Acuerdo 8.2/CG 24-7-18, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público 2018 de carácter extraordinario para la estabilización del Personal de Administración y Servicios.
Núm. 9/2018, de 1 de agosto
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.2. Consejo de Gobierno
Acuerdo 8.2/CG 24-7-18, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público 2018 de carácter
extraordinario para la estabilización del Personal de Administración y Servicios.
Acuerdo 8.2/CG 24-7-18, por el que de conformidad con la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018, que permite la estabilización del Personal de Administración
y Servicios de las Universidades mediante la autorización de una tasa adicional de reposición que
contemple las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas, hubieran estado ocupadas de
forma temporal e ininterrumpida, al menos, en los 3 años anteriores a 31 de diciembre de 2017, se
conviene, por asentimiento aprobar la Oferta de Empleo Público 2018 de carácter extraordinario para
la estabilización del Personal de Administración y Servicios, en los términos del documento que se
anexa.
ANEXO
OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO (OEP) PARA ESTABILIZACIÓN DEL PERSONAL
DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA
El Sr. Rector convoca y da la palabra al Director de Recursos Humanos quien procede a presentar y
somete a la consideración y aprobación del Consejo de Gobierno la Oferta de Empleo Público (OEP)
de carácter extraordinario para la estabilización del Personal de Administración y Servicios (PAS) con
el objetivo de reducir la tasa de temporalidad del empleo en la Universidad de Sevilla.
La presente OEP culmina el proceso iniciado el 22 de noviembre de 2017 con el Plan de Consolidación
de Empleo Temporal suscrito por el Sr. Rector con todas las secciones sindicales con presencia en la
Universidad. Se pretende con ello cumplir el compromiso asumido por la Universidad de Sevilla al
aprobar el Reglamento General del Personal de Administración y Servicios (RGPAS) 19 de Marzo de
2009 cuando, en su Disposición Adicional 4ª, señalaba:
La Universidad de Sevilla establecerá, previa negociación con los órganos de representación respectivos,
planes de estabilidad en el empleo para el personal de administración y servicios funcionario interino y
laboral eventual tendentes a la consecución del objetivo de no superar el 8% de personal no estable sobre
el total de la plantilla estructural.
El Programa de Gobierno del Rector reitera expresamente dicho objetivo y manifiesta su voluntad de
llevarlo a buen puerto.
En cumplimiento de cuanto antecede, por Acuerdo 7.5/CG 13-3-18 se aprueba la OEP correspondiente
al año 2018 en los términos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2017 (LPPGGE).
Con la publicación el pasado 4 de julio de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018, se abre un nuevo escenario cuando en su Art.19.Uno.9 autoriza una tasa
de reposición adicional aplicable expresamente al PAS de las universidades con la finalidad, en los
mismos términos que ya hicieran el RGPAS y el programa del Rector, de que “la tasa de cobertura
temporal de las plazas incursas en los procesos de estabilización, deberá situarse al final del período,
en cada ámbito, por debajo del 8 por ciento.” Para lograrlo contempla la posibilidad de incluir en la
OEP “aquellas plazas que hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos
en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017.”
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.2. Consejo de Gobierno
Una interpretación finalista de dicho precepto (reducir la tasa de temporalidad en el empleo para
colocarla por debajo del 8 por ciento) lleva a considerar que la Ley plantea una formulación de
mínimos (al menos dice la LPPGGE), de modo que podamos incluir en esta OEP de estabilización
todas aquellas plazas que han estado ocupadas temporalmente durante, al menos esos, ese periodo de
3 años que señala la LPPGGE.
Realizado el oportuno análisis de las plazas que, en dichas condiciones podrían ser objeto de inclusión
en esta OEP extraordinaria, se propone la inclusión de las siguientes:
- Funcionarios
- Laborales
138 plazas de la Escala Auxiliar.
109 plazas (16 del Grupo I y 93 del Grupo IV)
La propuesta que ahora ha sido presentada previamente a todas las secciones sindicales con
representación en la Universidad de Sevilla y cuenta con su conformidad.
Las convocatorias correspondientes a dichas plazas garantizarán los principios de igualdad, mérito y
capacidad y se desarrollarán con sujeción a las previsiones que, al respecto, contempla el Art. 61 de
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
Dado que esta OEP debe ser visada por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, por parte
del Director de Recursos Humanos se solicita la autorización para que, en el caso de que del expediente
de autorización se observase la necesidad de realizar algún reajuste de los datos presentados, pueda
hacerse de forma inmediata por parte del Director de Recursos Humanos o, en su caso, del Gerente
de la Universidad.
Toma la palabra brevemente D. Gerardo Labrador Cuellar, para congratularse por la decisión que va
a adoptar el Consejo de Gobierno al permitir, con ello, la renovación y estabilidad de una plantilla
envejecida y con un alto nivel de temporalidad en el empleo.
Por asentimiento se aprueba la Oferta de Empleo Público para estabilización del personal de
administración y servicios de la universidad de Sevilla en los siguientes términos: funcionarios: 138
plazas de la Escala Auxiliar. Laborales: 109 plazas (16 del Grupo I y 93 del Grupo IV) así como la
autorización solicitada por el Director de Recursos Humanos para su eventual reajuste en caso de que
fuera necesario.
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