Resolución rectoral por la que se crea y regula la Comisión Técnica de Expertos para la valoración de los supuestos determinantes de la anulación de la matrícula por enfermedad grave sobrevenida.
Núm. 5/2018, de 21 de mayo
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES
I.3. Rector
Resolución rectoral por la que se crea y regula la Comisión Técnica de Expertos para la valoración
de los supuestos determinantes de la anulación de la matrícula por enfermedad grave sobrevenida.
La Resolución Rectoral reguladora de las Normas de Matrícula en los estudios oficiales de Grado
y Máster de la Universidad de Sevilla contempla, con carácter excepcional, que los estudiantes puedan
solicitar la anulación de la matrícula por enfermedad grave sobrevenida, documentalmente acreditada,
que impida la continuidad de los estudios.
El objetivo de esta regulación es dar una respuesta sensible ante determinadas situaciones graves
sobrevenidas de enfermedad que viven algunos de nuestros estudiantes.
El procedimiento actual contempla que las solicitudes se deben presentar en el Centro, junto con
la documentación acreditativa. La tramitación de estos expedientes exige la emisión de un informe
por parte del Decano/Director procediéndose a su remisión junto con la documentación justificativa
al Vicerrectorado de Estudiantes a efectos de su Resolución. El Vicerrectorado de Estudiantes podrá
recabar los informes que estime oportunos.
A los efectos de dar una adecuada respuesta a estas peticiones de anulación, resulta preciso que las
correspondientes Resoluciones de las mismas se apoyen en un previo informe emitido por un órgano
técnico con los conocimientos necesarios, por lo que se crea una Comisión Técnica específica, desde
el convencimiento de que la realización de las funciones que tiene asignadas permitirán el idóneo
cumplimiento de la norma.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
La presente Resolución tiene por objeto la creación de una Comisión Técnica de Evaluación
de las solicitudes de anulación de matrícula por enfermedad grave sobrevenida formuladas por
los estudiantes matriculados en la Universidad de Sevilla. Este tipo de anulación está regulado en
la Resolución Rectoral reguladora de las Normas de Matrícula en los estudios oficiales de Grado y
Máster de la Universidad de Sevilla.
Artículo 2. Funciones.
Serán funciones de la Comisión Técnica:
1. Evaluar la imposibilidad de continuación de estudios, mediante el análisis de la documentación
médica aportada por los solicitantes de anulación de matricula por enfermedad grave sobrevenida.
2. Informar/Proponer al Rector la Resolución de las peticiones cuyo objeto sea el señalado.
Para el ejercicio de sus funciones la Comisión podrá recabar a los interesados los informes clínicos
que considere oportunos.
Artículo 3. Composición.
1. La Comisión estará integrada por tres personas vocales, empleados públicos de la Universidad
de Sevilla vinculados a la rama de conocimiento de Ciencias de la Salud o que desarrollen sus funciones
en ese ámbito.
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I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS GENERALES I.3. Rector
Estas personas vocales serán designadas por el Rector a propuesta del Vicerrector de Estudiantes.
(Ver anexo).
2. La Presidencia de la Comisión corresponde a la persona que ostente el cargo de Vicerrector de
Estudiantes.
3. La Comisión dispondrá de un Secretario nombrado por el Presidente, debiendo recaer el citado
nombramiento en un funcionario titular de un puesto de trabajo correspondiente al Área adscrita al
Vicerrectorado de Estudiantes encargada del trámite de las solicitudes de anulación por enfermedad
grave sobrevenida.
Artículo 4. Funcionamiento.
1. La Comisión podrá reunirse, previa convocatoria de su Presidente, cuantas veces lo considere
oportuno.
2. En lo no previsto en esta Resolución, la Comisión se ajustará en su funcionamiento a lo
establecido en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Disposición Adicional. Cita en género femenino.
Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en la presente Resolución
Rectoral en género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la
cita de los preceptos correspondientes en género femenino.
Disposición Final Única. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
de la Universidad de Sevilla».
En Sevilla, a 15 de mayo de 2018.
El RECTOR,
Miguel Ángel Castro Arroyo.
ANEXO
DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE EVALUACIÓN DE LAS
SOLICITUDESDEANULACIÓNDEMATRÍCULAPORENFERMEDADGRAVESOBREVENIDA
Presidenta: D.ª Pastora Revuelta Marchena, Vicerrectora de Estudiantes de la Universidad de Sevilla.
Vocales:
- D.ª Rafaela Caballero Andaluz, profesora titular de Universidad, adscrita al Departamento de
Psiquiatría.
- D.ª María Dolores Mojarro Práxedes, profesora titular de Universidad, adscrita al Departamento de
Psiquiatría.
- D. Manuel Sobrino Toro, profesor asociado, adscrito al Departamento de Farmacología, Pediatría y
Radiología.
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