Acuerdo 10.1/CG 22-7-08, por el que se aprueba el IV Plan Propio de Investigación de la Universidad de Sevilla.
1
BOUS núm. 2, de 1 de octubre de 2.008
II.Dotación de recursos humanos para la investigación.
II.1. Becas predoctorales o de Personal Investigador en
Formación (PIF).
II. 2. Becas de Personal Investigador en Formación en
áreas con necesidades docentes.
II.3. Dotación de Plazas de Ayudantes en los
Departamentos.
II.4. Becas de iniciación a la investigación para
estudiantes de la Universidad de Sevilla.
II.5. Ayudas para movilidad de Ayudantes y Ayudantes
Doctores.
I.
DISPOSICIONES
Y
ACUERDOS
GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno.
II. 6. Ayudas para movilidad de personal dedicado a la
investigación.
II.7. Co-financiación de contratos de técnicos de apoyo
a la investigación.
Acuerdo 10.1/CG 22-7-08, por el que se aprueba el
IV Plan Propio de Investigación de la Universidad de
Sevilla.
II.8. Licencias anuales para investigación.
ACUERDO10.1/CG22-7-08, porelque, deconformidad
con el artículo 13.1.g) del EUS, previo informe favorable
de la Comisión de Investigación y a propuesta de ésta, se
conviene por asentimiento la aprobación del IV Plan
Propio de Investigación de la Universidad de Sevilla en
los términos del documento que se anexa.
III.Divulgación y difusión de la investigación científica.
III.1. Subvenciones para la realización de congresos y
reuniones científicas.
III.2. Ayudas para la publicación de trabajos de
divulgación científica.
III.3. Ayudas para actividades de divulgación científica.
III.4. Ayudas a la promoción de patentes.
III.5. Premio Universidad de Sevilla a la divulgación
científica.
ANEXO
IV PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN (2008-
2011)
III.6. Premios FAMA-Universidad de Sevilla a la
trayectoria investigadora.
PRESENTACIÓN
IV PLAN PROPIO DE INVESTIGACIÓN:
OBJETIVOS Y ÁMBITO TEMPORAL
LÍNEAS ESTRATÉGICAS DEL IV PLAN DE
INVESTIGACIÓN
FINANCIACIÓN.
DISPOSICIÓN FINAL
PRESENTACIÓN
I.Ayudas a la Investigación.
Con el IV Plan Propio, la Comisión de Investigación
de la Universidad de Sevilla pone a disposición de su
Personal Docente e Investigador un instrumento para el
fomento de la investigación con el que pretende:
I.1. Ayudas a Departamentos para atender gastos de
funcionamiento de sus Grupos de Investigación.
I.2. Ayudas a Institutos de Investigación para atender
gastos de funcionamiento.
I.3. Ayudas para la elaboración y presentación de
proyectos de convocatorias públicas de I+D+I.
I.4. Ayuda suplementaria a Grupos de Investigación por
el cumplimiento del Contrato-Programa que se establece
entre la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y
la Universidad de Sevilla para la financiación anual de
esta última.
I.5. Ayudas a la extensión internacional de patentes por
procedimiento PCT y a la entrada en fases nacionales.
I.6. Incubación de Empresas de Base Tecnológica
en espacios de Servicios y Grandes Instalaciones de
Investigación.
a) Apoyar las iniciativas y la labor de investigación del
Personal Docente e Investigador de la Universidad, bien
entendido que ese apoyo no supone la sustitución de los
planes autonómicos, nacionales o internacionales de
investigación.
b) Contribuir a crear la cultura de investigación allí
donde no la hay o su estructura es débil.
c) Facilitar el inicio de la tarea investigadora.
d) Premiar la investigación que se realiza, en cuanto
beneficia a la Universidad en su conjunto.
2
BOUS núm. 2, de 1 de octubre de 2.008
e) Contribuir a formar nuevos investigadores y dotar de
personal que apoye a la investigación que se lleva a cabo
en la Universidad.
de actividades investigadoras en la Universidad, lo
que contribuirá, sin duda, a una mayor equidad en la
distribución de los recursos que se ponen en juego en
este IV Plan Propio.
f) Apoyar la labor de transferencia de resultados de la
investigación al tejido productivo.
Manuel García León
g) Ayudar a diseminar en la sociedad la imagen de la
investigación de la Universidad de Sevilla.
Vicerrector de Investigación
Universidad de Sevilla
Este IV Plan Propio de Investigación aprovecha en su
confección el éxito de su antecesor, el III Plan Propio,
que tan beneficioso ha sido para el Personal Docente
e Investigador de nuestra Universidad. Y lo amplia
en acciones y dotación, sobre la base del compromiso
con la investigación del gobierno de la Universidad de
Sevilla y las exigencias que impone el actual modelo
de financiación por objetivos de las Universidades
Andaluzas.
IVPLANPROPIODEINVESTIGACIÓN:OBJETIVOS,
LÍNEAS Y ÁMBITO TEMPORAL
El IV Plan Propio de Investigación de la Universidad de
Sevilla, en la misma línea que los planes anteriores pero
incorporandonuevasacciones,tieneporobjetivomantener
una política de fomento de la actividad investigadora y
de su calidad. Esta política será financiada con recursos
propios de la Universidad y contribuye a complementar
las aportaciones institucionales (autonómicas, nacionales
e internacionales), así como las de fundaciones y
empresas, que en su conjunto posibilitan la continuidad
y la extensión de la actividad investigadora realizada
por el personal docente/investigador en el seno de
los Departamentos y Grupos de Investigación de la
Universidad de Sevilla.
El IV Plan Propio se organiza alrededor de tres grandes
Líneas Estratégicas, la deAyudas a la investigación, la de
Dotación de recursos humanos para la investigación y la
de Divulgación y difusión de la investigación científica.
Estas Líneas se desarrollan con diversas Acciones que
cubren los aspectos clásicos con los que la mayoría de
los planes de investigación apoyan la generación de
conocimiento. Respecto del III Plan Propio existen nueve
acciones nuevas cuyo contenido detallado se puede ver en
el texto. Quizás podemos destacar entre las novedades la
inclusión de tres acciones relativas al apoyo a actividades
de transferencia de resultados de la investigación. Con
ellas se pretende facilitar la incorporación a la sociedad
del conocimiento directamente aplicable que se produce
en nuestra Universidad. Además de ellas se incluyen
acciones para el apoyo a Institutos de Investigación, para
promocionar la investigación en Departamentos con
fuerte presión docente, para la promoción de la vocación
investigadora entre nuestros estudiantes y otras más con
las que se completa un abanico variado de posibilidades
para apoyar la investigación de nuestro Personal Docente
e Investigador.
El IV Plan Propio de Investigación se estructura en torno
a las siguientes líneas estratégicas y sus correspondientes
acciones:
A) Ayudas a la Investigación
Ayudas a Departamentos para atender gastos de
funcionamiento de sus Grupos de Investigación.
Ayudas a Institutos de Investigación para atender gastos
de funcionamiento.
Ayudas para la elaboración y presentación de proyectos
de convocatorias públicas de I+D+I.
Ayuda suplementaria a Grupos de Investigación por el
cumplimiento del Contrato-Programa que se establece
entre la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y
la Universidad de Sevilla para la financiación anual de
esta última.
Ayudas a la extensión internacional de patentes por
procedimiento PCT y a la entrada en fases nacionales
Incubación de Empresas de BaseTecnológica en espacios
de Servicios y Grandes Instalaciones de Investigación
B) Recursos Humanos para la Investigación
Becas predoctorales o de Personal Investigador en
Formación (PIF) propias de la Universidad de Sevilla.
Becas de Personal Investigador en Formación en áreas
con necesidades docentes.
Es muy relevante el hecho de que el IV Plan Propio se
aplicará a las cinco grandes ramas del conocimiento que
se definen en el RD1393/2007 que son:
Artes y Humanidades.
Ciencias.
Ciencias de la Salud.
Ciencias Sociales y Jurídicas.
Ingeniería y Arquitectura.
Con ello la estructura del Plan se adapta a la legislación
vigente y recoge de forma más realista la distribución
Dotación de Plazas de Ayudantes en Departamentos.
Becas de iniciación a la investigación para estudiantes de
3
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la Universidad de Sevilla.
Ayudas para la movilidad de Ayudantes y Ayudantes
Doctores.
Ayudas para la movilidad de personal dedicado a la
investigación.
Co-financiación de contratos de técnicos de apoyo a la
investigación.
gruposadscritosacadaDepartamento.Siseinterrumpiera
o suspendiera la convocatoria anual del PAIDI, podrá
adoptarse como base de reparto las ayudas obtenidas en
convocatorias anteriores o, en su caso, los criterios que
fije la Comisión de Investigación de la Universidad de
Sevilla.
B) Ayuda complementaria (60.000€). Se distribuirá
entre aquellos departamentos que hayan incorporado
en el ejercicio anterior algún investigador contratado,
seleccionado en programas de incorporación de doctores
en convocatorias oficiales, públicas y competitivas. Esta
ayuda se concederá una sola vez por cada investigador
contratado y se destinará exclusivamente a cubrir los
gastos que genere su incorporación al Departamento.
Licencias anuales para investigación.
C) Divulgación y difusión de la investigación científica
Subvenciones para la realización de congresos y
reuniones científicas.
Ayudas para la publicación de trabajos de divulgación
científica.
Ayudas para actividades de divulgación científica.
Ayudas a la promoción de patentes.
Premio Universidad de Sevilla de divulgación
científica.
Premios FAMA-Universidad de Sevilla a la trayectoria
investigadora
Con cargo a la Ayuda Básica los departamentos deberán
atenderprioritariamentegastosdirectamenterelacionados
con la actividad investigadora. Entre otros:
Fungibles
Inventariables
Actividades de difusión, divulgación y publicación de
resultados de investigación.
El presente Plan Propio de Investigación extenderá su
ámbito temporal de aplicación desde el momento de
su entrada en vigor hasta el 30 de septiembre de 2011,
manteniéndose, tras dicha fecha final, la eficacia de las
medidas que hayan sido acordadas con anterioridad en
cumplimiento de las previsiones del Plan
La ayuda básica por Departamento no podrá superar la
cantidad de 9.000 € por ejercicio.
Enelcasodegruposdeinvestigacióninterdepartamentales,
las ayudas del Plan Propio se asignarán por defecto al
Departamento al que pertenezca el responsable del grupo.
Si se deseara una distribución de la asignación entre los
distintos departamentos implicados, el responsable del
grupo deberá comunicar por escrito al Vicerrectorado de
Investigación los porcentajes de aplicación a los distintos
departamentos.
LÍNEA ESTRATÉGICA DE ACTUACIÓN I
AYUDAS A LA INVESTIGACIÓN
I.1. Ayudas a Departamentos para atender gastos de
funcionamiento de sus Grupos de Investigación
I.2. Ayudas a Institutos Universitarios de Investigación
para atender gastos de funcionamiento
Acción específica dirigida a apoyar las actividades de
investigación de los departamentos recogidas dentro del
art. 32.1 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.
Ayuda específica dirigida a apoyar las actividades
de investigación de los Institutos Universitarios de
Investigación recogidos en el art. 40 del Estatuto de la
Universidad de Sevilla.
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación
global que cada ejercicio, dentro del periodo de vigencia
del IV Plan, proponga la Comisión de Investigación, de
acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. Para
el ejercicio de 2009 la dotación de esta acción será de
Se realizará mediante la distribución anual de la dotación
global que cada ejercicio, dentro del periodo de vigencia
del IV Plan, proponga la Comisión de Investigación, de
acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. Para
el ejercicio de 2009 la dotación de esta acción será de
4
60.000 euros.
4
0.000 euros.
La dotación anual se desglosará en dos modalidades:
La distribución de esta ayuda se hará en función del
número de proyectos de investigación y de la cuantía de
su financiación obtenidos por los institutos en el ejercicio
del año anterior. La ayuda no podrá superar la cantidad
de 9.000 euros por ejercicio.
A) Ayuda básica (400.000€). El criterio de distribución
de esta ayuda será directamente proporcional a la
cantidad recibida en la convocatoria de ayudas a Grupos
de Investigación del Plan Andaluz de Investigación,
Desarrollo e Innovación (PAIDI) por la totalidad de los
4
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Con cargo a esta ayuda los institutos deberán atender
prioritariamente gastos directamente relacionados con la
actividad investigadora. Entre otros:
Fungibles
Inventariables
Actividades de difusión, divulgación y publicación de
resultados de investigación.
proyecto presentado, el enfoque interdisciplinar, y la
composición del equipo de investigación.
Dotación y cuantía. La dotación anual total para esta
acción será de 60.000 €, pudiéndose incrementar
con remanentes de años anteriores, si los hubiere. La
subvención máxima por proyecto será de 3.000€ para la
ayuda tipo A, y de 4.000€ para el tipo B, salvo que en
este último caso el equipo coordine las actividades, en
cuyo caso será de 6.000 €.
I.3. Ayudas para la elaboración y presentación de
proyectos de investigación de convocatorias públicas de
I+D+I.
Abonodelaayuda. El50%enelmomentodelaconcesión
y el resto una vez que se justifique la presentación del
proyecto en alguna de las convocatorias establecidas
anteriormente.
Acción específica para fomentar la elaboración y
presentación de proyectos de investigación a las distintas
convocatorias públicas autonómicas, nacionales y
europeas, mediante la concesión de ayudas destinadas a
atenderlosgastosinicialesdeelaboraciónyformalización
de la solicitud de proyectos. Se contemplan dos líneas de
ayuda:
I.4. Ayuda suplementaria a grupos de investigación por
el cumplimiento del Contrato-Programa que se establece
entre la Consejería de Innovación Ciencia y Empresa
(CICE) y la Universidad de Sevilla para la financiación
a)Ayudas para fomentar la participación de personal
docente e investigador o de grupos de investigación en
convocatorias nacionales o autonómicas de programas
de I+D+I.
anual de esta última.
Acción específica dirigida a recompensar al personal
docente e investigador y a los grupos de investigación
que contribuyen de manera activa al cumplimiento del
Contrato-Programa entre la CICE y la Universidad de
Sevilla.
b)Ayudasdirigidasafomentarlaparticipacióndepersonal
docente e investigador o de los grupos de investigación
en convocatorias europeas, así como en la formación de
consorcios estratégicos de I+D+I (p.e. Ciber, Consolider,
Cenit, Insignia, etc.).
La ayuda se aplicará en función de la evolución de los
indicadores de productividad científica de los grupos de
investigación reconocidos por el PAIDI. Como parámetro
diferenciador se escoge la puntuación PAIDI relativa a
la obtenida en la Universidad de Sevilla, de la siguiente
manera
a) Aquellos Investigadores Principales de proyectos del
Plan Nacional de I+D+I que pertenezcan a grupos cuya
puntuación esté comprendida entre 28 y 32, tendrán
derecho a solicitar hasta el 30% de los overheads que
generen anualmente, para atender a gastos no elegibles
derivados de su actividad investigadora.
El personal docente e investigador y los grupos de
investigación que soliciten estas ayudas con arreglo a
lo establecido en las bases de la convocatoria, deberán
comprometerse a presentar el proyecto propuesto a la
siguiente convocatoria del correspondiente programa de
I+D+I.
Los equipos de investigación propuestos para la
ejecución del proyecto deberán contar con un mínimo de
cuatro doctores, incluido el investigador principal (IP),
que deberá ser profesor en activo a tiempo completo de
la Universidad de Sevilla.
b) Aquellos Investigadores Principales de proyectos del
Plan Nacional de I+D+I que pertenezcan a grupos no
incluidos en el apartado a), pero cuya puntuación esté
por encima de la media anual de su rama científica en la
Universidad de Sevilla, tendrán derecho a solicitar hasta
el 15% de los overheads que generen anualmente, para
atender a gastos no elegibles derivados de su actividad
investigadora.
Al menos el 50% de los componentes del equipo, incluido
el IP, aspirante a la ayudaAnunca debe haber participado
en convocatorias del tipo para el que solicitan la ayuda.
El IP del equipo aspirante a la subvención de tipo
B no debe haber participado en los últimos 3 años en
convocatorias del tipo para la que solicita la ayuda.
c) Aquellos Investigadores Principales de proyectos
del Plan Nacional de I+D+I que pertenezcan a grupos
no incluidos en los apartados a) y b) anteriores, pero
cuya puntuación se incremente en 1 punto respecto a la
Criterios de concesión. Para la resolución de esta
convocatoria se valorará la calidad y viabilidad del
5
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convocatoria anterior, tendrán derecho a solicitar hasta
deberá presentarse:
el 10% de los overheads que generen anualmente, para
atender a gastos no elegibles derivados de su actividad
investigadora.
Informe Tecnológico de Patentabilidad (ITP) para la
extensión PCT.
Informe de Búsqueda Internacional (IBI) para la entrada
en fases nacionales.
Así mismo, los miembros de los grupos beneficiarios
de estas ayudas, sean doctores o no, contarán con una
puntuación adicional para todas las convocatorias de tipo
individual de este IV Plan Propio en las que participen.
En términos relativos, esta puntuación será siempre: para
los miembros de los grupos del apartado a) el doble de
la que se asigne a los miembros de grupos del apartado
b), y para estos últimos, el doble de la que se asigne a
los miembros de grupos del apartado c). La Comisión
de Investigación expresará en términos absolutos las
diferentes puntuaciones a asignar a cada grupo en las
bases de las distintas convocatorias.
Criterios de concesión. Para la resolución de la
convocatoria anual la Comisión de Investigación tendrá
en cuenta los siguientes documentos:
Informe del técnico de patentes de la OTRI en función
del Informe Tecnológico de patentabilidad (ITP) para la
extensión PCT.
Opinión escrita del Informe de Búsqueda Internacional
(IBI) para la entrada en fases nacionales.
Expresión de interés de empresas licenciadoras
interesadas en la co-financiación de las ayudas tanto
para la extensión PCT como para la entrada en fases
nacionales.
Durante la vigencia del IV Plan Propio, los porcentajes
anterioresrelativosalosoverheadspodránsermodificados
en función de la disponibilidad presupuestaria.
Compromiso del solicitante en la co-financiación de las
ayudas tanto para la extensión PCT como para la entrada
en fases nacionales.
Siseinterrumpieraosuspendieraelsistemadepuntuación
PAIDI, los criterios de asignación de estas ayudas se
fijarán por la Comisión de Investigación.
I.6. Incubación de Empresas de Base Tecnológica
en espacios de Servicios y Grandes Instalaciones de
Investigación
I.5. Ayudas a la extensión internacional de patentes por
procedimiento PCT y a la entrada en fases nacionales
Esta medida está destinada a iniciativas empresariales
que se constituyan como empresas de base tecnológica
de la Universidad de Sevilla y que necesiten, para su
funcionamiento, hacer uso de espacios disponibles en
las instalaciones de los Servicios Generales y Grandes
Instalaciones de Investigación de la Universidad de
Sevilla.
Esta acción tiene
como objetivo fomentar la
internacionalización de las patentes presentadas por
la Universidad de Sevilla en el territorio nacional y su
posterior explotación comercial.
Se contemplan dos tipos de ayudas para las que se
destinará una cantidad anual de 100.000€:
Podrán solicitar esta ayuda:
A)Ayudas PCT: consisten en la financiación de los costes
que fije anualmente la Oficina Española de Patentes y
Marcas (OEPM) para la presentación internacional PCT
Las empresas de base tecnológica constituidas o en
fase de constitución que tengan entre sus promotores a
investigadores (profesores, doctores y/o tecnólogos) de
grupos de investigación de la Universidad de Sevilla.
La actividad principal de la empresa ha de estar vinculada
a la explotación de una línea o resultado de investigación
desarrollado en la Universidad de Sevilla.
(Patent Cooperation Treaty) . En el caso de co-titularidad
con otros organismos públicos o privados, las ayudas
serán por el porcentaje correspondiente a la Universidad
de Sevilla establecido según acuerdo previo.
B)Ayudas a entrada en fases nacionales: consisten en
la co-financiación de los costes teniendo en cuenta el
número de países solicitados con un máximo de 5000€
por ayuda. La co-financiación será completada por el
propio grupo de investigación o empresa licenciataria si
la hubiera.
Criterios de selección: Para la selección de las solicitudes
según la convocatoria anual se tendrá en cuenta:
La viabilidad técnico-económica de la iniciativa y la
creación de puestos de trabajo cualificados.
Podrá solicitar la ayuda el personal docente e investigador
de la Universidad de Sevilla que aparezca como inventor
de un resultado de investigación protegido por la OTRI
de la Universidad de Sevilla. Junto con la solicitud
Las necesidades específicas que la empresa requiera de
los Servicios de Investigación y Grandes Instalaciones.
La naturaleza de la actividad si se pretenden
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potenciar determinados sectores económicos o bien la
complementariedad con las empresas anteriormente
ubicadas.
Prórroga y formalización de contrato. Las ayudas
podrán ser prorrogadas anualmente hasta completar un
máximo de veinte y cuatro meses para cada una de las
fases, previa presentación por el Personal Investigador
en Formación de la memoria anual de actividades, con
el informe favorable del director de la investigación.
En caso de nombramiento de nuevo beneficiario por
renuncia del titular dentro de los seis primeros meses,
el periodo de vigencia anual de la nueva ayuda se
computará íntegramente desde la fecha de nombramiento
del sustituto.
Características de la ayuda. Las ayudas consistirán
en los gastos de adecuación del espacio en lo que se
refiere a cerramientos, pavimento y acometidas de
instalaciones básicas, y en el uso del espacio disponible
por un periodo de tiempo que cada año se establecerá
en la correspondiente convocatoria, en función de
la disponibilidad y de criterios de evolución de la
empresa.
Cumplido el periodo de disfrute de la fase de beca y
obtenido por el beneficiario el Diploma de Estudios
Avanzados, el título de Master o la certificación de Inicio
del Periodo de Investigación (Real Decreto 1393/2007;
art.20.4), u otro documento administrativo que lo
sustituya durante la vigencia del presente Plan Propio,
la Universidad de Sevilla formalizará un contrato laboral
en prácticas con una duración máxima de dos años, en
las condiciones y requisitos establecidos por el Real
Decreto 63/2006 de 27 de enero.
El número de ayudas dependerá de la cantidad de
espacios que las instalaciones de los Servicios y Grandes
Instalaciones de Investigación puedan ofertar y se
recogerá en las correspondientes convocatorias anuales
del IV Plan Propio.
LÍNEA ESTRATÉGICA DE ACTUACIÓN II
DOTACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA LA
INVESTIGACIÓN
Si al término del periodo de beca el beneficiario no
cumpliera con los requisitos para formalizar el contrato
en prácticas, tendrá un periodo máximo de cuatro meses
para poder acreditarlo, y durante el mismo, el beneficiario
no percibirá ninguna de las dotaciones de la ayuda.
II.1. Becas predoctorales o de Personal Investigador en
Formación (PIF) propias de la Universidad de Sevilla.
Esta acción tiene como objetivo garantizar la formación
y capacitación investigadora de titulados superiores
que realicen su Tesis Doctoral en el seno de un Grupo
de Investigación de la Universidad de Sevilla, bajo la
dirección de alguno de los doctores pertenecientes a
dicho grupo.
Dotación y cuantía. La dotación económica de las ayudas
para el curso 2008/2009 será de 14.400€ (1.200€/mes).
Esta cantidad será revisada anualmente de acuerdo con el
Índice de Precios al Consumo. La Universidad de Sevilla
asumirá el coste de la inscripción del beneficiario en el
Régimen General de la Seguridad Social.
Este programa de ayudas a la formación del personal
investigador será inscrito en el Registro general de
programas de ayudas a la investigación y quedará sujeto
a lo regulado en el Real Decreto 63/2006 de 27 de enero,
porelqueseapruebaelEstatutodelPersonalInvestigador
en Formación (EPIF). Las personas beneficiarias de
esta ayuda gozarán de todos los derechos y tendrán
los deberes, que le sean de aplicación, contemplados
en el mencionado Real Decreto y en las bases de la
correspondiente convocatoria anual realizada por la
Comisión de Investigación de la Universidad de Sevilla.
LasayudasparaestanciasbrevesdelPersonalInvestigador
en Formación en otros centros se adjudicarán en las
cuantías y condiciones que determine la Comisión de
Investigación.
Obligaciones de los beneficiarios de las ayudas. Los
beneficiariosdeesteprogramadelIVPlanPropiovendrán
obligados a matricularse en uno de los Programas de
Doctorado de la Universidad de Sevilla y a obtener al
finalizar el segundo año de disfrute de la beca el Diploma
de Estudios Avanzados, el título de Master o el título
equivalente que prevea la legislación.
Número de ayudas. En cada convocatoria anual del
IV Plan Propio se dotarán un mínimo de 20 ayudas, a
distribuir en razón de cuatro por cada una de las ramas
científicas establecidas por la Comisión de Investigación.
Estas ayudas comprenderán una primera fase de beca de
dos años de duración y una segunda, una vez completada
la fase de beca, de contrato laboral en prácticas, con una
duración máxima de dos años.
Asimismo, deberán cumplir el programa de formación
establecido en su proyecto y deberán dedicar hasta un
máximo de sesenta horas cada curso académico, durante
la vigencia del periodo de contrato en prácticas, a la
colaboración en actividades docentes en el Departamento
de adscripción, sin que ello suponga ningún compromiso
7
BOUS núm. 2, de 1 de octubre de 2.008
laboral por parte de la Universidad. Dicha colaboración
título equivalente que prevea la legislación.
será incluida en el Plan de Organización Docente del
Departamento, sin que ello implique la responsabilidad
exclusiva del PIF sobre la asignatura.
Asimismo, deberán cumplir el programa de formación
establecido en su proyecto y deberán dedicar hasta un
máximo de sesenta horas cada curso académico, durante
la vigencia del periodo de contrato en prácticas, a la
colaboración en actividades docentes en el Departamento
de adscripción, sin que ello suponga ningún compromiso
laboral por parte de la Universidad. Dicha colaboración
será incluida en el Plan de Organización Docente del
Departamento, sin que ello implique la responsabilidad
exclusiva del PIF sobre la asignatura.
Ámbito de aplicación. Los efectos del presente acuerdo se
extenderán a los beneficiarios de las becas predoctorales
del Plan Propio de Investigación que cumplan los
requisitos exigidos en el Real Decreto 63/2006 de 27 de
enero para cada una de las situaciones jurídicas recogidas
en su artículo 4º.1.
II.2. Becas predoctorales o de Personal Investigador en
Formación en áreas con necesidades docentes.
II.3. Dotación de plazas de Ayudantes en los
Departamentos
Esta acción tiene como objetivo fomentar la formación
y capacitación investigadora de titulados superiores con
la realización de una Tesis Doctoral en el seno de un
Departamento de la Universidad de Sevilla que tenga
necesidad de personal formado para atender necesidades
docentes. La tesis se deberá realizar bajo la dirección
de alguno de los doctores pertenecientes a dicho
departamento.
Esta acción va dirigida a posibilitar al Personal
Investigador en Formación (PIF) del Plan Propio, y
a los de otras convocatorias oficiales, la continuidad
de la carrera docente e investigadora como Ayudantes
de Universidad, contando con la colaboración de los
departamentos para facilitar la estabilidad de su Personal
Investigador en Formación.
Este programa de ayudas a la formación del personal
investigador será inscrito en el Registro general de
programas de ayudas a la investigación y quedará sujeto
a lo regulado en el Real Decreto 63/2006 de 27 de enero,
porelqueseapruebaelEstatutodelPersonalInvestigador
en Formación (EPIF). Las personas beneficiarias de
esta ayuda gozarán de todos los derechos y tendrán
los deberes, que le sean de aplicación, contemplados
en el mencionado Real Decreto y en las bases de la
correspondiente convocatoria anual realizada por la
Comisión de Investigación de la Universidad de Sevilla.
Dotación de plazas. El número mínimo de plazas a dotar
en cada convocatoria del IVPlan Propio será de veintidós,
a distribuir entre las cinco ramas científicas establecidas
por la Comisión de Investigación. Una vez adjudicadas
las cuatro plazas que corresponden a cada rama, las dos
plazas restantes se asignarán por criterios de excelencia
investigadora entre los departamentos solicitantes.
Si alguna de las ramas no cuenta con candidatos
suficientes para cubrir las plazas que le corresponderían,
las vacantes se reasignarán al resto de las ramas siguiendo
criterios de excelencia y de reparto entre ellas.
Para cada anualidad del IV Plan Propio se dotará un
mínimo de 10 ayudas que se distribuirán entre las áreas
de conocimiento con especial necesidad docente que la
Universidad de Sevilla establezca para el curso en el que
se realiza la convocatoria.
Durante la vigencia del IV Plan Propio ningún
departamento podrá tener en activo más de un ayudante
de este Plan, a no ser que le corresponda una de las plazas
asignadas por criterios de excelencia investigadora.
En ningún caso, el número de ayudantes activos en un
departamento será superior a dos.
Estas ayudas comprenderán una primera fase de beca de
dos años de duración y una segunda, una vez completada
la fase de beca, de contrato laboral en prácticas, con una
duración máxima de dos años. La convocatoria, difusión
y cuantía de estas ayudas serán equivalentes a las ayudas
del apartado II.1.
Apartir del curso 2009/2010, el número de plazas a dotar
podrá modificarse por el Consejo de Gobierno en razón
de las disponibilidades presupuestarias.
Requisitos de los Departamentos. Podrán solicitar esta
dotación los departamentos que tengan en el momento
de la convocatoria, al menos, un becario predoctoral o
Personal Investigador en Formación de los definidos en
el artículo 94.1 del Estatuto de la Universidad de Sevilla
cumpliendo el cuarto año de disfrute de la beca o haber
Los beneficiarios de este programa del IV Plan Propio
vendránobligadosamatricularseenunodelosProgramas
de Doctorado de la Universidad de Sevilla y a obtener
al finalizar el segundo año de disfrute de la beca el
Diploma de Estudios Avanzados, el título de Master o el
8
BOUS núm. 2, de 1 de octubre de 2.008
tenido alguno que haya completado su beca en el curso
académico anterior al de la convocatoria de estas plazas
de ayudantes.
cuantía total de cada beca será de 1.500 euros, que se
abonará al beneficiario a razón de 750 euros por cada mes
de disfrute de la misma. Las actividades del becario serán
dirigidas por un profesor de la Universidad de Sevilla y
deberán realizarse obligatoriamente en el Departamento
de dicho profesor durante los meses de julio y septiembre,
con una dedicación de jornada completa.
Criterios para la asignación de plazas. La Comisión de
Investigación,previaverificacióndelcumplimientodelos
requisitos por los departamentos solicitantes, procederá
a la propuesta de asignación de las 20 plazas aplicando
los criterios y la puntuación de méritos establecida en el
siguiente baremo:
Estas becas serán compatibles con el disfrute de becas
de Colaboración para estudiantes universitarios.
Por cada becario predoctoral o Personal Investigador en
Formación (PIF) del Plan Propio o de otras convocatorias
públicas oficiales que cumpla los requisitos: 1,5 puntos
CVs de los becarios o PIFs del apartado anterior:
Máximo de 2,5 puntos.
Por cada becario o PIF del Plan Propio o de otras
convocatorias públicas oficiales que no cumpla los
requisitos: 0,5 puntos
II.5. Ayudas para la movilidad deAyudantes yAyudantes
Doctores.
Estas ayudas están destinadas a facilitar la movilidad
de los Ayudantes de la Universidad de Sevilla para la
intensificación de su actividad investigadora y posibilitar
su estabilización como personal docente-investigador.
Para la asignación de las 2 plazas restantes se aplicará
el baremo anterior a todos los departamento solicitantes
que cumplan los requisitos, sin excluir a aquellos que
tengan activo un Ayudante del Plan Propio, dotando la
plaza en aquellos departamentos que obtengan las más
altas puntuaciones.
Requisitos de los beneficiarios
a) Ser ayudante o ayudante doctor con contrato vigente
en la fecha de la convocatoria y durante el periodo
completo de disfrute de la ayuda.
b) Concedida la ayuda, el beneficiario deberá solicitar la
licencia de estudios reglamentaria.
c) Aceptación del centro receptor, con expresión de la
duración de la estancia.
d) Presentar un programa de la investigación a
desarrollar.
II.4. Becas de iniciación a la investigación para
estudiantes de la Universidad de Sevilla.
El objetivo de esta acción es fomentar el acceso y
la iniciación a la investigación de los alumnos de la
Universidad de Sevilla. Va dirigida a aquellos alumnos de
titulaciones de grado superior que estén en el penúltimo
o último curso de la carrera, y cumplan los siguientes
requisitos:
Tener aprobadas asignaturas por un número de créditos
igual o superior al 60% de la totalidad de créditos
necesarios en la titulación en la que esté matriculado.
Estar matriculado durante el curso que solicite la ayuda
en una Facultad o Escuela Superior Universitaria en
asignaturas que sumen un total de créditos igual o
superior a 50 o el equivalente al 70% de los créditos que
constituyan el último curso de la titulación que curse.
La Comisión de Investigación podrá modificar los
númerosdecréditosanterioresenfuncióndelaadaptación
de los estudios a los nuevos títulos de grado.
e) No haber recibido otro tipo de ayudas para la
realización de la misma estancia.
Dotación de las ayudas
En cada convocatoria anual el periodo de estancia
solicitado no podrá ser menor de dos meses ni superior
a seis meses, en uno o varios centros de investigación
nacionales o extranjeros.
Cada ayudante no podrá solicitar en esta convocatoria,
durante la vigencia de su contrato, más de doce meses de
estancia en otros centros de investigación.
Cada solicitud presentada podrá ser financiada con las
ayudas para gastos de desplazamiento y las dotaciones
económicas para estancias que acuerde la Comisión de
Investigación para cada convocatoria, de acuerdo con
las disponibilidades presupuestarias. La concesión de
la ayuda no supondrá merma alguna de otros haberes
percibidos por los solicitantes.
Número de becas. En cada convocatoria anual del IVPlan
Propio se dotarán un mínimo de 25 becas, a distribuir
en razón de cinco por cada una de las ramas científicas
establecidas por la Comisión de Investigación.
La dotación anual para esta acción será de 100.000€,
pudiéndose incrementar con remanentes de años
anteriores, si los hubiere.
Dotación económica y obligaciones de los becarios. La
9
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Criterios para la concesión de las ayudas
LaComisióndeInvestigaciónresolverálasconvocatorias
aplicando los siguientes criterios:
Currículum del solicitante
Programa de trabajo a desarrollar
Excelencia investigadora del centro receptor
Periodos de estancia ya realizados por el solicitante
Tiempo restante para la finalización del contrato.
económicas para estancias que acuerde la Comisión de
Investigación para cada convocatoria, de acuerdo con
las disponibilidades presupuestarias, y se ajustará a lo
establecido en las Bases de la convocatoria. La concesión
de la ayuda no supondrá merma alguna de otros haberes
percibidos por los solicitantes.
La dotación anual para esta acción será de 100.000
€, pudiéndose incrementar con remanentes de años
anteriores, si los hubiere.
Criterios para la concesión de las ayudas
II.6. Ayudas para la movilidad de personal dedicado a la
investigación
LaComisióndeInvestigaciónresolverálasconvocatorias
aplicando los siguientes criterios:
a) Currículum del solicitante
Estas ayudas están destinadas a fomentar el intercambio
y la actualización de conocimientos e información
científica de los miembros de la Universidad de Sevilla,
mediante la realización de algunas de las siguientes
actividades:
b) Programa de trabajo a desarrollar
c) Excelencia investigadora del centro receptor, en el caso
de la modalidad A; entidad, naturaleza y repercusión
de la actividad, en el caso de la modalidad B; méritos
académicos y científicos del visitante, en el caso de la
modalidad C.
d) Ayudas previas concedidas dentro de este Programa
II.7. Co-financiación de contratos de técnicos de apoyo
a la investigación
A. Estancias breves en otras Universidades o Centros de
Investigación
B. Participación en congresos
C. Estancias breves de profesores e investigadores
de prestigio de otras Universidades o Centros de
Investigación
El objeto de esta acción es complementar con cargo a
las dotaciones del IV Plan Propio de Investigación la
subvención concedida en convocatorias públicas de
aquellos programas que requieran co-financiación para
la contratación de técnicos de investigación adscritos a
proyectos de investigación, a los Servicios Generales de
Investigacióny a la OTRI, y a los Institutos Universitarios
de Investigación.
Beneficiarios.
Podrán solicitar estas ayudas, en sus modalidades A y
B:
a) El personal docente e investigador de la Universidad
de Sevilla
b) Los becarios predoctorales o personal investigador en
formación de los definidos en el artículo 94.1 del Estatuto
de la Universidad de Sevilla.
c) El personal técnico dedicado a tareas de apoyo a la
investigación
Dotación y cuantía de las ayudas
Para el primer año de vigencia del IV Plan Propio se
destinará una dotación global de 120.000€ con la que
se co-financiará el coste anual de hasta 14 contratos de
técnicos de investigación.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, en su modalidad
C:
En sucesivos ejercicios la dotación de esta acción podrá
incrementarse con los remanentes del ejercicio anterior,
si los hubiera, o con nuevas aportaciones que cubrirían
la co-financiación de la renovación de los contratos
ya formalizados o de los que se adjudiquen en nuevas
convocatorias públicas.
a) Los Departamentos
b) Los Institutos de Investigación
c) Los Grupos de Investigación de la Universidad
reconocidos en el PAIDI
Criterios de adjudicación de la co-financiación
La Comisión de Investigación, a la vista de la resolución
favorable de las convocatorias públicas de subvención
de contratos de técnicos de investigación y teniendo en
cuenta las disponibilidades presupuestarias, asignará las
ayudas de co-financiación hasta un máximo del 25%
del coste de cada contrato, aplicando los siguientes
criterios:
Dotación de las ayudas.
En cada convocatoria anual el periodo de estancia
solicitado no podrá ser menor de quince días ni superior
a tres meses, en un centro de investigación nacional o
extranjero. Se concederá, como máximo, una ayuda
anual por solicitante y modalidad.
Cada solicitud presentada podrá ser financiada con las
ayudas para gastos de desplazamiento y las dotaciones
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BOUS núm. 2, de 1 de octubre de 2.008
a) Proyectos de Investigación del Plan Nacional de I+D
permanencia total de, al menos, cuatro meses.
hasta un máximo del 25% anual.
b) Servicios Generales de Investigación, Institutos
Universitarios de Investigación y OTRI: máximo del
Valoración de las solicitudes y
licencias.
adjudicación de
2
1
5% en el primer año del contrato, 15% en el segundo y
0% en el tercer año.
Las solicitudes se valorarán por la Comisión de
Investigación, que elevará al Sr. Rector una propuesta de
concesión, aplicando los siguientes criterios:
Cinco puntos por cada tramo de investigación
Máximo de cuatro puntos por las actividades de
investigación desarrolladas por los solicitantes en los
últimos diez años.
Hasta tres puntos por la valoración del programa de
investigación a realizar por el solicitante durante su
licencia de investigación.
Máximo de tres puntos por el prestigio de la Universidad
o Centro de Investigación y su adecuación al programa
que se ejecutará durante la licencia, así como a la duración
total de la o de las estancias.
Cuando dos o más solicitudes obtengan la misma
puntuación, la licencia se adjudicará al profesor que
más años de servicio activo tenga en la Universidad de
Sevilla.
II.8. Licencias anuales para investigación
Esta acción va orientada a favorecer la dedicación
intensiva a la investigación y la movilidad de aquellos
profesores, que cumpliendo los requisitos exigidos,
presenten un proyecto investigador a realizar en un centro
de reconocido prestigio durante un curso académico.
Dotación de las licencias.
Se concederán anualmente diez licencias, dos por
cada una de las ramas científicas establecidas por la
Comisión de Investigación. La concesión de la licencia
no supondrá merma alguna de los haberes percibidos por
los profesores seleccionados.
No podrá concederse más de una licencia por
Departamento en la misma convocatoria.
Los departamentos
a
los que pertenezcan los
adjudicatarios de la licencia podrán solicitar la dotación,
durante el curso académico de disfrute de la licencia, de
una plaza de profesor asociado o de la figura de profesor
sustituto que por ley pueda eventualmente establecerse.
LÍNEA ESTRATÉGICA DE ACTUACIÓN III
Dicha solicitud deberá presentarse motivando la
necesidad de la dotación de una nueva plaza de profesor
para cubrir la docencia del beneficiario de la licencia
anual. La dotación de estas plazas podrá financiarse,
en su caso, dentro del Programa de Incentivación de
la Incorporación e Intensificación de la Actividad
Investigadora (Programa I3).
DIVULGACIÓN Y DIFUSIÓN DE LA
INVESTIGACIÓN CIENTIFICA
III.1. Subvenciones para la realización de Congresos y
Reuniones Científicas
Con el objetivo de fomentar y colaborar a la difusión y al
intercambio de resultados de la investigación científica,
el IV Plan Propio contempla la concesión de ayudas
para la realización de congresos y reuniones científicas
en cuya organización participen investigadores de la
Universidad de Sevilla y se realicen dentro del ámbito
de la misma.
Requisitos de los solicitantes.
Ser profesor doctor, con dedicación a tiempo completo,
de la Universidad de Sevilla.
Haber cumplido un mínimo de quince años de servicio
activo como profesor en la Universidad de Sevilla.
Haber desempeñado docencia e investigación de forma
continuada durante los seis cursos académicos anteriores
al del disfrute de la licencia.
Sólo serán admisibles a la convocatoria aquellas
actividades que, cumpliendo las bases de la convocatoria,
contribuyan a la difusión y al intercambio de resultados
de la investigación científica, quedando excluidas las
destinadas a complementar o reforzar la actividad
docente y las que tengan por objeto la difusión cultural.
Tener concedidos, al menos, dos tramos de investigación
por la CNEAI
No haber disfrutado, por el procedimiento establecido en
elart. 80.3 delEstatutodelaUniversidaddeSevilla, deun
periodo de licencia septenal en los doce cursos anteriores
al del disfrute de la licencia para investigación.
No haber sido objeto de sanción por expediente
disciplinario incoado por la Universidad de Sevilla.
Proponer una o varias estancias, con aceptación expresa
del o de los centros de acogida, que supongan una
La dotación presupuestaria para esta acción será de
120.000 € por año y las ayudas por actividad no podrán
rebasar la cantidad de 2.500€. Excepcionalmente, la
Comisión de Investigación podrá incrementar la ayuda
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hasta un máximo de 4.000€ para aquellas actividades de
Objetivos
especial relevancia.
Ofertar la cartera de patentes de la Universidad de
Sevilla al sector empresarial mediante la asistencia del
investigador responsable a encuentros bilaterales de
transferencia de la tecnología patentada a terceros, junto
con la presencia de personal técnico de la OTRI.
Elaboración de material divulgativo que contribuya a la
promoción de las patentes propiedad de la Universidad
de Sevilla.
III.2. Ayudas para la publicación de trabajos de
divulgación científica
El objeto de esta acción es la publicación por el
Secretariado de Publicaciones de la Universidad de
Sevilla, de trabajos de divulgación científica derivada
de la actividad de los investigadores de la Universidad
de Sevilla. Las obras seleccionadas formarán parte del
catálogo de Divulgación Científica de la Universidad de
Sevilla.
Solicitantes
El Personal Docente e Investigador con vinculación
contractual con la Universidad de Sevilla y que aparezca
como inventor de un resultado de investigación protegido
por la OTRI de la Universidad de Sevilla
Dotación. Las ayudas cubrirán el presupuesto de edición
de un máximo de cinco obras por cada ejercicio de
vigencia del IV Plan Propio.
Criterios de concesión
Estar la solicitud de patente admitida a trámite por la
Oficina Española de Patentes y Marcas.
Características de los encuentros e identificación de los
asistentes.
Proceso de selección. La Comisión de Investigación
procederá a la evaluación de las obras, aplicando los
requisitos y condiciones establecidos en las bases de
la convocatoria. Para adoptar su decisión, la Comisión
de Investigación podrá recurrir a la evaluación de los
trabajos por especialistas externos a la propia Comisión.
Dotación. La dotación anual será de 60.000 €, cantidad
que se podrá incrementar con remanentes de años
anteriores cuando los hubiere. Se concederán ayudas
para:
III.3. Ayudas para actividades de divulgación científica
Gastos de viajes y dietas asociados a la asistencia al
encuentro con un máximo de dos encuentros por patente
ofertada y por año.
Costes de elaboración del material divulgativo sin
superar un máximo de 3.000€ por patente.
Con estas ayudas se pretende promover, mediante su
financiación, la realización de actividades de divulgación
científica orientadas al fomento de la cultura científico-
tecnológica de la sociedad y a promocionar el interés
de la misma en la Ciencia y la Tecnología. De forma
preferente, serán objeto de esta línea de ayudas, la
realizacióndeaccionesqueademástiendanapromocionar
en la sociedad las actividades científico-tecnológicas de
nuestra Universidad.
III.5. Premio Universidad de Sevilla a la divulgación
científica.
Con este premio a la divulgación científica se pretende
promover, fuera de los ámbitos estrictamente académicos
e investigadores, la difusión del conocimiento científico
y los resultados de la investigación realizada en la
Universidad de Sevilla. Consistirá en la publicación
anual de una obra que reúna los máximos niveles de
calidad y capacidad divulgativa.
Requisitos de los beneficiarios. Los equipos de trabajo
que soliciten estas ayudas deberán estar dirigidos por
un profesor doctor en activo a tiempo completo de la
Universidad de Sevilla.
Criterios de concesión. Para la resolución de esta
convocatoria se valorará la calidad y viabilidad de la
actividad que se pretende realizar en relación estricta a
los objetivos de la convocatoria.
Dotación. El premio Universidad de Sevilla de
Divulgación Científica será dotado con la cantidad
de 9.000€, además de la edición y publicación por el
Secretariado de Publicaciones de la Universidad de
Sevilla de la obra seleccionada.
Dotación. La dotación anual será de 60.000 €, cantidad
que se podrá incrementar con remanentes de años
anteriores cuando los hubiere. Se concederán ayudas por
un máximo de 5.000 €.
La selección de las obras, que concurran al concurso y se
adapten a lo establecido en las bases de la convocatoria,
será realizada por un jurado de especialistas, tanto
académicos como no académicos, designados por la
Comisión de Investigación. Además de la publicación de
III.4. Ayudas a la promoción de patentes.
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2
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la obra premiada, el jurado podrá proponer la publicación
de uno o varios de los accésit honoríficos que pudieran
otorgarse y su incorporación al Catálogo de Divulgación
Científica de la Universidad de Sevilla.
Cuando las disponibilidades presupuestarias lo permitan,
se podrán ampliar, en función del incremento financiero,
el número de ayudas y subvenciones de las diferentes
acciones que este Plan contempla e incorporar nuevas
acciones.
Ser beneficiario de este premio se considerará como
un indicador positivo a efectos de evaluación para los
incentivos de investigación contemplados en el IV Plan
Propio.
DISPOSICIÓN FINAL
El IV Plan Propio de Investigación de la Universidad de
Sevilla entrará en vigor tras su aprobación por el Consejo
de Gobierno.
III.6. Premios FAMA-Universidad de Sevilla a la
trayectoria investigadora
El objetivo de estos premios es el reconocer y divulgar
los méritos acumulados por los profesores durante una
trayectoria investigadora de excelencia desarrollada en
la Universidad de Sevilla.
La Comisión de Investigación aprobará anualmente las
bases reguladoras de las distintas convocatorias, que
serán publicadas en el BOUS y en la página web del
Vicerrectorado de Investigación, comunicándose a los
Departamentos.
Requisitos de los candidatos. Ser Personal Docente
e Investigador de la Universidad de Sevilla, en activo
o emérito, y haber desarrollado en dicha institución
la mayor parte de la trayectoria investigadora que se
premia. La convocatoria del premio podrá establecer
otros requisitos adicionales, de acuerdo con lo que
determine el modelo de la misma, que será elaborado por
la Comisión de Investigación y aprobado por el Consejo
de Gobierno.
Dotación del Premio. Entrega por el Rector en acto
solemne de la mención honorífica y de una reproducción
de la estatua FAMA.
Selección de candidatos. Las distintas candidaturas se
someterán a la evaluación de un jurado, que propondrá al
Rector la concesión de un máximo de cinco distinciones
anuales (una por cada rama del conocimiento de las
establecidas por la Comisión de Investigación).
Ser beneficiario del premio FAMA se considerará como
un indicador positivo a efectos de evaluación para los
incentivos de investigación contemplados en el IV Plan
Propio.
FINANCIACIÓN
Las acciones previstas en el presente Plan Propio de
Investigación serán financiadas por fondos específicos
de investigación, a cuyo efecto, durante el periodo de
vigencia del Plan, los Presupuestos de la Universidad
de Sevilla contemplarán las dotaciones suficientes. De
forma subsidiaria y/o complementaria podrán asignarse
al Plan Propio recursos financieros externos.