Acuerdo 11.1/CG 18-11-16, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios.
Núm. 6/2016, de 21 de diciembre
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno
Acuerdo 11.1/CG 18-11-16, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal de
Administración y Servicios.
Acuerdo 11.1/CG 18-11-16, por el que se conviene, por asentimiento, aprobar la Oferta de Empleo
Público del Personal de Administración y Servicios, en los términos del documento que se anexa.
ANEXO
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE 2016
Desde la Dirección de Recursos Humanos se presenta y somete a la aprobación del Consejo de
Gobierno, la propuesta de Oferta de Empleo Público (OEP) para el Personal de Administración
y Servicios correspondiente a 2016, tras la oportuna negociación de la misma con los órganos de
representación y secciones sindicales presentes en la Universidad.
La OEP se fundamenta en la autorización que a las Universidades Públicas confiere el artículo 20.2 J)
de la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para 2016 que autoriza una tasa de reposición
de efectivos que puede llegar hasta el 100 % calculada en los términos allí indicados. La propuesta
que formula la Dirección de RRHH pretender hacer uso de dicha autorización en su grado máximo
y reponer dichas plazas, que en el caso de la Universidad de Sevilla son 44. Dichas plazas podrán
ser acumuladas a las que se ofertaron para 2015 (22) y a las que eventualmente resulten de la Oferta
Pública de Empleo de 2017.
Las convocatorias se llevaran a efecto conforme a lo dispuesto en el art. 70 del EBEP, dentro del plazo
en el mismo establecido. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público deberá desarrollarse
dentro del plazo improrrogable de tres años, señala el precepto. En cuanto a la publicidad, será la
prevista en dicha norma, el Reglamento General del PAS y el IV Convenio Colectivo del Pas laboral de
la Universidades Públicas Andaluzas.
Lafórmulaparaelcálculodetasadereposición, segúnlamencionadaLPGEeslasiguiente:elporcentaje
máximo a que se refiere el apartado anterior se aplicará sobre la diferencia resultante entre el número
de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario de 2015, dejaron de prestar servicios en
cada uno de los sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, previstos en el apartado anterior y el número
de empleados fijos que se hubieran incorporado en los mismos, en el referido ejercicio, por cualquier
causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no
conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses en la prestación
de servicios por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia
sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del
contrato de trabajo o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto
de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa.
De acuerdo con esta fórmula procede efectuar una OEP de 44 plazas, 34 corresponden al personal
laboral y 10 de a funcionarios, distribuidos de la siguiente forma:
4
92
Núm. 6/2016, de 21 de diciembre
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno
A) PAS FUNCIONARIO 10 plazas.
Subgrupo
A.1
Escala
Nº de plazas
Técnica de Gestión
1
6
1
2
A.2
Ayudante de Biblioteca
A.2
Gestión Especialidad Informática
Administrativo Especialidad Informática
C.1
B) PAS LABORAL 34 plazas.
Grupo
Categorías
Técnico de Grado Medio
Técnico Especialista
Técnico Auxiliar
Nº de plazas
II
4
3
III
IV
27
*
**
4
93