justificarse con una memoria
detallada de la actividad que se vaya a realizar durante la misma.
Tales ausencias no podrán modificar el calendario formativo ni extenderse por periodos que
puedan retrasarlo. Tampoco podrán superponerse con los últimos6 meses de contrato, salvo
que la tesis ya esté presentada. Así mismo, no podrá fundamentarse en actividades con objetivos
diferentes a la realización del doctorado.
Los periodos de ausencia temporal autorizada, siempre que sea compatible con el disfrute de la
ayuda, en ningún caso podrán superar 9 meses a lo largo del periodo máximo de 48 meses de
duración de la ayuda.
4
. Ayudas de precios públicos por matrícula en el Programa de Doctorado
Las ayudas por los precios públicos de la matrícula en un Programa de la presente convocatoria se
aplicarán exclusivamente en la tutela académica durante los cursos académicos coincidentes con
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
el período total de la ayuda. Estas ayudas no podrán aplicarse en los casos de convalidaciones de
estudios realizados con anterioridad.
Incompatibilidades:
Esta ayuda será incompatible con las obtenidas para el mismo fin en cualquier otra convocatoria de
entidades públicas o privadas, para cursar las mismas enseñanzas que se acrediten en la solicitud de
la presente convocatoria.
B. AYUDAS PREDOCTORALES EN COLABORACIÓN CON EMPRESAS U OTRAS
ENTIDADES
El objeto de esta acción es promover la formación de personal investigador en colaboración con el
sector empresarial u otras instituciones, mediante la realización de tesis doctorales en la modalidad de
doctorado Industrial. Se persigue estimular la colaboración entre el entorno universitario y el sector
productivo, fomentando iniciativas emprendedoras e incentivando la contratación en empresas.
Número de ayudas
En cada convocatoria anual del VI PPIT-US se dotarán hasta 10 ayudas. En la medida de lo posible
se distribuirán de manera equitativa entre las ramas científicas establecidas por la CI- US. El umbral
mínimo de puntuación para el acceso a esta ayuda lo determinará la CI-US.
Formalización de solicitudes
Se hará en 2 fases.
En la fase A, los directores de los proyectos, PDI de la US que serán a su vez los directores de tesis
de los nuevos beneficiarios, solicitarán la ayuda y firmarán un convenio de colaboración con la
empresa o entidad colaboradora en donde se defina el compromiso de colaboración científica y de
cofinanciación del doctorando. Se seleccionarán en función del interés del proyecto presentado y la
relevancia de la empresa o entidad colaboradora en relación al proyecto de tesis.
En la fase B, se presentarán los candidatos (que deberán estar pre-admitidos o matriculados en un
programa de doctorado de la US, o al menos en condiciones de realizar el programa de doctorado en
caso de ser seleccionados), que se seleccionarán por medio de un concurso público a través de una
convocatoria oficial. La selección se hará de forma conjunta entre la US y la empresa, institución o
entidad colaboradora.
Características de la ayuda:
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. La finalidad es realizar una tesis doctoral en el marco de un convenio de colaboración entre la US
y la empresa o institución participante.
. El contrato será por la modalidad de cofinanciación, en un 30% por la US y un 70% por la empresa
o institución.
. Los directores de tesis deberán cumplir con los requisitos establecidos en la normativa de régimen
de tesis doctoral de la US.
. La empresa o entidad participante deberá nombrar un responsable que colaborará en la supervisión
del contratado.
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6
. Las tesis defendidas con esta ayuda recibirán la mención de Doctorado Industrial.
. La US y la empresa participante firmaran un convenio relativo a la propiedad intelectual de los
resultados obtenidos por el contratado predoctoral.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Duración del contrato
El contrato, de duración determinada con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración de
un año, prorrogable por períodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del
Programa de Doctorado, o en su caso de la Escuela de Doctorado, durante el tiempo que dure su
permanencia en el programa. Igualmente, para acceder a las prórrogas anuales, el contratado deberá
presentar al Vicerrectorado de la US la memoria anual de actividades con el informe favorable del
director de la Tesis Doctoral y del responsable de la empresa o institución colaboradora.
En todo caso, la renovación estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias de las entidades
co- financiadoras, circunstancia que se deberá acreditar en el momento de solicitar la renovación.
En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de 4 años,
salvo las excepciones señaladas en el Art. 21 de la LeyCTI.
En cuanto a la dotación, obligaciones de los beneficiarios y determinadas ayudas, se cumplirá con lo
dispuesto en la modalidad A. En las bases se determinará el nivel de cofinanciación por parte de la
empresa participante para las ayudas a asignar.
II.3. AYUDAS PUENTE POSTDOCTORALES
El objetivo de esta acción es estimular la realización de estancias postdoctorales en el extranjero de
doctores con curricula vitae competitivos.
Está dirigida a servir de enlace entre la etapa predoctoral y post-doctoral, para facilitar su incorporación
a programas de perfeccionamiento post-doctoral. Se evita así interrupciones de la labor investigadora
y se permite mantener la vinculación con el grupo de investigación de la US hasta que se resuelvan las
convocatorias de formación post-doctoral.
Sólo se concederá una ayuda anual por grupo de investigación, y un investigador sólo dispondrá de
esta ayuda por una única vez.
Los beneficiarios de esta acción podrán prestar colaboraciones docentes hasta un máximo semestral
de 30 horas. La docencia impartida por el beneficiario se retraerá, salvo acuerdo en contrario, de la
carga docente de los miembros del grupo de investigación pertenecientes al departamento que lo
acoge, o del departamento, si así lo determina el responsable del grupo.
Esta ayuda no generará obligaciones contractuales con la US, y será incompatible con otras ayudas
financiadas con otros fondos públicos o privados, así como con sueldos o salarios que impliquen
vinculación contractual o estatutaria del beneficiario.
Número de ayudas
En cada convocatoria anual del VI PPIT-US se dotarán hasta 20 ayudas, a distribuir en razón de 4 por
cada una de las ramas científicas establecidas por la CI-US, que determinará un umbral mínimo de
puntuación para el acceso a esta ayuda. Si alguna de las ramas no contara con candidatos suficientes
para cubrir las ayudas que le corresponden, las vacantes podrían reasignarse al resto de las ramas en
función de la puntuación alcanzada por los solicitantes.
Condiciones de la ayuda puente posdoctoral
Estas ayudas se realizarán bajo la modalidad de contrato para el desarrollo de un proyecto de
investigación, con una duración máxima de 6 meses. De manera excepcional la ayuda se podrá
prorrogar otros 6 meses más por el mismo importe condicionado al informe favorable de la CI-US.
Este informe se emitirá en función de la memoria final de actividades presentada por el beneficiario de
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
esta acción. Para la renovación excepcional de la ayuda deberán acreditarse resultados de investigación
que conduzcan a publicaciones de carácter internacional o patentes acreditadas a la US. Así mismo se
debe reafirmar el compromiso de realizar la estancia post-doctoral invocada en la solicitud.
El VI PPIT-US co-financiará el 50% del coste de la ayuda, quedando la financiación restante a cargo
del grupo de investigación, que deberá presentar la documentación que acredite la posibilidad de
cofinanciar el contrato, que será evaluada por el área de investigación de la US.
Unavezconcedidalaayuda, seformalizarácuandoestédisponibleenelcentrodegastocorrespondiente
el 50 % del importe.
Los beneficiarios percibirán una retribución bruta mensual, incluido prorrateo de 2 pagas extras, de
1.341,67 € (coste anual aproximado de cada contrato, incluido cuotas patronales y finiquito, 21.797,52 €).
Requisitos de los solicitantes
1
. Haber realizado el doctorado, principalmente tras disfrutar íntegramente los 4 años de beca/
contrato predoctoral, en la US.
2
. Haber defendido la Tesis Doctoral en la US como máximo 6 meses antes de la apertura del
plazo de solicitud. Las solicitudes podrán hacerse hasta 5 meses antes de finalizar el período
predoctoral, aunque el beneficiario deberá estar en posesión del título de Doctor antes de recibir
la ayuda.
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4
. Haber sido admitido en un centro de investigación extranjero de reconocida solvencia para
realizar una estancia post-doctoral.
. Haber participado, o comprometerse a hacerlo, en las convocatorias de ayudas específicas para
estancias postdoctorales por una duración no inferior a un año, al menos desde la aceptación de
la ayuda y durante el período de disfrute de la misma.
A la recepción de la ayuda, deben cumplirse todos los requisitos expuestos anteriormente.
Documentación
a. Certificado acreditativo del Título de Doctor o de defensa de la Tesis Doctoral.
b. Curriculum vitae del solicitante.
c. Documento de aceptación del solicitante por el grupo de investigación.
d. Documento de aceptación en el centro de investigación para estancia no inferior a 12 meses.
e. Copias de las solicitudes de ayudas presentadas para realizar estancias postdoctorales, o
compromisos de participación en próximas convocatorias.
f. Memoria de actividades a realizar durante la vigencia de la ayuda, con indicación expresa de las
actividades encaminadas a difundir los resultados de su Tesis Doctoral.
Criterios para la asignación de las ayudas
La CI-US valorará las solicitudes presentadas, admitiéndose sólo los méritos acreditados
documentalmente. Los méritos científicos que se contemplarán como principales criterios de selección
estarán referidos a la calidad científica (índices de impacto e indicadores al uso dentro de cada rama
del conocimiento) de los trabajos presentados por los candidatos.
Obligaciones de los beneficiarios.
-
Incorporarse al grupo de investigación del centro receptor en el plazo de un mes desde la firma
del contrato, salvo que cuente con autorización oficial de desplazamiento.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
-
-
Presentar, alfinalizarlaayudadelos6primerosmeses, memoriafinaldeactividades, acompañada
con la valoración del responsable del grupo de investigación y de toda aquella documentación
que estime oportuna para obtener la prórroga de carácter extraordinario si se solicita.
Presentar memoria final si se ha accedido a la prórroga extraordinaria de 6 meses.
II.4. AYUDAS PARA EL PERFECCIONAMIENTO POSTDOCTORAL MEDIANTE ESTANCIAS
EN EL EXTRANJERO
El objetivo de esta acción es facilitar el proceso de perfeccionamiento postdoctoral de los jóvenes
doctores formados en la US a través de programas oficiales que (i) hayan tenido un contrato predoctoral
de duración mínima de 4 años y (2) se hayan disfrutado íntegramente (a no ser que se haya obtenido
el título de doctor antes de finalizar los 4 años del contrato predoctoral). La ayuda consistirá en la
financiación de estancias en centros de investigación en el extranjero de reconocido prestigio científico
internacional.
La fecha de obtención del título de doctor deberá tener una antigüedad de 2 años máximo con respecto
a las convocatorias anuales del presente VI PPIT-US.
Así mismo, los candidatos deberán haber solicitado las ayudas de Juan de la Cierva (o similar, definido
anualmente por la CI-US). En el caso de que no hubiera habido convocatoria del Ministerio previa a
las convocatorias anuales del presente PPIT, se deberá presentar compromiso de participación en la
primera convocatoria del ministerio inmediatamente posterior a la solicitud al VI PPIT.
Se dotarán hasta 5 ayudas a repartir de forma homogénea entre las 5 ramas de conocimiento. Las
ayudas se materializarán por medio de un contrato de trabajo por obra o servicio determinado con la
US, de 6 meses de duración, para el desarrollo de un proyecto de investigación en el centro de destino,
que necesariamente deberá estar ubicado fuera de España. Deberá aparecer correctamente la filiación
a la Universidad de Sevilla en toda su producción científica.
Los beneficiarios de esta ayuda percibirán una retribución bruta mensual, incluido prorrateo de 2
pagas extras, de 2.000 € (coste aproximado de cada contrato, para 6 meses, incluido cuotas patronales
y finiquito, 16.246,52 €).
Criterios de selección
Se basarán en el curriculum vitae investigador del solicitante, la puntuación obtenida en la evaluación
de la Convocatoria Juan de la Cierva (Formación) o similar, calidad del centro receptor, interés y
calidad del proyecto de investigación.
Los beneficiarios de esta ayuda deberán presentar solicitud a las convocatorias oficiales de programas
de perfeccionamiento de doctores que se realicen durante el periodo de vigencia de su contrato. En
caso de serle concedida alguna de las ayudas solicitadas, los beneficiarios de este programa tendrán
obligación de renunciar a este contrato.
II.5. CONTRATOS DE ACCESO AL SISTEMA ESPAÑOL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E
INNOVACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA PROPIO DE I+D+i DE LA US
Esta acción va dirigida a posibilitar que investigadores que estén en posesión del título de Doctor
o equivalente y puedan acreditar una dilatada experiencia postdoctoral, participen en el desarrollo
del programa de I+D+i de la US. El trabajo a desarrollar consistirá primordialmente en realizar
tareas de investigación orientadas a la obtención, por el personal investigador, de un elevado nivel de
perfeccionamiento y especialización profesional.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
La solicitud de estas ayudas la realizarán los departamentos e institutos de investigación de la US que
acrediten adecuada producción científica y capacidad formativa investigadora y de captación de fondos
en convocatorias públicas competitivas. En el momento de presentar la solicitud, el departamento o
instituto universitario se compromete a aceptar al candidato finalmente seleccionado por la CI-US.
Una vez asignados los departamentos o institutos universitarios beneficiarios, la selección de los
candidatos a contratar correrá a cargo de la CI-US.
Dotación de contratos y cuantía
Anualmente, se dotarán hasta 20 contratos, a distribuir entre las cinco ramas científicas establecidas
por la CI-US, que establecerá y publicará unos criterios mínimos de puntuación para asignar estos
contratos.
Si alguna de las ramas no contara con candidatos suficientes para cubrir las plazas que le corresponden,
las vacantes podrían reasignarse al resto de las ramas en función de la puntuación alcanzada por los
solicitantes.
Ningún departamento o instituto universitario podrá tener más de 1 contrato en activo por esta
modalidad durante el VI PPIT-US. No obstante, se contempla la posibilidad de que la CI-US arbitre
un mecanismo por el que se les pueda asignar un nuevo contrato a departamentos o institutos
universitarios ya beneficiados por esta acción en el presente PPIyT.
Durante la vigencia del VI PPIT-US, el número de plazas a dotar cada año podrá modificarse por el
Consejo de Gobierno en razón de las disponibilidades presupuestarias.
Los beneficiarios percibirán una retribución bruta mensual, incluido prorrateo de 2 pagas extras, de
2.037,17 € (coste aproximado anual de cada contrato, incluido cuotas patronales, 32.000 €).
Los contratos serán incluidos a su finalización en el plan de estabilidad del PDI de la US que anualmente
se contemple en la correspondiente Oferta de Empleo Público, ofreciendo de este modo la posibilidad
de estabilización para un investigador por cada uno de los contratos efectuados bajo esta modalidad,
siempre que se haya disfrutado el contrato al menos 3 de los 4 años de duración.
Criterios para la asignación de contratos a los departamentos o institutos
Se valorarán tanto (i) la producción científica y la captación de financiación de los departamentos
e institutos universitarios como (ii) su capacidad formativa en función del número de becarios de
investigación y tesis doctorales dirigidas por algún miembro del departamento y presentadas en el
mismo en un periodo de tres años anteriores a la convocatoria de contratos.
La CI-US publicará los baremos para estas asignaciones y la puntuación mínima para la dotación del
contrato.
Selección de los candidatos
La selección del personal a contratar por esta modalidad la llevará a cabo la CI-US. Para ello, la CI-US
elaborará y publicará los criterios para la selección de los doctores candidatos a estos contratos. Se
considerará como muy relevante la participación previa de los candidatos en las convocatorias anuales
de contratos Ramón y Cajal y Juan de la Cierva de Incorporación, inmediatamente anteriores a las de
esta acción. En especial, se podrán tener en cuenta las puntuaciones obtenidas en ellas.
En todo caso, los candidatos habrán de acreditar estancias en centros de investigación de prestigio
internacional, preferentemente en el extranjero y muy excepcionalmente en España (sólo si la
naturaleza de la investigación hace obligatoria realizar parte de dicha estancia en un centro español),
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por un período total no inferior a 12 meses, incluyendo tanto las etapas pre- como postdoctorales. El
criterio fundamental para la selección será el curriculum vitae investigador. La CI-US establecerá una
puntuación mínima para que el contrato se lleve a cabo.
Duración del contrato
El contrato, de duración determinada con dedicación a tiempo completo, tendrá una duración de un
máximo de 4 años. Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad,
adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, suspenderán el cómputo de la
duración del contrato, tal como se indica en las normas generales.
Las prórrogas se otorgarán tras la evaluación de los resultados presentados en las memorias anuales
de seguimiento. En las bases de la convocatoria, la CI-US establecerá y publicará los indicadores de
seguimiento para estas evaluaciones anuales.
Participación en la docencia
El personal investigador que sea contratado por esta modalidad deberá prestar colaboraciones
complementarias en tareas docentes relacionadas con la actividad de investigación propuesta,
hasta un máximo de 80 horas anuales, con la aprobación del Vicerrectorado de Investigación y
con sometimiento a la normativa vigente de incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Públicas y a la Normativa de dedicación docente del profesorado en cada curso.
II.6. CO-FINANCIACIÓNDECONTRATOSDETÉCNICOSDEAPOYOALAINVESTIGACIÓN
El objeto de esta acción es complementar, con cargo a las dotaciones del VI PPIT, la subvención
concedida en convocatorias públicas de aquellos programas que requieran co-financiación para
la contratación de técnicos de investigación (adscritos a los Secretariados de Investigación y de
Transferencia, a los SGI o a los departamentos e institutos universitarios de investigación).
Dotación y cuantía de las ayudas
Para el primer año de vigencia del VIPPIT–US se destinará una dotación global de 120.000 € con la
que se co-financiará el coste anual de hasta14 contratos de técnicos de investigación.
En sucesivos ejercicios, la dotación de esta acción podría incrementarse con nuevas aportaciones
que cubrirían la co-financiación de la renovación de los contratos ya formalizados, o de los que se
adjudiquen en nuevas convocatorias públicas.
Criterios de adjudicación de la co-financiación
La CI-US, a la vista de la resolución favorable de las convocatorias públicas de subvención de contratos
de técnicos de investigación y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, asignará las
ayudas de co-financiación atendiendo a lo indicado en la convocatoria del ministerio.
II.7. PLAZAS DEPROFESOR AYUDANTE DOCTOR POR NECESIDADES INVESTIGADORAS
Se trata de una acción destinada a impulsar el tejido investigador de la US, en términos de recursos
humanos, mediante la dotación de plazas de Ayudante Doctor en áreas donde exista necesidades
investigadoras que se consideren de especial interés para la US.
Esta acción se desarrolla en el marco del actual Protocolo de actuación para la contratación temporal
de profesorado universitario en las Universidades Públicas Andaluzas cuando concurran necesidades
investigadoras de carácter urgente e inaplazable. A tales efectos, la US deberá justificar ante la
Consejería de Economía y Conocimiento que la línea de investigación se encuentra vigente, que ha
obtenido financiación a través de cualquier organismo público o privado, si se trata de investigación
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
contratada de especial relevancia, y que se sufriría un menoscabo en la actividad investigadora por
pérdida de efectivos, si no se convocara la plaza. Igualmente, deberá justificarse el carácter prioritario
de la actividad investigadora a cubrir o la afectación al funcionamiento de un servicio público esencial.
Anualmente se determinará el número de plazas dependiendo de la disponibilidad económica y
necesidades estratégicas, a propuesta de los Vicerrectorados de Investigación y de Profesorado.
Propuesta que incluirá la dotación de plazas asociadas al Plan de Estabilidad de la US que anualmente se
haya contemplado en la Oferta de Empleo Público. Adicionalmente, en función de las disponibilidades
presupuestarias, la subcomisión podrá identificar otras áreas en las que dotar nuevas plazas, en
función de que posean una masa crítica de personal investigador postdoctoral de alta cualificación
con elevada producción científica de calidad.
Para dar trámite a esta ayuda, la CI-US designará una subcomisión, presidida por el Vicerrector de
Investigación y en cuya composición también estará el Vicerrector de Profesorado.
La propuesta emitida por la subcomisión, no vinculante, será considerada por la CI-US para la selección
de las áreas a las que se dotarán las ayudas. En base a ella, los Vicerrectorados de Investigación y de
Profesorado elaborarán la correspondiente propuesta de dotación al Consejo de Gobierno de la US,
para su aprobación.
Siguiendo el procedimiento de autorización de convocatorias de Personal Docente e Investigador
vigente en cada curso académico, el Vicerrectorado de Profesorado solicitará autorización para la
convocatoriapúblicadelasplazasaprobadas,justificandolaconcurrenciadenecesidadesinvestigadoras
de carácter urgente e inaplazable, según lo dispuesto en el citado Protocolo.
Una vez obtenida dicha autorización, y solo en ese caso, la selección del profesorado para cubrir
las plazas de Profesor Ayudante Doctor que anualmente se doten por este VI PPIT-US será llevada
a cabo por el procedimiento establecido al efecto. La CI trasladará los perfiles investigadores a los
departamentos y elaborará unos criterios específicos relativos a los méritos de investigación para el
baremo, que los pondrá a disposición de los departamentos.
II.8. PROFESORES VISITANTES
Con esta acción se persigue atraer a la Universidad de Sevilla a investigadores internacionales de centros
extranjeros de prestigio excepcional, con objeto de impulsar la internacionalización, estimulando la
colaboración científica entre ellos y nuestros grupos de investigación.
El objetivo es que de estas colaboraciones resulten actividades investigadoras que se concreten en
proyectos de investigación y publicaciones de alto impacto, a la vez que se amplíe la oferta formativa
de la US en áreas con reconocimiento internacional que supongan un alto valor añadido para nuestra
universidad.
En cada anualidad se dotarán hasta 5 ayudas, si es posible de forma igualitaria entre las ramas del
conocimiento científico.
La ayuda consistirá en una dotación de 9.000 €, aproximadamente, por profesor visitante, para cubrir
los gastos de viaje y estancia del investigador, que deberá ser de en torno a 1 mes de duración, al
menos, así como sus emolumentos.
Las solicitudes podrán provenir de grupos de investigación, departamentos, centros o institutos
universitarios.
Para resolver estas ayudas, la CI-US nombrará anualmente una subcomisión de expertos, presidida
por el Vicerrector de Investigación y con la participación del responsable de los programas de Master
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
y/o Doctorado, que evaluará las solicitudes presentadas valorando, principalmente, los curricula vitae
de los profesores visitantes, la excelencia investigadora de sus centros de procedencia, el carácter
estratégico de la colaboración científica planteada, y la calidad de la actividad formativa propuesta,
vinculadas a másteres y/o a programas de doctorado.
El informe emitido por la comisión de expertos deberá ser ratificado por la CI-US.
Los nombramientos de los Profesores visitantes deberán ser aprobados por el Consejo de Gobierno
de la US.
Línea estatégica III
DIVULGACIÓN Y DIFUSIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA
III.1. AYUDAS A REVISTAS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA
Esta acción está destinada a contribuir al mantenimiento y a la mejora de las revistas científicas de
la US para garantizar la publicación de artículos de calidad científica, y la difusión y transferencia de
resultados de investigación y de conocimiento tanto a la comunidad científica como a la sociedad.
Para ello, se potenciarán los programas de impulso a las revistas científicas, en formato electrónico,
que se ajustan a los criterios de calidad ampliamente reconocidos como los de la FECYT, entre otros,
y estas publicaciones sean reconocidas en las bases de datos de su comunidad científica de referencia.
Esta acción se llevará a cabo en coordinación con la Editorial de la Universidad de Sevilla, desde
donde se fomentará la edición de las revistas en su formato electrónico.
Tendrá una dotación presupuestaria de 30.000 € por año, con un máximo subvencionable de 4.000 €
por ayuda. Las revistas no podrán recibir más de 1 ayuda por anualidad.
Los solicitantes deberán ser PDI de la US y además ser miembros del equipo directivo de la revista o
formar parte del consejo editor de la publicación.
III.2. AYUDAS PARA ORGANIZAR CONGRESOS Y REUNIONES CIENTÍFICAS CON
PROYECCIÓN INTERNACIONAL
Con el objetivo de fomentar y colaborar a la difusión y al intercambio de resultados de la investigación
científica en el ámbito internacional, el VI PPIT-US contempla la concesión de ayudas para realizar
congresos y reuniones científicas de marcado carácter internacional en cuya organización participen
investigadores de la US y se realicen dentro del ámbito de la misma.
Sólo serán admisibles aquellas actividades que, cumpliendo las bases de la convocatoria, contribuyan
a la difusión y al intercambio de resultados de la investigación científica, quedando excluidas las
destinadas a complementar o reforzar la actividad docente y las que tengan por objeto la difusión
cultural.
La dotación presupuestaria para esta acción será de 90.000 € por año y las ayudas por actividad no
podrán rebasar la cantidad de 2.500 €. Excepcionalmente, la CI-US podrá incrementar la ayuda hasta
un máximo de 4.000 € para aquéllas actividades de especial relevancia. La ayuda estará destinada a
complementar los gastos de organización y promoción del congreso internacional.
Se remitirá al Servicio de Gestión de Investigación, dentro de los plazos establecidos en cada
convocatoria, la justificación científica y económica de la ayuda concedida para su evaluación por la
CI-US.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
III.3. AYUDAS PARA ACTIVIDADES DE DIVULGACIÓN CIENTÍFICA
Con estas ayudas se pretende promover, mediante su financiación, la realización de actividades de
divulgación científica de calidad orientadas al fomento de la cultura científica y tecnológica de la
sociedad y a promocionar el interés de la misma en la Ciencia y la Tecnología. De forma preferente,
serán objeto de esta acción la realización de acciones que además tiendan a promocionar en la sociedad
las actividades científicas y tecnológicas de la US.
Estas actividades se vincularán a la Unidad de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+i) de la
US, perteneciente a la Red de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) del
Ministerio de Economía y Competitividad.
La dotación anual será de 60.000 €. Se concederán ayudas por un máximo de 4.000 €.
Los equipos de trabajo que soliciten estas ayudas deberán estar dirigidos por un profesor doctor en
activo a tiempo completo de la US.
Para la resolución de esta convocatoria se valorará la calidad científica y la viabilidad de la actividad
que se pretende realizar en relación con los objetivos de la convocatoria.
El beneficiario de esta ayuda remitirá, dentro de los plazos establecidos en cada convocatoria, la
justificación científica y económica de la ayuda concedida para su evaluación por la CI-US así como
un resumen en un formato normalizado de la convocatoria. Con la concesión de la ayuda el solicitante
accede a la publicación de dicho resumen en la memoria anual de actividades de divulgación de la US.
Asimismo, se compromete a publicitar convenientemente durante la realización de la actividad y en
el material generado asociado la ayuda recibida del VI PPIT-US.
III.4. PUBLICACIÓN DE TRABAJOS DE DIVULGACIÓN CIENTÍFICA
El objeto de esta acción es publicar, por la Editorial de la US, trabajos de divulgación científica
derivados de la actividad de los investigadores de nuestra Universidad. Las obras seleccionadas
formarán parte del catálogo de Divulgación Científica de la US.
La dotación anual por cada ejercicio de vigencia del VI PPIT-US para esta ayuda será de 15.000€,
destinados a cubrir el presupuesto de edición de un máximo de 5 obras, una por cada rama del
conocimiento.
La CI-US procederá a evaluar las obras, aplicando los requisitos y condiciones establecidos en las bases
de la convocatoria. Se valorará la capacidad de las obras para hacer llegar el conocimiento científico
al público no especializado en un tema específico, pero con interés en conocer sobre el mismo. No se
aceptarán ni Tesis Doctorales ni monografías especializadas.
Para adoptar su decisión, la CI-US podrá recurrir a la evaluación de los trabajos por especialistas
externos a la propia Comisión.
III.5. PROMOCIÓN DE PATENTES Y OTROS TÍTULOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Los objetivos de esta acción son:
•
OfertarlacarteradepatentesdelaUSalsectorempresarialmediantelaasistencia delinvestigador
responsable a encuentros bilaterales de transferencia de los resultados de investigación
protegidos (cuya titularidad o co-titularidad corresponda a la US y que haya sido gestionada
por el Secretariado de Transferencia del Conocimiento y Emprendimiento) a terceros, junto con
la presencia de personal técnico de la OTRI.
•
Elaborar material divulgativo que contribuya a la promoción de las patentes propiedad de la US.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Podrán solicitar esta ayuda el PDI con vinculación contractual con la US y que aparezca como inventor
de un resultado de investigación protegido por la US.
Los criterios de concesión se basarán en:
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2
. Estar la solicitud de patente admitida a trámite por la Oficina Española de Patentes y Marcas.
. Características de los encuentros e identificación de los asistentes.
La dotación anual para esta acción será de 50.000 €. Se concederán ayudas para:
•
Gastos de viajes y dietas asociados a la asistencia al encuentro, con un máximo de dos encuentros
por patente ofertada y por año.
•
Costes de elaboración del material divulgativo, sin superar un máximo de 3.000 por patente.
III.6. PREMIO UNIVERSIDAD DE SEVILLA A LA DIVULGACIÓN CIENTÍFICA
Con este premio a la divulgación científica se pretende promover, fuera de los ámbitos estrictamente
académicos e investigadores, la difusión del conocimiento científico y los resultados de la investigación
realizada en la US. Consistirá en la publicación anual de una obra que reúna los máximos niveles de
calidad y capacidad divulgativa.
El Premio Universidad de Sevilla de Divulgación Científica será dotado con la cantidad de
5
.000 €, además de la edición y publicación de la obra seleccionada por el Secretariado de Publicaciones
de la US.
La selección de las obras que concurran al concurso y se adapten a lo establecido en las bases de la
convocatoria será realizada por un jurado de especialistas, tanto académicos como no académicos,
designados por la CI-US. Además de la publicación de la obra premiada, el jurado podrá proponer
la publicación de uno o varios accésit honoríficos y su incorporación al Catálogo de Divulgación
Científica de la US.
Alternativamente, se podrán premiar acciones de difusión y divulgación en cualquier otro formato
alternativo a la publicación de una obra.
III.7. PREMIOUNIVERSIDADDESEVILLAATRABAJOSDEINVESTIGACIÓNDEESPECIAL
RELEVANCIA
El objetivo de este premio es reconocer a los investigadores de la US autores de trabajos de investigación
que hayan tenido una relevancia especial a nivel internacional. Se podrá otorgar 1 premio por cada
una de las 5 ramas de conocimiento establecidas por la CI-US.
Los candidatos deberán aportar los índices de impacto y parámetros bibliométricos que orienten sobre
la calidad y la excelencia de las aportaciones presentadas, usando como indicios objetivos de calidad
principalmente los datos publicados por el ISI. Se valorará fundamentalmente lo que hayan supuesto
en el avance en el conocimiento los resultados publicados.
Se deberá justificar el papel esencial del candidato en el trabajo publicado. Así mismo, se tendrá en
cuenta el porcentaje e importancia de la participación de los investigadores de la US en la autoría del
trabajo.
Los trabajos de investigación que se presenten a este premio deberán haberse publicado en un periodo
de tiempo no superior a 3 años previos a cada convocatoria anual del VI PPIT-US.
Las candidaturas deberán ser presentadas por uno de los autores, con la autorización expresa de los
co-autores de la US, si los hubiera.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Las aportaciones presentadas se someterán a evaluación por parte de un jurado designado por la
CI-US formado por especialistas.
El premio consistirá en un reconocimiento en un acto solemne y público presidido por el Rector de
la US.
III.8. PREMIO UNIVERSIDAD DE SEVILLA A ACTIVIDADES DE TRANSFERENCIA DE
CONOCIMIENTO
Se pretende con este premio reconocer la labor de investigadores de la US que hayan obtenido un
reconocimiento importante, a nivel nacional o internacional, de actividades de transferencia del
conocimiento generado por su investigación.
La presentación de una selección de candidaturas corresponderá al Vicerrectorado de Investigación y
a la Dirección General de Transferencia de Conocimiento de la US. La designación de los premiados
se hará a través de una comisión de expertos nombrada en cada anualidad en la Comisión de
Investigación de la US.
El premio consistirá en un reconocimiento en un acto solemne y público presidido por el Rector de
la US.
III.9. PREMIO UNIVERSIDAD DE SEVILLA A INVESTIGADORES DE ALTO IMPACTO
Con este premio se quiere reconocer el trabajo de los investigadores de la US con una producción
científica de alta calidad e impacto reconocida en el escenario científico internacional, centradas
fundamentalmente 3 años anteriores a cada convocatoria del presente VI PPIT-US.
Los criterios por los que se efectuará la selección de los candidatos se fundamentarán en aspectos
relacionados con la calidad y el impacto de la producción científica de los candidatos.
Se podrán dotar hasta 5 premios en esta modalidad, uno para cada una de las ramas del conocimiento
científico. Las candidaturas serán presentadas por el Vicerrectorado de Investigación de la US, tras
realizar un análisis sobre las bases de los criterios de selección.
La selección final será llevada a cabo por una comisión de expertos nombrada anualmente por la
CI-US.
El premio consistirá en un reconocimiento en un acto solemne y público presidido por el Rector
de la US.
III.10. PREMIOSFAMAꢂUNIVERSIDADDESEVILLAALATRAYECTORIAINVESTIGADORA
El objetivo de estos premios es reconocer y divulgar los méritos acumulados por los profesores durante
una trayectoria investigadora de excelencia desarrollada en la US.
Requisitos de los candidatos
Ser PDI de la US, en activo o emérito, y haber desarrollado en dicha institución la mayor parte de la
trayectoria investigadora que se premia. La convocatoria del premio podrá establecer otros requisitos
adicionales, de acuerdo con lo que determine el modelo de la misma, que será elaborado por la CI-US.
Dotación del Premio
Entrega por el Rector, en acto solemne, de la mención honorífica y de una reproducción de la estatua
FAMA.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Selección de candidatos
Las distintas candidaturas se someterán a la evaluación de un jurado propuesto por el Sr. Rector
Magnífico de la US, que propondrá la concesión de un máximo de cinco distinciones anuales (una
por cada rama del conocimiento de las establecidas por la CI-US).
Línea estratégica IV
APOYO A ACCIONES ESTRATÉGICAS DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA
IV.1. RETENCIÓN DE TALENTO. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO POR NECESIDADES
ESTRATÉGICAS DE INVESTIGACIÓN
Esta acción, de carácter estratégico, tiene como objetivo establecer una herramienta que permita a
la US mantenerse competitiva en investigación. Para ello, se establece el presente mecanismo con
el objeto de que la US no pierda líneas estratégicas que son el fruto del intenso esfuerzo humano y
económico realizado en la institución de manera prolongada. Se integra dentro de las acciones que
impulsan la consideración estratégica de la investigación en las políticas de dotación de plazas.
Para ello, el Consejo de Gobierno de la US podrá solicitar anualmente a la CI-US que realice una
propuesta de dotación de plazas para la retención de talento.
Para esta acción, la CI-US nombrará anualmente una comisión de expertos, presidida por el
Vicerrector de Investigación y actuando como Secretario el Dtr. del Secretariado de Investigación,
con representación igualitaria de todas las ramas del conocimiento, que realizará un informe en base
a las solicitudes presentadas, de acuerdo con criterios de valoración centrados fundamentalmente en
una producción investigadora elevada y de excelencia, capacidad demostrada para captar fondos en
convocatorias públicas fuertemente competitivas, análisis de la pérdida científica y de recursos que
produciría la salida de personal del área en cuestión, así como indicios que apunten hacia la pérdida
de talento en esa área.
El informe emitido por esta comisión de expertos, no vinculante, será empleado por la CI-US para
realizar la propuesta de dotación de plazas al Consejo de Gobierno de la US.
IV.2. ATRACCIÓN DE TALENTO. INVESTIGADORES CON ALTO POTENCIAL
Esta acción tiene por objetivo incorporar a la US a doctores que hayan finalizado con éxito su etapa
de especialización postdoctoral en áreas de investigación consideradas como estratégicas para la US.
Consistirá en financiar proyectos de investigación innovadores dirigidos por un IP que haya sido
seleccionado en la convocatoria Ramón y Cajal y no estén incorporados previamente en la US. El
investigador se integrará como PDI en la US. En estos casos, los contratados estarán incluidos en el
Plan de Estabilidad de la Universidad de Sevilla que anualmente se contemple en la Oferta de Empleo
Público.
Así mismo, en caso de existir fondos remanentes en la anualidad, podrán participar investigadores que
hayan sido seleccionados como reserva en el Programa Ramón y Cajal del Ministerio de Economía
y Competitividad, o hayan obtenido calificación B en la convocatoria Starting Grants o similares
(
definidos anualmente por la CI), inmediatamente anteriores a cada convocatoria del presente PPIT.
En estos casos, deberán estar en disposición de presentarse a la convocatoria de la siguiente anualidad.
Los proyectos serán de 1 año de duración, con la posibilidad de prorrogar durante 1 año más en
función de la evaluación de los resultados.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Dotación y cuantía
La dotación presupuestaria para esta acción será de 200.000 €, con un presupuesto por proyecto
máximo de 40.000 € anuales por ayuda, que incluirán los gastos de ejecución del proyecto.
Proceso de selección
Se hará tras la resolución de las convocatorias pertinentes, seleccionándose los candidatos en función
tanto de la evaluación obtenida en los Programa Ramón y Cajal, Starting Grants y similares, como de
las líneas de investigación que desarrollen y que se consideren estratégicas para la US.
Los investigadores seleccionados se integrarán con todos los derechos a un departamento, instituto
universitario o centro de la US. Se valorará positivamente que el investigador contratado abra una
nueva línea de investigación.
Deberán crear un nuevo grupo de investigación en los que desarrollar sus líneas de trabajo científico.
Como se ha indicado, si no se agotaran los fondos asignados a esta ayuda por esta modalidad, se
podrán seleccionar investigadores que estén en el cupo de reserva en la convocatoria de Ramón y
Cajal, o que en las convocatorias ERC hayan sido evaluados B. En este caso concreto, la ayuda incluirá
los gastos de contratación del propio solicitante. Además, en estos casos, las personas seleccionadas se
deberán comprometer a presentarse de nuevo a la convocatoria por la que han sido seleccionado, así
como a ejecutar su contrato, caso de obtenerlo, en la US. En caso de no incorporarse a la US habiendo
obtenido el contrato en estas convocatorias, deberá devolver la ayuda otorgada por este VI PPIT.
IV.3. CONTRATOS PREDOCTORALES ꢀPIFꢁ PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA
PROPIO DE I+D+i DE LA US EN ÁREAS DE ESPECIAL ATENCIÓN
Esta acción tiene como objetivo fomentar la formación y capacitación investigadora de titulados
superiores con la realización de una tesis doctoral en el seno de un departamento de la US para atender
necesidades investigadoras de interés estratégico para la Universidad de Sevilla. La tesis se deberá
realizar bajo la dirección de alguno de los doctores pertenecientes a dicho departamento.
Para cada anualidad del VI PPIT-US se dotarán hasta 10 ayudas que se distribuirán entre las áreas de
conocimiento y departamentos que la CI-US establezca para el curso en el que se realiza la convocatoria.
Sólo se dotará 1 ayuda por departamento durante la vigencia del VI PPIT-US.
Para este propósito, la CI-US nombrará anualmente una comisión de expertos con representación
igualitaria de las 5 ramas de conocimientos, presidida por el Vicerrector de Investigación. Las líneas
esenciales por las que se definirán estas áreas de conocimiento y departamentos estarán orientadas a
promocionar la investigación, bien porque la presión docente dificulte la actividad investigadora, bien
porque la misma sea muy amplia y necesite apoyo, o por cualquier otra circunstancia que impulse a la
Universidad de Sevilla a comenzar o a apoyar la actividad investigadora en un área o departamento
determinados. El informe emitido por esta subcomisión de expertos, no vinculante, será empleado
por la CI-US para designar las áreas de conocimiento o departamentos a las que se les dotarán estos
contratos predoctorales.
Todo lo referente a esta acción, tanto en lo relativo a la convocatoria, duración del contrato, dotación y
cuantía de estas ayudas, así como las obligaciones de los beneficiarios y el ámbito de aplicación, serán
equivalentes a las ayudas del apartado II.2 del presente Plan Propio de Investigación y Transferencia.
Los departamentos beneficiarios de contratos predoctorales PIF del VI PPIT-US no podrán ser
beneficiarios de esta acción.
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Núm. 1/2017, de 31 de enero
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
IV.4. AYUDA A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN PRECOMPETITIVOS
SetratadeunaacciónorientadaaapoyaralosgruposdeinvestigacióndelaUSquesehayaninvolucrado
en el desarrollo de nuevas líneas de investigación o cambiado a líneas más innovadoras, y que hayan
presentadoalrespectounapropuestadeproyectodeinvestigaciónenconvocatoriaspúblicasdecarácter
competitivo, ya sean autonómicas, nacionales o internacionales, en la convocatoria inmediatamente
anterior, y no hayan logrado financiación por razones de prioridad económica (clasificación B en el
caso de la convocatoria del Plan Estatal).
Dotación y cuantía
Tendrá una dotación económica de hasta 100.000 €, pudiéndose otorgar hasta 3 ayudas por cada una
de las 5 ramas, por un importe máximo de 8.000 € por ayuda.
Deberá destinarse a iniciar la investigación prevista en la propuesta con el objeto de mejorar la
solicitud. Se comprometerá a concurrir a la próxima convocatoria, por lo que se concederá por un
solo año improrrogable.
Criterios de evaluación
Se dará prioridad a las líneas novedosas propuestas por grupos emergentes liderados por investigadores
jóvenes.
Para la evaluación de las propuestas presentadas, se empleará principalmente el informe de evaluación
emitido por el agente evaluador competente, así como la viabilidad e impacto de las acciones previstas
que pudieran conseguirse caso de disponer de la ayuda solicitada.
IV.5. AYUDA PARA EL IMPULSO DE LA FORMACIÓN DE UNIDADES DE EXCELENCIA
Esta acción está destinada a impulsar el establecimiento de unidades de excelencia entre grupos de
investigación de la US y, si procede, grupos externos a las US, con objeto de alcanzar masa crítica y
otros requerimiento de las convocatorias altamente competitivas tipo María de Maeztu, Severo Ochoa
y similares (deberán ser definidas por al CI), en áreas estratégicas en las que las US tenga especial
relevancia.
Esta ayuda tendrá una dotación presupuestaria de 100.000 €.
La CI seleccionará las propuestas de unidades de excelencia sobre la base del cumplimiento de los
requerimientos de las convocatorias a las que se orientan, la calidad del consorcio y sus probabilidades
de éxito.
La ayuda se destina a los gastos de funcionamiento de las unidades de excelencia seleccionadas.
La CI elevará la propuesta de dichas unidades de excelencia al Consejo de Gobierno de la US.
Las unidades deben formalizar la presentación a las convocatorias inmediatamente posteriores a la
concesión de la ayuda. En caso contrario, deberán devolver la ayuda concedida.
IV.6. AYUDA A LA PREPARACIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN EN A- TECH
Acción específica destinada al PDI o grupos de investigación de la US para fomentar la elaboración
y presentación de proyectos de investigación a las distintas convocatorias públicas, preferentemente
internacionales, por medio de consorcios con otros grupos de investigación de la Universidad de
Málaga, así como grupos de la US y agentes agregados de A-Tech.
Estas ayudas se destinarán a atender los gastos iniciales de elaboración y formalización de la solicitud
de proyectos.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
El consorcio formado que solicite estas ayudas con arreglo a lo establecido en las bases de la
convocatoria, deberá comprometerse a presentar el proyecto propuesto a la siguiente convocatoria del
correspondiente programa de I+D+i.
El equipo de investigación propuesto para la ejecución del proyecto deberá contar con un mínimo
de 2 grupos de investigación (uno de la US y otro de la UMA), o un grupo de investigación de la US
y uno o varios agentes agregados A-Tech. Entre ambos, deberán contar con un número de doctores
adecuados a la propuesta presentada.
La solicitud se realizará de forma paralela en las Universidades de Sevilla y Málaga.
En todas las solicitudes deberá quedar acreditada suficientemente la implicación A-Tech.
Criterios de concesión.
Para la resolución de esta convocatoria se valorará la calidad y viabilidad del proyecto presentado,
el enfoque interdisciplinar del equipo internacional y la composición del equipo de investigación
que conforma el consorcio, así como la financiación previa obtenida por los grupos de investigación
participantes.
Se valorará también el interés manifestado por el sector empresarial en la propuesta de investigación.
La resolución debe ser positiva tanto en la US como en la UMA, caso de que estén implicados grupos
de investigación de ambas entidades, y se hará efectiva en la Universidad a la que pertenezca el IP de
la propuesta presentada.
Dotación y cuantía.
La dotación anual para esta acción será de 30.000 €. La subvención máxima por proyecto será de
3
.000 €; la cantidad concedida será cofinanciada de forma proporcional entre ambas Universidades en
función del número de doctores que aporte cada una al consorcio.
El 50% de la ayuda será abonado en el momento de la concesión y el resto una vez que se justifique la
presentación del proyecto en alguna de las convocatorias establecidas anteriormente.
La no presentación del proyecto y su aceptación para evaluación supondrá la devolución de la ayuda
percibida.
IV.7. AYUDA SUPLEMENTARIA A GRUPOS DE INVESTIGACIÓN POR CAPTACIÓN DE
FONDOS EN LAS CONVOCATORIAS DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN DEL
PLAN ESTATAL
AcciónespecíficadirigidaarecompensaralPDIdelosgruposdeinvestigacióndelaUSquecontribuyen
de manera activa a la captación de fondos en convocatorias públicas competitivas de proyectos de
investigación del Plan Estatal.
Esta acción estará dotada con 200.000 € en cada anualidad.
La ayuda consistirá en poner a disposición de los IP de proyectos del Plan Estatal un 10% de los
overheads generados. Los IP de los proyectos calificados como “excelentes” en su área (Plan Estatal,
calificación A en anteriores convocatorias), recibirán un 15% de los overheads.
En caso de que por los porcentajes de retorno indicados se supere la dotación presupuestaria anual,
se podrán establecer un valor máximo de ayuda y un reparto proporcional entre los adjudicatarios de
esta ayuda.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Durante la vigencia del VI PPIT-US, los porcentajes anteriores relativos a los overheads podrán ser
modificados en función de la disponibilidad presupuestaria.
Puede quedar condicionada parte de la ayuda a la correcta ejecución del proyecto de investigación.
IV.8. AYUDAS A ACTIVIDADES DE INVESTIGACIÓN DE GRUPOS EMERGENTES
Esta acción está destinada específicamente a ayudar a los grupos de investigación de la US de nueva
creación que demuestren tener una trayectoria investigadora relevante y emergente.
Requisitos.
1
2
3
. El grupo de investigación debe estar registrado en el PAIDI con no más de 4 años de antelación
previo a la solicitud dela ayuda.
. El Investigador responsable del grupo de investigación debe pertenecer a la US, y no haber sido
responsable de ningún grupo registrado en el PAIDI.
. Al menos el 60% de los componentes del grupo deben ser miembros de la Universidad de
Sevilla.
La CI-US establecerá los criterios adecuados que permitan determinar la relevancia y continuidad de
la actividad investigadora de los Grupos de Investigación solicitantes.
Se concederá una única ayuda por grupo de investigación durante la vigencia del VI PPIT-US.
Dotación.
La dotación anual será de 50.000 €. Se concederán ayudas por un máximo de 5.000 €.
Se destinará a ayudar a financiar los gastos elegibles que permitan las ayudas similares concedidas por
la Junta de Andalucía a grupos PAIDI.
Condiciones de los beneficiarios.
Los beneficiarios de la ayuda se comprometen a:
1
. Presentar una memoria anual de actividades que hará referencia a los objetivos planteados en la
petición, que deberán incluir resultados mensurables.
2
. Permanecer en el catálogo de grupos de investigación del PAIDI durante la vigencia del VI
PPIT-US.
3
4
. Presentar propuestas de proyectos de investigación en convocatorias oficiales.
. Contribuir intensamente a mejorar la producción científica de la US.
IV.9. ACCIONES ESPECIALES DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN Y DE
LA TRANSFERENCIA
Además de las líneas de actuación anteriores destinadas a internacionalizar la actividad investigadora
de la US por medio de ayudas para actuaciones que permitan difundir los resultados de la investigación
a nivel internacional y solicitudes de proyectos internacionales, la presente actuación tiene como
objeto el fomentar el establecimiento de nuevas relaciones y el inicio de colaboración entre equipos
de investigación de la US e investigadores de otros países, co-financiando actividades que ayuden a
establecer consorcios internacionales y relaciones institucionales fuertemente competitivas. A su vez
tiene como objetivo fomentar la pertenencia a redes/asociaciones de gran presencia internacional y
activas en proyectos de investigación internacionales con especial foco en Europa.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Se contemplarán las acciones en las que exista una clara y activa participación empresarial.
Dotación y cuantía.
Tendrá una dotación presupuestaria anual de 40.000 €. Durante la vigencia del VI PPIT-US se dotarán
anualmente hasta 20 ayudas (4 por cada una de las ramas de conocimiento establecidas por la CI-US),
para co-financiar viajes y dietas del PDI de la US que participe en la actividad, quedando excluidos los
gastos de los equipos de investigadores extranjeros.
Sólo habrá una ayuda por grupo de investigación y año. Requisitos.
El equipo deberá estar compuesto por un mínimo de tres doctores de la US con dedicación a tiempo
completo, incluyendo el IP.
Criterios de selección.
Se valorarán aspectos relacionados con la calidad científica, viabilidad e interés de la propuesta de
investigación o transferencia y de los equipos de investigación participantes, complementariedad
entre ellos, o adecuación de los objetivos de la acción a las necesidades de proyección internacional de
la Universidad de Sevilla.
Obligaciones.
Se deberá llevar a cabo la acción prevista en las condiciones establecidas y presentar, en el plazo de
un mes desde la realización de la acción, una breve memoria explicativa de la labor efectuada y los
pertinentes justificantes económicos. La no realización de la actividad supondrá el reembolso de la
ayuda concedida.
IV.10. REPARACIÓN Y VALIDACIÓN DE MATERIAL CIENTÍFICO
Esta acción está destinada a ayudar en la reparación y validación de equipos y material científico de los
grupos de investigación, departamentos, institutos y centros de investigación de la US.
Las solicitudes, presentadas por los responsables de los grupos de investigación, directores de
departamentos e institutos universitarios de la US, deberán venir acompañadas de una memoria
explicativa de la necesidad de llevar a cabo la reparación o validación, así como de la factura pro-
forma de la misma.
Los beneficiarios deberán llevar a cabo la reparación para la que han obtenido la ayuda según el
presupuesto presentado, y remitir, en el plazo de un mes después de efectuada la reparación, copia de
los correspondientes justificantes económicos.
Se destinará una dotación anual de 50.000 €, no pudiéndose superar la cantidad de 4.000 € al año por
grupo de investigación, departamento, instituto y centro de investigación de la US.
IV.11. ACCIONES ESPECIALES
Estas ayudas están destinadas a cofinanciar determinadas actividades de investigación no incluidas
en las modalidades anteriores del presente VIPPIT pero que, a juicio de la CI-US, sean especialmente
importantes para la investigación y la transferencia, contribuyendo a mejorar el posicionamiento
de la universidad en los rankings y foros internacionales, así como su visibilidad internacional, y a
aumentar la participación de la US en organizaciones internacionales que presenten un alto retorno e
interés estratégico.
También tendrán una consideración especial las solicitudes en las que haya participación de la
Universidad de Sevilla en actividades investigadoras de especial trascendencia y repercusión social,
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
entre otras, en actuaciones en relación con el patrimonio social y cultural.
La dotación anual para esta acción será de 150.000 €.
Podránsolicitarestaayudalosprofesores,gruposdeinvestigación,consorciosdegrupos,departamentos
o institutos de la US. La solicitud deberá acompañarse de una memoria suficientemente detallada de la
actividad a realizar, con indicación expresa del interés y de la viabilidad de la propuesta, así como de
las necesidades económicas y presupuesto detallado de la actividad.
La CI-US valorará las prioridades de las propuestas presentadas, así como la cuantía de la ayuda,
atendiendofundamentalmentealinteréscientíficoeinstitucionaldelapropuestayalasdisponibilidades
presupuestarias de cada anualidad de vigencia del VI PPIT-US.
Los beneficiarios de esta acción deberán presentar, en los plazos estipulados en las convocatorias
anuales, memoria justificativa tanto científica como económica de la acción llevada a cabo, incluyendo
resultados mensurables y especificando de forma detallada el impacto obtenido.
FINANCIACIÓN
Las acciones previstas en el presente Plan Propio de Investigación serán financiadas en función de
las disponibilidades presupuestarias existentes. A tal fin en los Presupuestos de la US de cada año se
asignarán las dotaciones necesarias.
De forma subsidiaria y/o complementaria podrán asignarse al Plan Propio de Investigación recursos
financieros externos.
Cuandolasdisponibilidadespresupuestariaslopermitan, sepodránampliar, enfuncióndelincremento
financiero, el número de ayudas y subvenciones de las diferentes acciones que este Plan contempla e
incorporar nuevas acciones.
DISPOSICIÓN FINAL
El VI Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Sevilla entrará en vigor tras
su aprobación por el Consejo de Gobierno.
La CI-US aprobará anualmente las bases reguladoras de las distintas convocatorias, que serán
publicadas en el BOUS y en la página web del Vicerrectorado de Investigación, comunicándose a los
departamentos e institutos de investigación de la US.
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