En las licencias por estudios se pueden distinguir tres modalidades:
De hasta 15 días. Requiere aprobación del Director del Departamento y del Decano de la Facultad o Director de la Escuela.
De más de 15 días y menos de tres meses. Requiere aprobación por el Vicerrector de Profesorado.
De tres meses o superior. Requiere aprobación por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Sevilla. Comporta una reducción del sueldo en un 20%.
Junto a la licencia por estudios, si ésta comporta un gasto, deberá adjuntarse el modelo de Comisión de Servicios.
Puede consultar:
Impresos
En cuanto a los permisos, cabe distinguir entre:
profesorado de cuerpos docentes (artículo 48 EBEP)
personal docente e investigador con contrato laboral (artículo 30 del I Convenio)
Puede consultar también:
Impresos
Asuntos propios (Profesores con plaza vinculada y Asociados CIS)
Permisos particulares (art. 48 - EBEP o art. 30 - I Convenio Colectivo PDI) (permisos, entre otros, por hospitalización o fallecimiento de familiar, por matrimonio, por traslado de domicilio, deber inexcusable etc.)(impreso editable)