Acuerdo 9.9/CG 23-7-24, por el que se aprueba la modificación de la Normativa sobre la dedicación académica del profesorado de la Universidad de Sevilla.

Acuerdo 9.9/CG 23-7-24, por el que previo informe favorable de la Comisión Académica, se conviene, por asentimiento, aprobar la modificación de la Normativa sobre la dedicación académica del profesorado, aprobada por Acuerdo 6.4/CG 30-5-19 (modificada por Acuerdo 6.1/CG 24-5-22 y Acuerdo 10.5/CG 1-3-24), en los términos del documento que se anexa.

ANExo

MODIFICACIÓN DE LA NORMATIVA SOBRE LA DEDICACIÓN ACADÉMICA DEL PROFESORADO DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

(APROBADA POR ACUERDO 6.4/CG 30-5-19 y MODIFICADA POR ACUERDO 6.1/CG 24- 5-22 Y ACUERDO 10.5/CG 1-3-24).

La Normativa sobre la dedicación académica del profesorado de la Universidad de Sevilla fue aprobada por el Consejo de Gobierno mediante Acuerdo 6.4/CG 30-5-19 y modificada por Acuerdo 6.1/CG 24-5-22 y Acuerdo 10.5/CG 1-3-24.

En el apartado 1 inciso final de su artículo 13, relativa al cómputo de horas dentro de la docencia presencial de las horas reconocidas por la docencia impartida en grupos grandes, figura lo siguiente

Actividad

Horas de dedicación anual

Docencia impartida en solitario en grupos numerosos de actividad principal con todos los créditos de la asignatura.

Aplicable en asignaturas de títulos de Grado y Máster Universitario de la Universidad de Sevilla.

El cómputo de horas por la docencia impartida en un curso académico se aplicará al profesorado en el curso inmediato posterior.

5 horas por cada grupo impartido con número de estudiantes entre 65 y 110.

10 horas por cada grupo impartido

con más de 110 estudiantes.

Con objeto de ampliar la aplicabilidad de este cómputo a cualquier actividad de las asignaturas que se impartan en grupos grandes por un único docente, se propone modificar su redacción.

Artículo 1. El artículo 13.1 inciso final queda redactado del siguiente modo:

Actividad

Horas de dedicación anual

Docencia impartida en solitario en grupos numerosos.

Aplicable en asignaturas de títulos de Grado y Máster Universitario de la Universidad de Sevilla.

El cómputo de horas por la docencia impartida en un curso académico se aplicará al profesorado en el curso inmediato posterior.

5 horas por cada 6 créditos de actividad docente impartida por un único docente en cualquier actividad académica recogida en PAP del departamento cuando el tamaño del grupo esté entre 65 y 110.

10 horas por cada 6 créditos de actividad docente impartida por un único docente en cualquier actividad académica recogida en PAP del departamento cuando el tamaño del grupo sea superior a 110.

Disposición final primera. Ejecución de la normativa.

La Secretaría General publicará en el BOUS la versión consolidada del texto de la Normativa sobre la dedicación académica del profesortado de la Universidad de Sevilla, que integrará las modificaciones establecidas en la presente norma.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOUS.