Acuerdo 14.1/CG 23-7-24, por el que se aprueba la creación de la Empresa basada en el conocimiento Tecnoalgae, S.L.

Acuerdo 14.1/CG 23-7-24, por el que se conviene, por asentimiento, informar favorablemente la creación de la Empresa basada en el conocimiento Tecnoalgae, S.L., en los términos de la documentación obrante en el expediente.

Procede dar traslado del presente acuerdo al Consejo Social para su conocimiento.

ANEXO

INFORME DE AUTORIZACIÓN DE RECONOCIMIENTO DE LA INICIATIVA TECNOALGAE COMO EMPRESA BASADA EN EL CONOCIMIENTO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA EMITIDO POR EL VICERRECTORADO DE TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO PARA EL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA DE FECHA 23/07/2024.

TECNOALGAE reúne los requisitos para su consideración como Empresa Basada en el Conocimiento de la Universidad de Sevilla, de acuerdo con las “Instrucciones para la creación de empresas basadas en el conocimiento, EBC de la Universidad de Sevilla, aprobadas en Consejo de Gobierno de 30 de octubre de 2013.

La autorización en Acuerdo de Consejo de Gobierno de empresas basadas en el conocimiento de la Universidad de Sevilla no constituye un certificado, a efectos de acreditación, de la constitución ni vigencia como empresa de tales iniciativas. Dicha certificación será expedida, bajo petición de los promotores interesados, por el Vicerrectorado de Transferencia del Conocimiento.

RESUMEN EJECUTIVO DEL PROYECTO

El proyecto TECNOALGAE, se centra en el uso de microalgas para abordar problemas medioambientales críticos como la descarbonización y el tratamiento y recuperación de aguas residuales. Utilizando fotobioreactores de última generación, se cultivan microalgas a gran escala, aprovechando su notable capacidad para purificar el aire mediante la absorción de CO2 y otros contaminantes atmosféricos, y para limpiar aguas residuales a través de la fitorremediación, absorbiendo nutrientes y contaminantes durante su crecimiento. El proyecto se encuentra en una fase avanzada de desarrollo, con pruebas de concepto en curso y planes para la comercialización inicial en España, expandiéndose posteriormente al sur de Europa, Latinoamérica, Australia y EE.UU. A pesar de los retos en la comercialización debido al desconocimiento de la marca y tecnologías, TECNOALGAE planea una intensa labor de divulgación para posicionarse como una solución sostenible y eficiente frente a los problemas de contaminación del aire y agua.

EQUIPO PROMOTOR

El proyecto TECNOALGAE está liderado por Javier Dávila Martín, profesor titular del Departamento de Ingeniería Aeroespacial y Mecánica de Fluidos, Grupo de Investigación TEP956: Flujos Multifásicos. El investigador de la US contará con una participación del 64 % en el capital social de la empresa.

También forma parte de la iniciativa personal no vinculado laboralmente a la Universidad de Sevilla:

Tabla. Promotores no adscritos a la US.

Nombre y Apellidos

Papel en la iniciativa

% previsto de participación

Nuria Egea Lerdo de Tejada

Miembro del equipo de dirección

25

Inés Herrero Chacón

Miembro del equipo de dirección.

10

Se propone la participación de la US en un 1 % del capital social de la empresa.

Datos del promotor principal:

Javier Dávila Martín

Departamento: Ingeniería Aeroespacial y Mecánica de Fluidos

Centro: Escuela Técnica Superior de Ingeniería

Teléfono: 954 481 395

Correo electrónico: davila@us.es

Grupo de investigación: Flujos Multifásicos TEP956

TECNOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

La tecnología transferida en el proyecto TECNOALGAE, desarrollada por la Universidad de Sevilla, se centra en la mejora de los fotobiorreactores mediante innovaciones en la transferencia líquido-gas, la reducción del tiempo de mezcla y la optimización de la actividad fotosintética a través del control de ciclos de luz y oscuridad. Esta tecnología utiliza dispositivos avanzados, como sistemas de burbujeo y álabes fijos o móviles, que permiten un control preciso del flujo, minimizando el consumo de energía y la turbulencia. Los fotobiorreactores desarrollados están diseñados para maximizar la productividad en el crecimiento de microalgas, crucial para aplicaciones industriales y medioambientales.

El origen de esta tecnología se encuentra en el Grupo de Mecánica de Fluidos (TEP-103) de la Universidad de Sevilla, bajo la dirección del Catedrático Antonio Barrero Ripoll. La colaboración con empresas de sectores como la acuicultura, la ingeniería química y la biotecnología ha sido clave en su desarrollo. Empresas como Repsol, FCC Aqualia y Neol Biosystems han participado en pruebas industriales junto con la Universidad de Almería y la Fundación Centro de las Nuevas Tecnologías del Agua (CENTA).

En cuanto a la protección intelectual, la Universidad de Sevilla está preparando la memoria de la patente relacionada con el control del flujo en fotobiorreactores. La estrategia de propiedad intelectual incluye la solicitud de modelos de utilidad y patentes, el registro de secretos industriales y la formalización de contratos con proveedores, clientes y personal laboral de TECNOALGAE. Esto garantizará la protección y explotación comercial de las innovaciones tecnológicas desarrolladas.

CONTRAPRESTACIONES DE TECNOALGAE A LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Los retornos propuestos en el contrato de transferencia de tecnología entre la Universidad de Sevilla y TECNOALGAE se basan en la siguiente información:

  • La tabla de regalías establecida en el contrato tipo de reconocimiento de EBC aprobado en Consejo de Gobierno.
  • La valoración de la tecnología realizada por el especialista en la valoración de intangibles Félix Jiménez Naharro, profesor titular del Departamento de Economía Financiera y Dirección de Operaciones.
  • El modelo de negocio desarrollado por los promotores.

Con la información de la que se dispone en el Secretariado de Transferencia de Conocimiento y Emprendimiento, se sugiere la firma del CONVENIO TIPO BASE DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGÍA Y CONOCIMIENTO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA Y EMPRESAS BASADAS EN EL CONOCIMIENTO GENERADO EN LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA, con una regalía anual del 3 % y una valoración de la tecnología transferida de 76.507,97 € en la fase de arranque de la empresa.

El valor del conocimiento es válido para el momento en el que se ha cuantificado. En ningún caso este valor será representativo en caso de venta de la empresa a terceros o una vez consolidada.

RESUMEN DE LA VALORACIÓN DEL SECRETARIADO DE TRANSFERENCIA DEL CONOCIMIENTO Y EMPRENDIMIENTO

Desde el STCE se ha evaluado el plan de empresa del proyecto y se estima que el mismo es viable técnica y económicamente, según el plan de empresa aportado por los promotores.

TABLA. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL PROYECTO DE EBC VINTALLY

Nombre del proyecto de EBC de la US

TECNOALGAE, S.L.

Personal PDI de la US promotor

Javier Dávila Martín, profesor titular de Universidad

Vinculación del PDI a la US

Dpto. Ingeniería Aeroespacial y Mecánica de Fluidos. Grupo de investigación TEP956: Flujos Multifásicos.

Propuesta de contrato de EBC a la US

Contrato de Transferencia:

- 3 % de regalías sobre la facturación de la empresa.

- El valor de la Tecnología se establece en 76 507,97 €, a actualizar en función de la ejecución del proyecto empresarial.

Se solicita la participación de la US en un 1 % del capital social de la empresa.

Distribución del capital social

Javier Dávila Martín 64 %

Nuria Egea Lerdo de Tejada 25 %

Inés Herrero Chacón 10 %

Universidad de Sevilla 1 %

TOTAL 100 %

Documentos aportados

- Solicitud de reconocimiento de EBC.

- Informe técnico de valoración de la tecnología.

Otras consideraciones

Conforme a lo establecido en el artículo 61.4 de la LOSU, no son de aplicación al PDI promotor de la iniciativa las limitaciones establecidas en el artículo cuarto, en su caso, y en los artículos doce 1.b) y d) y dieciséis de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tras la aprobación en Consejo de Gobierno de la empresa como EBC de la US, tramítese si procede la compatibilidad para la prestación de servicios del personal investigador de la US en la misma, al amparo de lo establecido en el artículo 18.3 de la LCTI-

La sede de la empresa no podrá situarse en departamentos u otras instalaciones de la Universidad de Sevilla que no hayan sido propuestas al efecto.