Acuerdo 10.1/CG 23-7-24, por el que se aprueba el Programa para el fomento de Proyectos Multidisciplinares Formativos.

Acuerdo 10.1/CG 23-7-24, por el que se conviene, por asentimiento, aprobar el Programa para el fomento de Proyectos Multidisciplinares Formativos, en los términos del documento que se anexa.

ANEXO

PROGRAMA PARA EL FOMENTO DE

PROYECTOS MULTIDISCIPLINARES FORMATIVOS

ÍNDICE

I. PROYECTOS MULTIDISCIPLINARES FORMATIVOS

II. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PROYECTOS MULTIDISCIPLINARES FORMATIVOS

III. EVALUACIÓN Y APROBACIÓN

IV. DESARROLLO DE LOS PROYECTOS

V. BENEFICIOS Y RECONOCIMIENTOS ACADÉMICOS PARA LOS PARTICIPANTES EN PROYECTOS MULTIDISCIPLINARES FORMATIVOS

VI. CITA EN GÉNERO FEMENINO DE LOS PRECEPTOS DE ESTE PROGRAMA

VII. HABILITACIÓN PARA EL DESARROLLO DE ESTE PROGRAMA

VIII. PUBLICACIÓN

Conforme a las previsiones de la Ley Orgánica del Sistema Universitario, las Universidades deben establecer medidas para favorecer la práctica deportiva como parte de la formación del estudiantado, deben fomentar la participación de los miembros de la Comunidad Universitaria en actividades y proyectos de Cooperación Internacional y Solidaridad y deben propiciar la realización de actividades e iniciativas que contribuyan al impulso de la Cultura de la Paz, el Desarrollo Sostenible y el respeto al Medioambiente, como elementos esenciales para el progreso solidario. Asimismo, deben conectar al universitario con el sistema de ideas vivas de su tiempo, arbitrando los medios necesarios para potenciar su compromiso con la reflexión intelectual, la creación y la difusión de la cultura.

Por ello en el Plan de Participación Estudiantil de la Universidad de Sevilla se recoge:

Otra forma de participación escogida por estudiantes con iniciativas y espíritu emprendedor es el asociacionismo. Las asociaciones con las que actualmente cuenta la Universidad de Sevilla son de naturaleza diversa, aunque en términos generales poseen carácter emprendedor, social, cultural o profesional. Dichas asociaciones potencian la puesta en marcha de Proyectos cooperativos y con frecuencia organizan actividades, brindando a la comunidad universitaria la posibilidad de participar en ellas.

Se trata en este documento de establecer un Programa para que los estudiantes comprometidos en lo que llamaremos “Proyectos Multidisciplinares Formativos” se vean recompensados con medidas que fortalezcan e incentiven su participación en el Proyecto.

I. PROYECTOS MULTIDISCIPLINARES FORMATIVOS.

Se consideran Proyectos Multidisciplinares Formativos, a los efectos de este plan, los proyectos multidisciplinares, en sus numerosas formas, que, propuestos por estudiantes y profesores de la Universidad de Sevilla y aprobados por la esta, tengan como finalidad la capacitación para desarrollar competencias de pensamiento crítico, creatividad, resolución de problemas complejos de los estudiantes que participen en ellos. El estudiantado participará bajo la supervisión y orientación de los profesores de la Universidad de Sevilla, con el objetivo de convertirse en impulsores de su propio Proyecto.

Los Proyectos Multidisciplinares Formativos se conforman con un número de estudiantes, preferentemente de distintas titulaciones, y deberán contar con un profesor de la Universidad de Sevilla que será el responsable de la adecuada participación de los estudiantes, de que los objetivos del Proyecto se alcancen y de hacer posible que los estudiantes participantes puedan beneficiarse de las medidas establecidas para ellos vinculadas con su participación en Proyectos Multidisciplinares Formativos.

Así mismo, podrá formar parte de los proyectos el Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) que pudiera aportar al equipo sus conocimientos y competencias en el ámbito de sus funciones.

Los profesores, estudiantes, y, en su caso, PTGAS, proponentes de un Proyecto Multidisciplinar Formativo deberán elaborar una propuesta de Proyecto de reglamento interno de funcionamiento que defina los objetivos del Proyecto, su misión, visión y valores, la estructura del equipo de trabajo, el cronograma de actuaciones y los retos a conseguir.

II. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PROYECTOS MULTIDISCIPLINARES FORMATIVOS.

Las solicitudes se podrán presentar a través del Registro General de la Universidad de Sevilla en cualquier momento del curso, mediante escrito dirigido a la persona que ostenta la titularidad del Vicerrectorado de Estudiantes por los profesores, estudiantes y, en su caso PTGAS, proponentes, en el que se hará constar:

  1. Título del Proyecto.
  2. Palabras clave.
  3. Objetivos del Proyecto.
  4. Resumen.
  5. Duración prevista para el desarrollo del Proyecto.
  6. Distribución de las responsabilidades dentro del equipo.
  7. Cronograma de actuaciones. El cronograma deberá destacar las fechas ineludibles de asistencia para los participantes.
  8. Fecha prevista de finalización.
  9. Plan de trabajo y metodología.
  10. Competencias que se desarrollarán.
  11. Desglose de presupuesto, con indicación de cualquier entidad financiadora.
  12. Resultados esperados.
  13. Plan de difusión.
  14. Plan de seguimiento previsto y evaluación de resultados.
  15. Criterios para la selección de nuevos estudiantes para el Proyecto, si los hubiera.
  16. Si ya se hubieran comprometido, relación de estudiantes participantes, DNI, Nombre y apellidos, Titulación. Tiempo de dedicación previsto para cada uno de estos estudiantes.
  17. Indicar qué beneficios relacionados en el Apartado V se solicitarán durante el desarrollo del Proyecto.
  18. Informe del profesor responsable de la actividad en la que explique por qué se considera que la actividad que van a realizar va a enriquecer su formación.
  19. En el caso de que la actividad vaya a reconocerse por TFE o por prácticas externas, la solicitud debe acompañarse de un informe previo del centro responsable de las titulaciones en las que se vaya a solicitar el reconocimiento.
  20. Otras.

En aquellos Proyectos cuya duración se prevea que comprenderá más de un curso académico, se actualizará cada año el cronograma de actuaciones previsto, así como las fechas ineludibles de asistencia para los participantes.

Junto a la solicitud se presentará el borrador de Reglamento interno de funcionamiento.

III. EVALUACIÓN Y APROBACIÓN.

Se constituirá una Comisión de evaluación y aprobación de las solicitudes presentadas y seguimiento de los Proyectos presidida por la persona ostente el titularidad del Vicerrectorado de Estudiantes, y que tendrá como miembros a las personas que ostenten la titularidad del Vicerrectorado de Ordenación Académica, del Vicerrectorado de Servicios Sociales, Campus Saludable, Igualdad y Cooperación, el Vicerrectorado de Investigación, el Vicerrectorado de Transferencia del Conocimiento, de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, así como un Decano o Director de Escuela y un Director de departamento nombrados por el Rector, y un representante del CADUS. Actuará como secretario de dicha Comisión, un funcionario adscrito al Vicerrectorado de Estudiantes.

Para la evaluación de los Proyectos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

i. Alcance e impacto del Proyecto.

ii. Número de participantes.

iii. Transversalidad del Proyecto

iv. Participación equilibrada de personas de ambos sexos.

v. El desarrollo de actividades que estimulen la creatividad, la innovación, el ocio saludable, el cuidado del medioambiente, la promoción y difusión de la cultura, etc.

vi. Adecuación del Proyecto a los objetivos estratégicos de la Universidad de Sevilla.

vii. Propuesta de duración del proyecto.

Analizadas las solicitudes con base en los referidos criterios y revisado el reglamento interno de funcionamiento, la comisión elevará al Rector una propuesta de concesión o denegación o solicitará, en su caso a los proponentes más documentación o la reforma del Proyecto presentado.

La concesión o denegación de la solicitud del Proyecto presentado se efectuará mediante resolución rectoral.

IV. DESARROLLO DE LOS PROYECTOS.

1. Responsabilidad en el desarrollo del Proyecto.

a. Será responsabilidad del profesorado proponente del Proyecto velar por su desarrollo, por la ejecución de las actividades propuestas y supervisar la participación en el Proyecto de los estudiantes incorporados.

b. Será responsabilidad de los estudiantes incorporados al Proyecto participar activa y diligentemente en las actividades que se lleven a cabo. Los estudiantes se comprometen también a buscar fondos externos mediante la firma de acuerdos con entidades o empresas relacionadas con el objeto del Proyecto.

c. Profesorado, estudiantes y, en su caso PTGAS, cumplirán lo dispuesto en el Reglamento interno de funcionamiento.

2. Altas y bajas de estudiantes.

Durante el desarrollo del Proyecto, el profesor responsable deberá comunicar al Vicerrectorado de Estudiantes a través del Registro General las bajas de estudiantes que puedan producirse y su motivo, así como las nuevas altas que se hayan solicitado.

3. Informe y evaluación anuales.

a. El profesor responsable del equipo de trabajo emitirá al final de cada curso académico un informe en el que hará constar el grado de participación de los estudiantes, y la propuesta sobre la continuidad en el equipo de cada uno de ellos para el siguiente curso.

b. Asimismo, al final de cada curso académico los participantes deberán preparar un documento en el que se recojan las actuaciones realizadas y los retos conseguidos.

c. Memoria de gastos, de actividades realizadas, desglose de las ayudas percibidas y de los fondos adquiridos por Universidad de Sevilla y por otras entidades.

d. Sobre la base de estos informes la Comisión de Evaluación, Aprobación y Seguimiento de los Proyectos resolverá sobre la continuidad del Proyecto y la permanencia en él de cada uno de los estudiantes que lo componen.

4. Memoria final.

En los treinta días previos a la fecha prevista para la finalización del Proyecto, el profesor responsable deberá remitir al Vicerrectorado de Estudiantes, a través del Registro General de la Universidad, una memoria donde consten:

- Objetivos alcanzados.

- Relación de participantes reales.

- Fechas o hitos de obligada asistencia para los participantes.

- Evaluación de resultados.

5. Compromiso de la Universidad.

La Universidad de Sevilla se compromete a apoyar institucionalmente las actividades que se lleven a cabo y, dentro de su disponibilidad presupuestaria, a financiar parte de los costes que se generen durante el desarrollo del Proyecto, para lo cual publicará las convocatorias correspondientes. De igual forma se compromete a buscar que los agentes sociales, instituciones y empresas se comprometan a formar parte de estas actividades.

V. BENEFICIOS Y RECONOCIMIENTOS ACADÉMICOS PARA LOS PARTICIPANTES EN PROYECTOS MULTIDISCIPLINARES FORMATIVOS.

1. Estudiantes.

a. Los Proyectos Multidisciplinares Formativos que se aprueben dentro del presente Programa podrán tener la consideración de actividades académicas a los efectos de su reconocimiento académico, conforme a lo previsto en el Art. 10 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, todo ello de acuerdo con lo estipulado reglamentariamente por la Universidad de Sevilla.

b. Será de aplicación el contenido del Art. 17 de la Normativa reguladora de la evaluación y calificación de las asignaturas, para posibles cambios de fechas de evaluación en casos excepcionales.

c. El Vicerrectorado de Estudiantes, excepcionalmente, podrá permitir al estudiante participante en un Proyecto Multidisciplinar Formativo solicitar la anulación parcial de matrícula de asignaturas no calificadas en acta con motivo de su participación en Proyectos Multidisciplinares Formativos, lo que deberá ser acreditado a juicio motivado del profesor responsable del Proyecto. No podrán ser objeto de esta modalidad de anulación parcial las asignaturas de formación básica si se mantiene la matrícula en otras asignaturas de un curso superior, según dispone el artículo 27 del Reglamento General de Actividades Docentes.

d. Cuando sea acordado por el centro responsable del título que corresponda, los Proyectos Multidisciplinares Formativos podrán configurarse como prácticas académicas externas curriculares, si las actividades que desarrollan se corresponden con las competencias establecidas en las asignaturas de prácticas académicas externas curriculares del título, complementando los conocimientos adquiridos en la formación académica del estudiante. En este caso, el responsable del Proyecto Multidisciplinar Formativo podrá realizar ofertas de prácticas académicas externas curriculares nominativas dirigidas al estudiante en concreto. A estos efectos, el estudiante contará con un tutor académico y un tutor profesional que desempeñarán las funciones atribuidas en la normativa de aplicación.

Igualmente, si la actividad se correspondiera con las competencias del título cursado por el estudiante, se podrán realizar ofertas de prácticas académicas extracurriculares, en el sentido indicado en el RD 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, que, en su caso, podrían ser objeto de reconocimiento académico en virtud de lo previsto en los artículos 9.4.bis y 14.4 bis de la Normativa reguladora del reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad de Sevilla.

e. En aquellas titulaciones cuyo plan de estudios contemple una asignatura de Proyectos, se podrá considerar la actividad de los estudiantes participantes de Proyectos Multidisciplinares Formativos como una actividad formativa evaluable de la asignatura en cuestión, a efectos de su superación. Para ello, se recogerá con la mayor precisión posible en los proyectos docentes de la asignatura y se establecerán los cauces necesarios con el coordinador y el profesorado para su seguimiento y control.

f. Los Proyectos Multidisciplinares Formativos podrán configurarse como Trabajos Fin de Estudios, cuando así sea considerado por el centro responsable del título y responda a la demostración por parte del o la estudiante del dominio y aplicación de los conocimientos, competencias y habilidades definitorios del título universitario oficial. A estos efectos, el desarrollo del proyecto se ajustará a la normativa propia del centro y a la normativa general que regula los trabajos fin de estudios en la Universidad de Sevilla.

g. La participación en Proyectos Multidisciplinares Formativos podrá hacerse constar en el Suplemento Europeo al Título.

2. Profesorado.

Cuando los Proyectos Multidisciplinares Formativos sean considerados prácticas académicas externas curriculares o Trabajos Fin de Estudios, en los términos indicados en los apartados anteriores, al profesorado participante se le computarán las horas de dedicación académica que correspondan, de conformidad con lo previsto en la Normativa sobre dedicación académica del profesorado de la Universidad de Sevilla.

3. Procedimiento de solicitud.

1. Los responsables del Proyecto, una vez aprobado y antes de que se inicie su desarrollo, podrán solicitar el reconocimiento académico de las actividades que se vayan a desarrollar. Para ello se dirigirán al Vicerrectorado de Ordenación Académica a través del Registro General cumplimentando el formulario habilitado para ello.

2. Igualmente, podrán solicitar al centro correspondiente la consideración del Proyecto como prácticas académicas externas (curriculares o no curriculares) o Trabajo Fin de Estudios. El centro analizará la propuesta y en caso de aceptación aplicará los procedimientos que tenga establecidos para su desarrollo y aplicación.

3. En el caso de la asignatura de Proyectos, el profesorado responsable del Proyecto Multidisciplinar Formativo podrá proponer al coordinador y al profesorado de la asignatura su consideración de actividad formativa de la misma, a efectos de su inclusión y descripción en los proyectos docentes que corresponda.

VI. CITA EN GÉNERO FEMENINO DE LOS PRECEPTOS DE ESTE PROGRAMA.

Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en el presente documento en género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino

VII. HABILITACIÓN PARA EL DESARROLLO DE ESTE PROGRAMA.

Corresponde al Rector dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para la interpretación, la aplicación y el desarrollo del presente Programa.

VIII. PUBLICACIÓN.

El presente programa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Sevilla.