Acuerdo 6.3/CG 21-7-15, por el que se aprueba la propuesta de modificación del Sistema Quinquenal de Evaluación de la Actividad Docente del Profesorado de la Universidad de Sevilla para su remisión a ANECA.
Núm. 5/2015, de 21 de septiembre
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno
Acuerdo 6.3/CG 21-7-15, por el que se aprueba la propuesta de modificación del Sistema
Quinquenal de Evaluación de la Actividad Docente del Profesorado de la Universidad de Sevilla
para su remisión a ANECA.
Acuerdo 6.3/CG 21-7-15, por el que previo informe favorable de la Comisión de Garantía de la Calidad,
se aprueba por 28 votos a favor, 5 abstenciones y 3 votos en contra, la propuesta de modificación del
Sistema Quinquenal de Evaluación de la Actividad Docente del Profesorado de la Universidad de
Sevilla para su remisión a ANECA.
ANEXO
MODIFICACIÓN DEL MANUAL DE EVALUACIÓN DE LA
ACTIVIDAD DOCENTE DEL PROFESORADO
Según el informe de Evaluación Externa del Diseño del Docentia-US de fecha 7-2-2013, remitido
por ANECA el 5-7-2013, y de cara a dar respuesta a las condiciones planteadas en dicho informe, se
modifica el manual aprobado en Consejo de Gobierno (20-12-2012). Respecto a los principios que
han orientado la revisión de este manual, cabría destacar los siguientes:
1
2
.- Dar respuesta a las objeciones planteadas por la Comisión Evaluadora.
.- Ajustar las características del anterior manual de evaluación a la supresión de la exigencia de
evaluaciones anuales. Para ello, se han modificado los indicadores para adaptarlos a una evaluación
quinquenal (con mediciones - que no evaluaciones- anuales donde sea necesario) y eliminando (o
adaptando en su caso) las alusiones existentes en el texto sobre la evaluación anual.
3
.- Simplificar la sistemática de evaluación para, manteniendo los objetivos que con ella se persiguen,
hacerla técnica y administrativamente viable. De manera que exista concordancia entre los resultados
que se desean obtener y los recursos que para ello se emplean.
4
.- Subsanar otras cuestiones que de haberse mantenido en su configuración anterior hubieran
inhabilitado la mejora continua del sistema y/o su aplicabilidad a situaciones específicas no
contempladas inicialmente.
Así, para concretar las consecuencias de la evaluación sobre la consolidación y promoción del
profesorado, hemos incluido en el apartado de consecuencias de la evaluación la obligatoriedad de
que los informes derivados de la evaluación de la actividad docente sean remitidos a los organismos
y comisiones encargadas de la selección, consolidación o promoción del profesorado para que sean
tomados en consideración de cara a determinar los resultados de dichos procesos. Respecto a la
condición por incumplimiento de obligaciones docentes, hemos incorporado en las condiciones
generales unos requisitos de la Inspección de Servicios Docentes que solventarían la condición
planteada.
Igualmente, sehanmodificadolosanexoscorrespondientesalosinformesdelosdecanosydirectoresde
departamento de cara a reducir la tarea administrativa que les supondría la evaluación del profesorado
en una universidad con más de 4000 profesores.
2
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En el apartado 3.1.3, en el sub-apartado Estudiantes se elimina el párrafo referente a las encuestas pues
la excesiva concreción de las mismas, impediría su posible modificación en revisiones posteriores del
sistema.
El indicador I-211-1 correspondiente al cumplimiento del encargo docente, ya no es necesario dado
que los datos correspondientes a las clases presenciales y no presenciales, las tutorías, los plazos de
evaluación y el cierre y firma de actas, etc. que la Inspección de Servicios Docentes recaba por distintas
vías incluidas los informes de Decanos, Directores de Centro y Directores de Departamento (Anexos
4
y 5), se han incluido como un requisito previo a la evaluación favorable.
Se incluye en el apartado de agentes implicados, la posibilidad de que los representantes sindicales del
profesorado o de los estudiantes pueden proponer propuestas de mejora del manual.
A continuación, se incluyen las propuestas de mejora enmarcadas dentro de cada una de las condiciones
que la comisión nos estableció para así aprobar definitivamente nuestro Docentia-US.
MODIFICACIONES Y PROPUESTAS DE MEJORA AL SEADP
Condición 1: Concretar las consecuencias de la evaluación sobre la consolidación y promoción
del profesorado.
En este caso, se reordenan un poco las consecuencias respecto al documento original enviado a ANECA
y sobre todo, se incluye el apartado 2 (Mérito). También se reordenan para dar más importancia a la
promoción y consolidación los epígrafes del apartado 4.2 Toma de decisiones derivadas de la evaluación.
2
.6. Consecuencias de la evaluación.
Losresultadosobtenidosenlaevaluacióndelaactividaddocentedelprofesoradotendránconsecuencias
en dos niveles diferentes: para la Universidad, ya que servirá para detectar los puntos fuertes y débiles
relacionados con la actividad docente del profesorado y, por lo tanto, para orientar su política en el
ámbito docente y de profesorado; y para el profesorado de forma particular.
A) Consecuencias generales para la Universidad.
1
. Establecimiento de líneas de acción prioritarias correspondientes al Plan Propio de Docencia.
El proceso de evaluación, y algunos de los indicadores que de él se obtengan, proporcionará
información para ajustar y redefinir de forma argumentada las líneas de acción prioritarias del
Plan Propio de Docencia de la Universidad de Sevilla.
2
. Diseño de los planes de formación del profesorado. La evaluación de la actividad docente
permitirá disponer de una serie de indicadores muy valiosos para diseñar el Plan General de
Formación del Profesorado de la Universidad de Sevilla y los planes específicos de centros y
departamentos.
B) Consecuencias directas sobre el profesorado.
1
. Certificación. El profesor dispondrá de una certificación que podrá ser alegada como mérito en
cualquier proceso de selección, consolidación o promoción en el que participe.
2
. Los informes derivados de la evaluación de la actividad docente serán remitidos a los organismos
y comisiones encargadas de la selección, consolidación o promoción del profesorado para que
sean tomados en consideración de cara a determinar los resultados de dichos procesos.
3
. Ayudas de movilidad. La mención de “Excelencia Docente” será criterio prioritario en las
convocatorias competitivas de ayudas para la movilidad docente del profesorado.
2
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4
5
. Mención de “Excelencia Docente”. Se otorgará la mención de “Excelencia Docente” a aquellos
profesores que obtengan una valoración total igual o superior a XX (puntuación a concretar
según la escala final que se incluya en el sistema) puntos.
. Plan Personalizado de Mejora (PPM) de la Actividad Docente para todos aquellos profesores
que obtengan una valoración ‘Desfavorable ’. Los términos del PPM serán establecidos por la
CEAD de la Universidad de Sevilla e incluirá necesariamente objetivos de mejora y plazos en
que éstos deben ser alcanzados. La vigencia temporal de las consecuencias negativas derivadas
de evaluaciones desfavorables no se extenderán más allá de los tiempos marcados en los PPM
una vez se acredite el cumplimiento de los objetivos marcados en ellos.
6
. Participación en actividades de formación. Con carácter general, sólo podrán dirigir, coordinar
o impartir docencia en títulos propios o en cursos de enseñanza no reglada los profesores
que hubieran obtenido una evaluación favorable. Excepcionalmente y a la vista de las causas
que pudieran haber provocado la obtención de una evaluación desfavorable, la CEAD podrá
permitir expresamente la participación del profesor en títulos propios o en cursos de enseñanza
no reglada en los términos que se determinen en el PPM.
En aplicación de lo establecido en el punto 5 del Marco Andaluz de Evaluación de la Actividad
Docente del Profesorado Universitario, la evaluación quinquenal derivada de este sistema no
tendrá, a salvo de lo que indique el Estatuto del PDI, consecuencias sobre el procedimiento de
concesión del componente por méritos docentes del complemento específico del profesorado
(
quinquenios) actualmente establecido en esta universidad.
4
.2. Toma de decisiones derivadas de la evaluación.
A partir de los resultados obtenidos en las evaluaciones de la actividad docente del profesorado y de los
correspondientes informes emitidos por la Comisión de Evaluación de la Actividad Docente (CEAD)
sobre aspectos a destacar de dichos resultados o del propio proceso de evaluación (apartado 4.1),
los Órganos de Gobierno de la Universidad de Sevilla tomarán las oportunas decisiones, vinculadas
directamente a las consecuencias de la evaluación (apartado 2.6) y al objetivo general de mejora de la
actividad docente que persigue la evaluación. Dichas decisiones se referirán a los siguientes aspectos:
A) Procesos de selección, consolidación y promoción docente.
La Universidad de Sevilla emitirá la correspondiente certificación a cada profesor evaluado
siguiendo el procedimiento al que se refiere este Manual.
La Universidad de Sevilla pondrá a disposición de los organismos y comisiones de evaluación
implicados en procesos de selección, consolidación o promoción del profesorado, los informes
referentes a la evaluación de su actividad docente para que sean tomados en consideración de cara
a determinar los resultados de tales procesos.
Responsable: El Vicerrectorado competente para la emisión del certificado y comunicación de los
informes relativos a la evaluación de la actividad docente.
B) Concesión de permisos y ayudas de movilidad.
La mención de “Excelencia Docente” será criterio prioritario en las convocatorias competitivas de
ayudas para la movilidad docente del profesorado.
Responsable: Vicerrectorado competente para cada convocatoria de movilidad.
2
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C) Participación en actividades de formación.
Con carácter general, sólo podrán dirigir, coordinar o impartir docencia en títulos propios
o en cursos de enseñanza no reglada los profesores que hubieran obtenido una evaluación
favorableExcepcionalmente y a la vista de las causas que pudieran haber provocado la obtención de
una evaluación desfavorable, la CEAD podrá permitir expresamente la participación del profesor
en títulos propios o en cursos de enseñanza no reglada en los términos que se determinen en el
PPM.
Responsable: Vicerrectorado competente y la CEAD.
D) Reconocimiento público al profesorado excelente
Anualmente se realizará un acto académico para distinguir a los profesores que hayan obtenido la
“Mención de Excelencia” en la evaluación que se realizó durante el curso anterior.
Responsable: Vicerrectorado competente.
E) Procesos de mejora de la competencia docente del profesor
Aquellos profesores que obtengan una valoración ‘Desfavorable’ en la evaluación de su actividad
docente deberán seguir un plan de formación y de seguimiento de su labor docente (PPM).
Responsable: El Vicerrectorado competentey la CEAD.
F) Diseño de los planes de formación del profesorado
Los resultados de las evaluaciones quinquenales se tendrán en cuenta para diseñar el plan general
de formación del profesorado de la Universidad de Sevilla y los planes específicos de formación de
Centros y Departamentos. Dichos planes podrán incluir cursos de formación, jornadas, talleres o
cualquier otra acción que el responsable considere conveniente.
En el caso de los Centros, el diseño de los planes específicos de formación se realizará teniendo en
cuenta los informes anuales elaborados por las Comisiones de Garantía de Calidad de los Títulos
que imparte.
Responsables: El Vicerrectorado competente para el plan general, y los Decanos, los Directores de
Escuela y los Directores de Departamento para los planes específicos de Centros y Departamentos,
respectivamente. El Vicerrectorado competente realizará el seguimiento del cumplimiento de cada
plan.
G) Establecimiento de líneas de acción prioritarias correspondientes al Plan Propio de Docencia
Del análisis de los resultados del proceso de evaluación se obtendrá información para decidir las
líneas de acción prioritarias del Plan Propio de Docencia de la Universidad de Sevilla y la dotación
económica que se asigne a cada una de ellas.
Responsable: El Vicerrectorado competente
Condición 2: Revisar las consecuencias que debe tener un informe negativo por incumplimiento
de obligaciones docentes para evitar que un profesor en esta situación pueda llegar a alcanzar una
evaluación anual favorable.
En el apartado 2.3 se incluye un nuevo sub-apartado denominado “Requisitos Generales” que solventaría
la condición mencionada.
2
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2
.3. Ámbito de aplicación, periodicidad y obligatoriedad
Requisitos Generales
Para obtener una evaluación global favorable será condición indispensable que el profesor cumpla
con carácter previo en el quinquenio evaluado los requisitos mínimos que se indican a continuación:
1. No haber sido sancionado por expediente disciplinario, en resolución rectoral firme, por motivos
relacionados con la actividad docente objeto de evaluación.
2
. No haber obtenido de la CEAD (previo informe de la ISD) una evaluación de “deficiente” respecto
del cumplimiento de sus obligaciones docentes en lo relativo a:
-
-
-
-
Clases presenciales no impartidas y no justificadas.
Tutorías no atendidas y no justificadas.
Retrasos injustificados en el cierre o firma de actas.
Quejas recibidas y de veracidad contrastada relativas al cumplimiento de sus obligaciones
docentes.
Cualquier incidencia relativa a las cuestiones anteriormente descritas, deberá estar debidamente
documentada, con información objetiva, y habiéndose garantizado la posibilidad de que el profesor,
con carácter previo a la emisión del informe de la ISD, haya tenido ocasión de ejercer las acciones de
subsanación que considere oportunas. Se habilitará un sistema de información al menos con carácter
anual por parte de la ISD para que el profesorado pueda tener a su disposición de cara a la realización
de posibles subsanaciones, datos precisos sobre las incidencias que pudieran afectar a su evaluación
quinquenal.
Condición 3: Se debe modificar el manual de manera que un quinquenio evaluado favorablemente
esté constituido por cinco años consecutivos, todos con cumplimiento de requisitos mínimos, con
independencia del artículo 73.2 del Reglamento de Actividades Docentes de la Universidad de
Sevilla.
Para solventar este aspecto se simplifica la tabla 4 y se establecen puntuaciones exactas para cada una de
las calificaciones posibles.
C) Valoración global
La valoración global del profesor, se obtendrá a partir de las puntuaciones obtenidas considerando
loscriteriosqueseindicanenelapartadoanteriorypodráser, comoestableceenelMarcoAndaluzde
Evaluación de la Actividad Docente del profesorado Universitario, “Desfavorable” o “Favorable”. En
este último caso, podrá diferenciarse entre “Favorable”, “Muy favorable” y “Mención de excelencia”.
Deberá ir acompañada de una puntuación numérica referenciada con respecto al total, y se podrá
otorgar la “Mención de Excelencia”. Los criterios para la asignación de dichas valoraciones son los
que se indican en la Tabla 4 y se considerarán en el mismo orden en el que aparecen en dicha tabla.
Tabla 4. Criterios para la asignación de la valoración global
Valoración global
Puntuaciones
Puntuación total menor de 50 puntos o falta de cumplimiento en alguno de los
requisitos generales establecidos en el apartado 2.3.
Desfavorable
Favorable
Muy favorable
Puntuación entre 50 puntos y 69 puntos.
Puntuación total entre 70 puntos y 90 puntos.
Puntuación total mayor de 90 puntos.
Mención de Excelencia
2
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Condición 4: Se deben resolver las incompatibilidades o contradicciones existentes entre las
evaluaciones anuales y las quinquenales. La comisión recomienda que se integre la adenda dentro
del manual.
La decisión es quitar el sistema anual y dejar sólo la evaluación quinquenal, modificando los indicadores
para adaptarlos a dicha evaluación (con mediciones - que no evaluaciones- anuales donde sea necesario)
y eliminando (o adaptando en su caso) las alusiones existentes en el texto sobre la evaluación anual.
Condición 5: Se debe hacer que la puntuación total sea el máximo posible obtenible de la suma de
las dimensiones (por ejemplo, 120, tal como suma ahora) y que como mínimo se alcance la mitad
de este máximo para tener una valoración favorable (por ejemplo, 60 de 120 puntos).
En este caso se baja la puntuación a 100 puntos (la evaluación favorable se colocaría en un mínimo de 50
tal como figura en las objeciones de ANECA), y se reajustan las puntuaciones parciales en el modo que
se considera más ajustado a la correcta evaluación de la actividad docente global. Se mantiene el peso
de los apartados “Planificación de la Docencia” (20 puntos)y “Desarrollo de la docencia” (30 puntos), y
se reduce en 10 puntos del peso de los apartados “Resultados” (de 40 a 30 puntos) y el de “Innovación y
Mejora” de 30 a 20 puntos.
B) Asignación de puntuaciones
Las puntuaciones máximas y el peso relativo de cada una de las dimensiones, subdimensiones y
variables en la puntuación global, se recogen en la Tabla 3. Los valores asignados a las dimensiones y
subdimensiones se ajustan a la horquilla de puntuaciones que ha establecido la Junta de Andalucía
para todas las Universidades Andaluzas en el Marco Andaluz de Evaluación de la Actividad Docente
del Profesorado Universitario. Como se indica en esta Tabla, la puntuación máxima alcanzable es
de 100 puntos.
Tabla 3. Puntuaciones máximas y el peso relativo de cada una
de las dimensiones, subdimensiones y variables.
Dimensión
Subdimensión
Variable
1
1
1
1
1
1
1
2
2
2
2
2
2
. PLANIFICACIÓN DE LA DOCENCIA
.1. ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DOCENTE
.1.1. Encargo docente
20
10
6
4
.1.2.Coordinación con docentes
.2. PLANIFICACIÓN DE LA ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE
.2.1. Diseño del Proyecto Docente
10
20
5
5
.2.2. Adecuación del Proyecto Docente
. DESARROLLO DE LA DOCENCIA
.1. DESARROLLO DE LA ENSEÑANZA
.1.1. Cumplimiento de la planificación
.1.2. Metodología docente
30
2,5
4
.1.3. Competencias docentes desarrolladas
.1.4. Satisfacción personal con el desarrollo de la enseñanza
6
7,5
2
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Dimensión
Subdimensión
Variable
2
2
3
3
3
3
3
3
3
.2. EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES
.2.1. Sistemas de Evaluación
10
10
. RESULTADOS
30
.1. RESULTADOS EN RELACIÓN AL ALUMNADO
.1.1. Rendimiento académico en el encargo docente
.1.2. Eficacia
25
6
2
8
9
.1.3. Satisfacción
.1.4. Valoración del profesor de los resultados
.2. RESULTADOS EN RELACIÓN A OTROS AGENTES
INTERNOS Y EXTERNOS A LA UNIVERSIDAD
5
3
4
4
4
4
4
4
.2.1. Satisfacción de agentes internos y externos
. INNOVACIÓN Y MEJORA
5
20
.1. INNOVACIÓN Y MEJORA DE LA ACTIVIDAD DOCENTE
.1.1. Desarrollo de Material Docente
10
4
3
3
.1.2. Participación en proyectos de innovación docente
.1.3. Innovación en metodología docente
.2. INNOVACIÓN Y MEJORA PARA LA CUALIFICACIÓN DEL
PROFESOR
10
4
.2.1. Actividades formativas para la mejora de la cualificación
10
docente del profesor
1
00
100
100
Condición 6: El manual debe precisar la terminología sobre reclamaciones, alegaciones y recurso
de alzada, ya que fluctúan en el texto según la página en la que aparezcan, e incluir el recurso de
alzada en el diagrama.
En el apartado 3.1.3, sub-apartado se ha cambiado presentación de la correspondiente solicitud de
rectificación de los mismos o de alegaciones por presentación de la correspondiente reclamación motivada.
Se ha puesto el recurso de alzada en el diagrama.
Condición 7: Recoger de forma estructurada y sistemática el grado de satisfacción de los agentes
implicados.
En la página 38 del manual donde pone “Al final de cada uno de los periodos de evaluación que se
establezcan se abrirá un periodo de reclamaciones en el que el profesorado evaluado podrá aportar,
cuantas mejoras considere convenientes….
Sustituir por:
“
Al final de cada uno de los periodos de evaluación que se establezcan, se pondrá en marcha un
procedimiento estructurado y sistemático basado fundamentalmente en el uso de encuestas anónimas
para medir el grado de satisfacción de los agentes implicados (profesorado, estudiantes, cargos académicos,
2
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
agentes externos, etc.). La Comisión de Garantía paritaria analizará los resultados de este proceso para
revisar y mejorar tanto el sistema como su manual.
Además, esta Comisión considerará la incorporación de nuevos métodos de enseñanza, especialmente en
lo que respecta a la adaptación a la docencia al Espacio Europeo de Educación Superior.”
(
se elimina el siguiente párrafo: Anualmente...).
*
**
2
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