El Servicio de Gestión de Personal Docente se encarga de mantener constancia de la vida administrativa y laboral de dicho personal, ya sean funcionarios de cuerpos docentes universitarios o contratados, desde su incorporación hasta su jubilación. En el marco de referencia establecido por el Plan Estratégico de la Universidad de Sevilla, presta un servicio público, procurando sobre todo, la satisfacción de los clientes, principalmente profesorado, asegurándoles un excelente servicio y de calidad.
Una vez resueltas las distintas convocatorias vigentes de plazas o bolsas, los candidatos adjudicatarios procederán a realizar los trámites necesarios para la formalización de sus contratos.
Contratación de Profesores Asociados, Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Contratados Doctores.
Una vez publicadas las resoluciones de las distintas convocatorias, los candidatos propuestos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, para personarse en el Servicio de Gestión Personal Docente, y proceder a la formalización del correspondiente contrato.
Los contratos tendrán efectos económicos y administrativos a partir del día que se establezca en la autorización.
Contratación de Profesores Sustitutos Interinos
Una vez autorizadas las contrataciones, los candidatos propuestos dispondrán del plazo establecido en la convocatoria, para personarse en el Servicio de Gestión Personal Docente, y proceder a la formalización del correspondiente contrato.
Los contratos tendrán efectos económicos y administrativos a partir del día que se establezca en la autorización.
Documentación a presentar en el acto de la firma de contrato:
Profesores Asociados, Profesores Asociados CIS, Profesores Sustitutos a Tiempo Parcial:
Petición de compatibilidad. Será necesarios acreditar los horarios de las clases asignadas por el Departamento y de la actividad principal
Declaración Responsable y vida laboral
DNI
El profesorado asociado debe acreditar estar en activo en la actividad principal en el momento de la firma del contrato.
Profesores Sustitutos Interinos a Tiempo Completo
Declaración responsable y vida laboral
DNI
Profesores Ayudantes Doctores
Vida laboral
DNI
Profesores Contratados Doctores.
DNI
Acreditación ANECA, en caso de no constar en su expediente
En todos los contratos, antes de su firma, será necesario aportar el certificado médico de poseer la capacidad funcional para el desempeño del puesto de trabajo de profesor de universidad.
Una vez terminada la fase de concurso, el proceso para el nombramiento y la toma de posesión de la plaza consta de las siguientes fases:
Para el nombramiento
El departamento envía la documentación al Área de Personal Docente de la Universidad de Sevilla.
Se elabora la Resolución Rectoral de nombramiento y, una vez firmada por el Rector, se envía a B.O.E. y a B.O.J.A. para su publicación (15 días aproximadamente).
En el caso de los Profesores Titulares de Universidad, el profesor adjudicatario debe presentar en Registro (20 días hábiles después de la finalización del concurso):
DNI
Certificado médico oficial de poseer la capacidad funcional
Declaración jurada de no haber sido separado del servicio.
En el caso de ser nacional de otro Estado de la U.E. o tener la exención del permiso de trabajo, se precisa declaración de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos que en España el acceso al empleo público.
Los Catedráticos de Universidad no deberán presentar documentación alguna, siempre que estén prestando sus servicios en la Universidad de Sevilla, toda vez que la misma ya obra en su expediente personal.
Para la toma de posesión
El plazo de toma de posesión es de 20 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación en el B.O.E. Los efectos económicos y administrativos de la plaza serán del día de la toma de posesión. Las tomas de posesión de candidatos de la misma área de conocimiento y categoría, cuyos nombramientos hayan sido publicados en BOE el mismo día, se harán coincidir en fecha.
La fecha de la toma de posesión protocolaria será establecida por la Secretaría General (contacto: secgen2@us.es).
También existe la opción de toma de posesión administrativa, que se hará ante un funcionario de la Sección de Gestión de Personal Docente Funcionario. Para ello, deberá solicitarlo en el Servicio de Personal Docente y ser autorizado por la Secretaría General.
En ambos casos, se deberá pasar por las dependencias de la Sección de Gestión de Personal Docente, para cumplimentar la documentación necesaria.
Solo en el caso de los Profesores Titulares de Universidad, o también para los Catedráticos que no estén prestando sus servicios en esta Universidad, tras la toma de posesión, la Sección de Gestión de Personal Docente emitirá certificado de toma de posesión para MUFACE, que se deberá llevar personalmente a la Delegación Provincial de MUFACE (Edificio Sevilla 2, 1ª planta Avd. San Francisco Javier, nº. 9, 41018 Sevilla), a efectos de regularizar su asistencia sanitaria.
En el caso de incorporación al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, puede consultar aquí una guía más completa que incluye la solicitud de trienios, quinquenios, sexenios y premio de funcionarización.
Impresos
Impreso de Solicitud de Méritos Docentes
Para solicitar la Hoja de Servicios, la certificación de estar en servicio activo, y en definitiva cualquier certificación que requiera el profesorado por parte de la Universidad de Sevilla, se facilita un modelo de instancia genérica, que será remitida al Servicio de Gestión de Personal Docente, para su tramitación.
La Hoja de Servicios es el certificado que se solicita para acreditar la veracidad de los datos contenidos en el expediente administrativo personal, y es requerido en diferentes procedimientos administrativos.
Asimismo, por parte del profesorado se podrá solicitar cualquier certificación que le sea requerida en su vida administrativa, siendo los motivos muy variados como pueden ser, entre otros, la exención de tasas, méritos docentes reconocidos (quinquenios), tramos de investigación reconocidos (sexenios), servicios previos (anexo I), servicio activo en la Universidad de Sevilla.
Impresos
Anexo I. Declaración de no estar afectado de incompatibilidad
Solicitud de compatibilidad-Consejo General del Poder Judicial
Solicitud de compatibilidad-Ministerio de Administraciones Públicas
Hojas de servicios y certificaciones
En las licencias por estudios se pueden distinguir tres modalidades:
De menos de 15 días. Requiere aprobación del Director del Departamento y del decano de la Facultad o Escuela.
De más de 15 días y menos de tres meses. Requiere aprobación por el Vicerrector de Profesorado.
De tres meses o superior. Requiere aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla. Comporta una reducción del sueldo en un 20%.
Junto a la licencia por estudios, si ésta comporta un gasto, deberá adjuntarse el modelo de Comisión de Servicios.
Puede consultar:
Normativa
Impresos
En cuanto a los permisos, cabe distinguir entre:
profesorado de cuerpos docentes
personal docente e investigador con contrato laboral
Puede consultar también:
Normativa
Impresos
Impresos generales
Trienios.
Los trienios que correspondan tras la firma del primer contrato será necesario solicitarlos por parte del profesor interesado. La convalidación de trienios posteriores se hará de oficio por el Servicio de Gestión de Personal Docente, de forma que NO será necesaria una solicitud expresa. Los datos de la convalidación de trienios como Profesor Titular de Universidad serán coincidentes con los ya reconocidos como Profesor Contratado Doctor.
Sólo en el caso de reconocimiento de nuevos periodos a efectos de trienios se realizará una solicitud tras la toma de posesión.
Impresos
Reconocimiento de trienios (Profesores Sustitutos y Asociados)
Reconocimiento de servicios prestados (Funcionario interino)
Quinquenios.
La convalidación de los quinquenios se hará de oficio por el Servicio de Gestión de Personal Docente, de forma que NO será necesaria una solicitud expresa. La convalidación de quinquenios se realizará en el plazo de convocatoria de cada año, y tendrá efectos económicos de uno de enero del año siguiente. Los datos de la convalidación de quinquenios como Profesor Titular de Universidad serán coincidentes con los ya reconocidos como Profesor Contratado Doctor.
Impresos
Solicitud de Complemento por Méritos Docentes
Solicitud de Complemento por Méritos Docentes para PDI indefinido
Normativa
Convocatoria laborales
Sexenios.
En el caso de tener sexenios acreditados como Profesor Contratado Doctor, se deberá participar en la convocatoria de sexenios de investigación que convoca el Ministerio competente (mes de diciembre) posterior a la celebración de su plaza de Titular, para solicitar su convalidación, en los términos que aparecen en la convocatoria anual de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
Normativa
Complementos Autonómicos.
Puede consultar aquí la Convocatoria 2018 para la evaluación de la actividad docente, investigadora y de gestión del PDI de las Universidades Públicas de Andalucía
Complementos de doctorado
Para las categorías de Profesor Colaborador, Profesor Asociado, Profesor Asociado CIS y Ayudante se regula el complemento de doctorado. Este complemento se abonará, previa solicitud y justificación documental, con efectos desde el momento de su petición.
Impresos
Premio de funcionarización
Tiene derecho a percibir esta retribución el profesorado funcionario de carrera que haya sido anteriormente profesor contratado en alguna de las modalidades ordinarias a tiempo completo (Profesor Contratado Doctor, Profesor Colaborador, Ayudante o Profesor Ayudante Doctor).
No tendrán derecho a este premio de funcionarización el profesorado que haya pasado a la categoría de Titular de Universidad a partir de un contrato como Investigador.
Conforme al Acuerdo de la CIVEA del 24 de abril de 2018, en el cálculo final de la retribución del Premio de Funcionarización, se detraerán las cantidades ya percibidas en concepto de méritos docentes (quinquenios) e investigadores (sexenios), en los tres años anteriores como Profesores Contratados; es decir, del importe del premio habrá que descontar las retribuciones ya percibidas antes de la toma de posesión en los conceptos de quinquenios y sexenios en su caso.
Impresos
Premio de jubilación
Una vez que se produzca la jubilación del profesorado, el interesado deberá solicitar el correspondiente premio de jubilación al Servicio de Gestión de Personal Docente, en virtud del Acuerdo 8.4/J.G., de 27 de noviembre de 2000, que modifica los Acuerdos 9.1/J.G., de 29 de noviembre de 1991, y 10.2/J.G., de 27 de septiembre de 1995.
Impresos
El profesorado universitario funcionario puede encontrarse en las siguientes situaciones administrativas:
Servicio activo
Cuando se encuentran desempeñando las funciones propias de su condición de profesores de universidad.
Servicios Especiales
El profesorado pasa a esta situación, entre otras, cuando sean designados miembros del Gobierno o de los órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas, miembros de las Instituciones de la Unión Europea, cuando sean adscritos a los servicios del Tribunal Constitucional o del Defensor del Pueblo o destinados al Tribunal de Cuentas, cuando accedan a la condición de Diputado o Senador de las Cortes Generales, miembros de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas.
Se solicitará mediante el impreso correspondiente, adjuntando el nombramiento del cargo que vayan a desempeñar. Una vez cesen en el cargo deberán solicitar el reingreso al servicio activo en el plazo de un mes.
Excedencia por cuidado de familiares
Se distinguen entre excedencia por cuidado de hijos y excedencia por cuidado de un familiar a cargo del solicitante, con una duración máxima de tres años.
Suspensión de funciones
Como consecuencia de una sanción, o en su caso de estar incurso en un procedimiento judicial.
Excedencia voluntaria por interés particular
Para solicitar la declaración de la situación de excedencia voluntaria por interés particular será preciso haber prestado servicios efectivos en cualquier Administración Pública, durante los cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud. Su permanencia en esta situación no puede ser inferior a dos años (no existe un límite máximo).
El periodo de permanencia en esta situación administrativa no dará derecho al cómputo del tiempo a ningún efecto.
Los profesores que se encuentren en esta situación no tienen reserva de puesto de trabajo.
Por su parte los profesores universitarios con contrato laboral tendrán las siguientes situaciones administrativas:
Servicio activo
Cuando se encuentran desempeñando las funciones propias de su condición de profesores de universidad.
Excedencia especial
La excedencia especial podrá ser solicitada por el profesorado con contrato laboral en las mismas condiciones y con los mismos efectos que la normativa establece para la situación de servicios especiales del personal docente e investigador de los cuerpos docentes universitarios.
Excedencia por cuidado de familiares
Podrán ser solicitadas por el profesorado con contrato laboral en las mismas condiciones y con los mismos efectos que la normativa establece para dichas situaciones para el personal docente e investigador de los cuerpos docentes universitarios.
Suspensión especial del contrato.
El personal docente o investigador sujeto al I Convenio Colectivo del PDI laboral que lleve, como mínimo, dos años al servicio de la universidad podrá acordar con ésta una suspensión especial de contrato de una duración máxima de dos años.
Impresos
La jubilación forzosa en las categorías ordinarias de profesorado a tiempo completo se producirá a la edad de setenta años, produciendo efectos al finalizar el curso académico.
En el caso de tener cumplidos los sesenta y cinco años de edad en el curso académico, se puede solicitar la jubilación voluntaria que producirá efectos a la finalización del curso académico correspondiente, con fecha 30 de septiembre.
La jubilación voluntaria si se han cumplido los sesenta años de edad y se tienen reconocidos treinta años de servicios efectivos al Estado, tendrán efectos desde la fecha indicada por el interesado/a en su solicitud.
Se deberá solicitar, mediante el correspondiente impreso de toma de datos, adjuntando el impreso “145” de retenciones IRPF y el DNI.
En cuanto a los profesores asociados, deberán acreditar si va a solicitar la jubilación en su actividad principal o si continuará en Servicio Activo. En el momento de su jubilación en su actividad principal se producirá con la misma fecha su cese como profesor asociado.
Impresos